Comitè d’Empresa 08/02/2018

Se inicia el pleno a las 11:30h después de la Asamblea de Peaje que se inicia a las 09:30h, que informaremos puntualmente como es habitual.  El pleno finalizará a las 13:00h debido a que estamos citados por el Inspector de Trabajo a requerimiento de esta Sección Sindical.  Presidente: Respecto  a la denuncia a inspección de trabajo sobre el art. 29.3 del Estatuto de los trabajadores, esta no la lleva el inspector de trabajo que tenemos asignado y lo llevan desde inspección estatal. Seguimos pendiente de que se realice la inspección.   El Dept. de Treball contacta con el Presidente para conocer como está el tema del Registro del Convenio Colectivo con la inclusión del art. 82.3. Éstos manifiestan que es obligatorio por ley y el Presidente les responde que el Comité de Empresa le dará respuesta donde corresponde, no es un tema que se deba tratar por teléfono.   Según manifiesta el Presidente la RD le informa que el Dept. De Treball también se han puesto en contacto con ellos.   Presidente pregunta si alguna sindicato tiene algo q añadir sobre el articulado ( todavía seguíamos pendientes de algunas asesorías jurídicas)   Mañana está convocada la Comisión Negociadora de convenio para dar respuesta al requerimiento de treball hacia la Empresa.   Se abre debate y se exponen las diferentes posturas.   CCOO: Recordamos que el Convenio Colectivo ya está firmado.  CGT: La asesoría jurídica de CGT manifiesta que la cláusula que incluyó el Metro de Bilbao para salvar esta situación es ilegal pero sino aceptasen esto nos ofrecen una fórmula alternativa. Se trata de incluir a un mediador externo a las partes.  SU: Si ambas partes deciden que el art. 82.3 no va a ser de aplicación y así lo escriben y lo registran no debería haber ningún problema.  CCOO: Recordamos que el registro y publicidad del Convenio Colectivo no es obligatorio ni necesario. Lo que es necesario saber es si este Comité de Empresa va a aceptar incluir este articulado.  SU: La asesoría jurídica de SU afirma que si es necesario registrarlo y opta por añadir un anexo que vincule a las partes de que no se aplicará este articulado en ningún caso.  CPTC: La asesoría jurídica de CPTC dice lo contrario de la del CGT, Si debe figurar algo debe ser una cláusula en las que ambas partes se comprometan a que en ningún caso se hará uso de este articulado.  UGT: El Convenio Colectivo debe estar registrado pero como emana de una salida de huelga no debería haber ningún problema a nivel legal.   CCOO: Como es un Convenio de Empresa y no Sectorial las partes están obligadas a dar cumplimiento, por ese motivo no es necesario registrarlo. Volvemos a preguntar a este Comité de Empresa si las diferentes Secciones Sindicales están dispuestas a incluir el art. 82.3.  CGT: Después de la valoración de CPTC, hacen la consulta de nuevo y creen que debemos incluir este art. y añadir un anexo que asegure la inaplicación.  CCOO: Recordamos que si incluimos un Real Decreto no lo podemos pactar con la Representación de la Dirección porque no se puede pactar por encima de una ley. Además esto modificaría el Convenio y en su art.5 estipula que deberíamos volver a negociarlo.  SU: Insiten en que la fórmula es registrarlo con un anexo que comprometa a las partes a la no aplicación.  CCOO: El Convenio de TB no lo incluye y no ha habido ningún problema. Todos aquellos convenios que no hemos registrado han sido de aplicación y no hemos tenido ningún problema.  SU: No hay tantos convenios no registrados.  CGT solicita un receso.  Finaliza el receso y se retoma el pleno.  CGT: Entienden que la mejor opción ahora mismo es intentar que el Convenio se registre sin añadir el art.82.3 pero su abogado manifiesta que el caso del Convenio de TB se deba a un error. Hay que intentar por todas las vías conseguir esto.  SU: Lo primero que debemos hacer es contestar al requerimiento. SU hace referencia a un texto de su asesoría jurídica. Esto facilitaría el registro.  CCOO: El requerimiento del Dept. De Treball es a la Empresa y esto implica que la Empresa lo quiera aceptar y además debe contestar.  Hacemos referencia al art. 24 del Convenio que obliga  a la Empresa a cumplir, pactos, laudos y acuerdos incluidos. Si no lo queremos registrar pues llamémoslo pacto en lugar de Convenio. Porque si lo modificamos nos remitimos a su artículo 5 que implicaría la renegociación del mismo y esto implicaría someterlo a Asamblea General.  SU: Tenemos claro que la respuesta la debe dar la Empresa. Mañana hay una reunión con la Empresa y entienden que tendríamos que tratar este tema para facilitar que la respuesta nos convenga a todas las partes.  CGT: Debemos ser escrupulosos cuando hacemos referencia a determinados art. porque a dia de hoy solo tiene validez el texto de la salida de huelga.  CCOO: ¿Entendemos que todo lo que hemos firmado con la Empresa no tiene validez? Todos los pactos que se firman con la RD tienen validez.  CIM: Los abogados tienen diferentes opiniones y lo que está claro es que el documento de salida de huelga no tienen discursión. El resto según los abogados es valorarle.  Presidente: Mañana se le manifestara a la RD que este CE no aceptará la inclusión de este articulado y seguiremos presionando para que esto sea así.  SU: Esto está claro pero debemos saber si vamos a participar con la RD en la respuesta del requerimiento.  Presidente: La RD ya nos facilitó un texto con el que no estamos de acuerdo. Y nos consta que la Empresa está haciendo también sus gestiones al respecto porque parece ser que no está tampoco de acuerdo con la inclusión de este art.  CGT: La semana que viene presentarán un borrador del conflicto colectivo por no entrar en vigor la asignación de los AAC de acuerdo con el CC.  UGT: Proceso externo de Protección Cívil. ¿Por qué se ha sacado a la calle después de renunciar el compañero que ganó la plaza? En este proceso participaron más compañeros y no entendemos porque se ha sacado a la calle. Que lo asignen a algún compañero de estos o que se vuelva a iniciar el proceso interno.  SU: Retarsos en L2. Hay que pedir explicaciones de que está ocurriendo.   CIM: Se están volviendo a hacer pruebas con la RDT que afectan a los AAC y MOTI. Debemos solicitar el abono de los retrasos y la informción correspondiente.  Se ha rechazado a compañeros para promocionar a CLA a pesar de tener los requisitos y superarlos.  Respecto a los retrasos de los AAC del turno 8 de Vall d’Hebron Línea 5, han recibido un correo electrónico en el que se les comunica que cerrarán Vigilantes de Seguridad alguna estación. Hay que hacer un escrito a respecto.  Presidente: Se nos contesta a un escrito de los mini de los ACI que no es cierto. Habrá que hacer otro al respecto. CCOO a parte, recordarle que también responda a todo lo que solicitamos en el anterior escrito, como los minis en diciembre.  Seguiremos informando.