Compañera, Compañero,
Los días 29 y 30 de marzo pasado se celebraron reuniones de la Mesa Negociadora del III Convenio Colectivo del Grupo NATURGY, en las que se han tratado los capítulos 9 y 10, Acción Sindical y Régimen Disciplinario, respectivamente.
En ninguno de los 2 capítulos, y como viene siendo ya lo habitual en esta Mesa, se ha alcanzado acuerdo.
Desde CCOO Industria, nos sorprende que hasta el capítulo 9 la Empresa se está limitando a recortar derechos de la plantilla en todas sus propuestas pero, sin embargo, cuando se trata de Régimen Disciplinario, no ya sólo se niega a adaptarlo a la realidad actual, en la que muchas de las faltas han quedado obsoletas y/o totalmente superadas, sino que además pretende añadir nuevos motivos de sanción a la plantilla, los cuales no llegamos a entender.
Asimismo, la Empresa pretende mantener en este capítulo las alusiones al Código Ético para sancionar, Código que aplica de manera unilateral y sin consenso ni negociación con la RLPT y que, por ello, puede modificar a su criterio. También pretende incluir alusiones a otras políticas de Empresa de las que tampoco somos partícipes ni firmantes.
Tampoco entendemos que se quiera tener potestad de sancionar a una persona trabajadora por no asistir a formaciones, cuando, en la situación actual de la Empresa, con la falta de plantilla y con ello, las elevadas cargas de trabajo de la existente, es casi un milagro poder realizar dichas formaciones sin que, con ello, se dejen desatendidas las obligaciones laborales, por cierto, motivo también de sanción.
Por último y lo más grave de todo, es el uso partidista que la Empresa quiere realizar del registro horario para sancionar a la plantilla, atribuyendo a dicha herramienta funcionalidades que no entran dentro del RD que lo regula. Cabe recordar que el registro horario es una herramienta de control a la Empresa para evitar que se realicen horas extras que no sean abonadas o compensadas a la persona trabajadora.
Os mantendremos informados.