De LUNES a JUEVES, durante todo el año, se realizará una JORNADA DIARIA PARTIDA DE 8 HORAS Y 30 MINUTOS NETAS DE TRABAJO EFECTIVO, con dos horas y media de flexibilidad de entrada y salida:
– La entrada al trabajo se concretará entre las 6:45 y las 9:15 horas. – LA HORA DE SALIDA DEPENDERÁ DE LA HORA DE ENTRADA Y EL TIEMPO INVERTIDO EN LA COMIDA (con una interrupción de al menos 30 minutos)
DEBIENDO COMPLETARSE EN TODO CASO, LAS OCHO HORAS Y MEDIA NETAS DE TRABAJO EFECTIVO.
Los VIERNES, durante todo el año, se realizará una JORNADA DIARIA INTENSIVA de 6 HORAS NETAS DE TRABAJO EFECTIVO, con dos horas y media de flexibilidad de entrada y salida:
– La entrada al trabajo se concretará entre las 6:45 y las 9:15 horas. – La hora de salida se concretará entre las 12:45 y las 15:15 horas DEBIENDO COMPLETARSE EN TODO CASO, LAS SEIS HORAS NETAS DE TRABAJO
EFECTIVO.
Además de las Fiestas Nacionales, Autonómicas y Locales, se fijan 12 DÍAS INHÁBILES:
– 2, y 3 de enero; 6, 7, 8 y 13 de abril; 23, 24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre.
LAS VACACIONES SERÁN DE 22 DÍAS LABORALES Y SE DISFRUTARÁN, CON CARÁCTER GENERAL, DESDE EL 31 DE JULIO AL 31 DE AGOSTO. No obstante, los empleados y sus responsables, en función de las necesidades personales y de trabajo, podrán proponer la modificación del período oficial de vacaciones, siempre que la planificación se realice y acuerde con al menos dos meses de antelación.
Para ajustar la jornada a las 1.680 horas netas de trabajo efectivo anuales establecidas por el Convenio Colectivo, se dispondrá, además, DE 51 HORAS NETAS DE LIBRE DISPOSICIÓN Y OBLIGADO DISFRUTE:
– Las horas de libre disposición anuales de las personas que dispongan de reducción de jornada se verán reducidas de manera proporcional a su
jornada efectiva de trabajo. – El periodo de disfrute de las horas de libre disposición que correspondan se extenderá hasta el 30 de abril de 2021. – Las horas de libre disposición podrán disfrutarse fraccionadas o agrupadas en jornadas completas de la manera en que decida el trabajador en el
momento de su solicitud. – Las solicitudes de los empleados deberán ser comunicadas a sus responsables con la mayor antelación posible y solo podrán ser rechazadas por
razones de actividad debidamente justificadas y comunicadas al interesado por escrito.
En aquellas áreas en que así lo demanden las necesidades de trabajo, sea preciso asegurar la supervisión de las actividades o mantener operativo el servicio al cliente, se acordarán los cambios necesarios a tal efecto en lo que respecta a los días de vacaciones e inhábiles. EN TODO CASO, SE DEBERÁ CUMPLIR LA JORNADA ANUAL DE 1.680 HORAS NETAS DE TRABAJO EFECTIVO.