El lunes os comunicábamos la necesidad de la empresa de trabajar durante el periodo de vacaciones de verano.
Ante las informaciones trasladadas en algunos departamentos, os informamos que la compensación por modificar vacaciones es esta:
«Trabajar una o dos de las semanas de vacaciones estivales marcadas en el calendario laboral por necesidades del departamento se compensa con un día opcional, además de ticket restaurant por día trabajado en caso de no disponer del servicio comedor.
Trabajar tres semanas por necesidades del departamento se compensa con dos días opcionales, además de ticket restaurant por día trabajado en caso de no disponer del servicio comedor.»
Esto es así por no encontrarnos aún dentro del período de 3 meses anteriores al inicio de las vacaciones. Dentro del plazo de 3 meses, la compensación debería ser además de carácter económico.
Cualquier duda podéis contactar con cualquier miembro de la RLT.
28 de abril de 2021.