Se considera enfermedad profesional a la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena. Sin embargo, hay algunas condiciones.
3.1 ¿Qué se considera enfermedad profesional?
Para que una enfermedad sea reconocida como enfermedad profesional, debe reunir dos requisitos:
1. Que esté incluida en el listado de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre https://www.boe.es/eli/es/rd/2006/11/10/1299.
2. Que esté provocada por la acción de las sustancias o elementos que el cuadro indica para cada enfermedad.
Las enfermedades que no se encuentran reflejadas en el cuadro, pero sí hayan sido contraídas en el trabajo, podrán ser consideradas accidente de trabajo (art. 115.2 apartado e) de la LGSS.
3.2 En caso de sospecha de enfermedad profesional.
Si crees que padeces una enfermedad profesional, tienes que solicitar en tu empresa una evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo y acudir a la mutua, indicando qué puesto de trabajo tienes, qué tareas realizas y las dolencias que tienes. Aporta todos los datos que consideres importantes. En nuestro país existe infradeclaración de enfermedades profesionales, por ello es importante que te informes en el sindicato o le pidas a tu delegado o delegada de prevención, más información sobre aquellas enfermedades profesionales que pudieran estar presentes en tu empresa.
Debes saber que cuando el médico diagnostica una enfermedad profesional, tiene que rellenar un parte de enfermedad profesional (aunque no se produzca una baja) y el empresario tiene la obligación de poner este hecho en conocimiento de la autoridad laboral. Ante cualquier sospecha de enfermedad profesional, siempre se deben iniciar los procedimientos oportunos
Es importante que conozcas que en caso de sufrir un accidente laboral o una enfermedad profesional, existen prestaciones especiales en las mutuas. Consisten en la concesión de servicios o prestaciones económicas para el caso de que a raíz de la lesión te vieras obligado a cubrir algunas necesidades como consecuencia de esos daños. Por ejemplo: una silla de ruedas especial, ayudas al transporte, adaptaciones de la vivienda, atención psicológica, etc. Para ello debes dirigirte mediante escrito de solicitud disponible en las mutuas a la Comisión de Prestaciones Especiales.