5 días naturales en caso de fallecimiento del cónyuge, compañero/a.
4 días naturales en caso de fallecimiento de padres e hijos del trabajador tanto naturales como políticos.
3 días naturales en caso de fallecimiento, abuelos, nietos, hermanos y cónyuges de los hermanos del trabajador, tanto naturales como políticos.
Se tendrá derecho a dos días adicionales de licencia cuando el trabajador tenga que desplazarse a una localidad que se encuentre a más de 200 kilómetros de distancia desde su domicilio familiar.
Será aplicable igualmente a las parejas de hecho, siempre que se acredite con el certificado del registro correspondiente la relación de pareja de hecho.