Negociación XX Convenio General de la Industria Química (V)

Ayer día 11 de marzo tuvo lugar la cuarta reunión de la Comisión Negociadora del  Convenio Colectivo de la Industria Química, que, como viene siendo habitual, se realizo  en formato semipresencial, esto es, una representación reducida de las partes de  manera presencial y el resto de la comisión negociadora por videoconferencia. 

Después de las primeras reuniones de la Comisión Negociadora en las que las partes  hemos expuesto, argumentado y defendido nuestras reivindicaciones y propuestas,  tocaba poner negro sobre blanco y trasladar al texto del actual convenio las  modificaciones planteadas, las probables, las posibles y las impensables. 

A modo de ejemplo la patronal incorpora, el lo que podríamos definir como “versión  alpha” del convenio, el control de alcohol y drogas, propuesta a la que la  Representación Sindical ha vuelto a manifestar por enésima vez, en la negociación de  este convenio, del anterior y del antepenúltimo, su negativa.  

A falta de elementos no menores, como el incremento salarial:  

La patronal manifestó que hasta la siguiente reunión de la Comisión Negociadora,  prevista para el día 24 de marzo, no estaba en disposición de plantear una propuesta  en este sentido. Y la parte social volvimos a manifestar que no contemplábamos, en  ningún caso, que el convenio general no tuviera incremento salarial en el año 2021 o  en cualquiera de los años de vigencia del mismo, esta primera versión del convenio,  decíamos, incorpora algunas cuestiones significativas y de calado en los que vale la  pena detenerse un momento. 

Estamos ante una propuesta de convenio de 3 años de vigencia, precisamente porque  en un momento de gran incertidumbre, la negociación colectiva, entendemos, no debe  fomentarla sino precisamente lo contrario. El papel de la negociación colectiva es dar seguridad jurídica a las empresas, seguridad normativa a las personas trabajadoras  para afrontar, precisamente, un futuro incierto. 

La versión alpha del convenio general, incorpora las adaptaciones legales de las que ya  hemos informado en pasados comunicados:  

  • La auditoria salarial, elemento muy desarrollado en este convenio que ya  regulaba la Masa salarial bruta desagregada por sexo y al que incorporaremos  algunas cuestiones como la media aritmética, la mediana y la división funcional.  
  • Trabajo a distancia, sobre el que mantenemos todavía algunas divergencias en  aspectos como la reversibilidad pero que incorporara la cuantificación de los  gastos, que para la parte social se tratara de una cantidad mínima sobre la que  construir los acuerdo de teletrabajo en las empresas, mientras que para la  patronal se trata de regular la ausencia de acuerdos. 
  • Y otros elementos como el registro de jornada (con algunas dificultades aun en  el redactado) y la propuesta patronal sobre la “jubilación obligatoria” sobre la  que Representación Sindical ya hemos manifestado que no es función del  convenio colectivo establecer cuando una persona trabajadora está obligada a  jubilarse. 

Otras cuestiones que vale la pena destacar: 

  • COVID-19. La bajas por COVID o derivadas del mismo, no computarán como  absentismo individual a los efectos del artículo 36 del convenio y las empresas  complementarán las prestaciones hasta el 100%, de acuerdo con el artículo 37. 
  • Así mismo y en materia de licencias, el primer borrador del convenio contempla  la posibilidad de adelantar el permiso retribuido al día anterior del hecho  causante en los casos de hospitalización e intervención quirúrgica en el  supuesto que la personas trabajadora realice turno de noche. 
  • Mantenemos la reivindicación de la laboralidad de los permisos retribuidos,  aunque su impacto, una vez analizado el texto del convenio, es menor. ∙ Acumulación del permiso de lactancia que pasará de 13 a 15 días laborables  pero la patronal propone eliminar la posibilidad del disfrute fraccionado. 

Dentro de la categoría de “Propuestas impensables” la patronal mantiene la voluntad  de limitar el permiso Asistencia a consultorio médico (artículo 60) a un máximo de 20  horas anuales. 

Y la representación sindical, reiteramos nuestra propuesta de reducción de jornada. 

En referencia al “Plus Festivo”, articulo 47.7 del convenio. Objeto de litigios,  controversias y desacuerdos en la Comisión Mixta durante la vigencia del último  convenio, debido a que algunas empresas han realizado verdaderos ejercicios de  ingeniería para evitar el pago del “Plus Festivo”. Entendemos que la propuesta sindical  a este respecto solventará estas situaciones. Lo que no evitará es que algunas  Empresas sigan buscando mecanismos para eludir el pago.

En materia de Delegados de prevención, se da carta de naturaleza a los derechos  sindicales, es decir, dotar de crédito horario a los Delegados y delegadas de  prevención. 

Estas son las cuestiones más significativas, no las únicas, que se recogen en la versión  inicial del convenio. 

Para el 24 de marzo, fecha prevista para la próxima reunión de la negociadora,  empezaremos, continuando con el símil sobre las etapas de lanzamiento de software,  “la etapa beta” del convenio, en la que ya dispondremos de todos los elementos,  incluida la propuesta de incremento salarial, y podremos debatirla y analizarla con  mayor detalle.