Seguimiento baja por Mutua

La empresa ha concertado con la mutua FREMAP el seguimiento de la incapacidad temporal por contingencias comunes (ITCC). Este cambio, efectivo desde principios del mes de noviembre, implica que la mutua asume:

  • El pago de la prestación económica por I.T. derivada de contingencias comunes.
  • El coste de las gestiones administrativas que la mutua realice en relación con estas prestaciones.
  • El coste de los controles médicos de comprobación de la I.T.

Este cambio no supone ninguna alteración en la percepción del 100% del salario en los periodos de baja por ITCC.

A continuación os explicamos algunas consideraciones a tener en cuenta:

Baja médica

La mutua no puede extender la baja por IT, es siempre competencia del médico de familia o atención primaria del sistema público de salud extender la baja por IT al paciente.

Si la empresa tiene la gestión de la IT por contingencia común con mutua, la mutua puede citar al trabajador, desde el momento que la entidad estime oportuno, tras recibir esa baja.

Llamadas telefónicas

No se han de admitir citas o compromisos vía telefónica, acudir a una cita concertada de esa manera puede entenderse como un consentimiento “tácito” a esta vía de contacto y comunicación.

Para evitar malos entendidos o errores de interpretación, te recomendamos pedir la información por escrito y con acuse de recibo.

Puedes pedir a la mutua que cancele tus datos personales, como el teléfono o correo electrónico, de su base de datos de la mutua.

Citación a reconocimiento médico

Las citaciones de la mutua han de tener una antelación mínima de 4 días hábiles. Se han de realizar por escrito y acuse de recibo. El objetivo de la citación es un reconocimiento médico para ver si tu estado de salud justifica la baja.

El reconocimiento médico de control de la baja NO podrá incluir preguntas, reconocimientos o pruebas médicas sobre otro aspecto que no sea el que aparece en el diagnóstico de la baja médica que tienes en ese momento (Por ejemplo, preguntarte por la vida familiar, hacerte pruebas generales…)

Tratamiento e informes médicos

La mutua tiene acceso a los informes médicos de la Seguridad Social relativos a tu baja, no tienes obligación de entregarlos. Sólo pueden aplicarte un tratamiento, prueba o intervención quirúrgica con tu consentimiento explícito.

Antes de aceptarlo, conviene que lo con consultes con tu médico. Si te presentan documentos para firmar, aconsejamos que los leas con detenimiento, a menudo este consentimiento está en la letra pequeña.

Incomparecencía a reconocimiento médico

La incomparecencia sin justificación puede dar pie a la suspensión o extinción de la prestación. Nuestra ausencia estará justificada:

  • Cuando puedas aportar informe emitido por el médico del servicio público de salud que te dispense la asistencia sanitaria, por ser desaconsejable para tu estado de salud.
  • Cuando la cita se haya hecho con un plazo inferior a 4 días hábiles.
  • Cuando acredites la imposibilidad de asistencia por otra causa suficiente.

Si no se puede comparecer se tiene que remitir justificante de dispensa sanitaria u otra justificación equivalente de fuerza mayor

Gastos transporte

La mutua tiene que abonar a la persona trabajadora el coste del transporte público y colectivo (metro, autobús, tren) cuando se tiene que desplazar fuera de su localidad. Sólo se hará cargo del importe de un taxi si se dispone de un informe médico que lo justifique y previa autorización de la propia mutua.

Propuesta de alta médica

La mutua no puede darte de alta, pero puede realizar una propuesta de alta médica a la Seguridad Social. En este caso, puedes contactar con tus delegad@s de CCOO para informarte sobre cómo actuar.

Reclamaciones

Ante un trato inadecuado o vulneración de tus derechos, puedes poner una reclamación:

  • Reclamación por escrito ante la mutua. Para ello utiliza las hojas de reclamación en la mutua y quédate una copia.
  • A través de la página web de la oficina virtual de la Seguridad Social se puede registrar una reclamación contra una mutua.
  • Aparte de poner una reclamación por las dos vías anteriores, puede ser recomendable según el caso,
    dirigir un escrito a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Te recordamos que en el apartado «Prevención» de la APP de CCOO Towa, tienes otras informaciones relacionadas con la Salud Laboral.

Puedes descargar la APP desde este enlace.

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