La Comisión del Plan de Igualdad, en representación de todos los trabajadores de Magneti Marelli España en Llinars del Valles, declara
TOLERANCIA 0 ante cualquier tipo de acoso.
En la Compañía tenemos unas herramientas, fruto del acuerdo entre RRHH y RLT, que unido al Código de Conducta del grupo nos ayudan para conseguir este objeto de Tolerancia 0
A continuación informamos de los principales objetivos de cada uno de los protocolos
PROTOCOLO ACOSO SEXUAL
“Toda persona tiene derecho a recibir un trato cortés, respetuoso y digno. En virtud de ese derecho la Empresa asume que las actitudes de acoso sexual suponen un atentado a la dignidad de los/as trabajadores/as, por lo que no permitirá ni tolerará el acoso sexual en el trabajo en Magneti Marelli España, S.A.U. en el centro de trabajo de Llinars del Valles.
Por tanto, queda prohibida cualquier acción o conducta de esa naturaleza siendo considerada como falta laboral dando lugar a las sanciones que en este protocolo se determinan. La Empresa se compromete a garantizar un ambiente laboral exento de acoso sexual, siendo su obligación prevenir estas situaciones y sancionarlas cuando sucedan. Todo el personal de la Empresa tiene la responsabilidad de ayudar a garantizar un entorno aboral en el que resulte inaceptable e indeseable el acoso sexual, y, en concreto, los mandos tienen la obligación de garantizar con los medios a su alcance que no se produzca el acoso sexual en las unidades organizativas que estén bajo su responsabilidad.
En el caso de producirse, debe quedar garantizada la ayuda a la persona que lo sufre y evitar con todos los medios posibles que la situación se repita”
PROTOCOLO ACOSO LABORAL (MOBBING)
“El acoso moral o psicológico se define como la situación en la que una persona o un grupo de personas ejercen una violencia psicológica abusiva e injusta de forma sistemática y recurrente ( al menos una vez a la semana) durante un tiempo prolongada, sobre una persona o personas en el lugar de trabajo, con el objetivo de sustituir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, minar su autoestima, perturbar el ejercicio de sus labores, degradar deliberadamente las condiciones de trabajo de las personas agredidas, etc., produciendo un daño progresivo y lesivo a su dignidad.”
CODIGO CONDUCTA FCA GROUP
“FCA Group se compromete a mantener un lugar de trabajo justo, seguro, productivo e integrador para todos los miembros de su personal, donde se valore cada persona por su contribución única a la Empresa. Mantener este entorno es esencial para nuestro éxito como Empresa. Solo podemos lograr este objetivo si todos y cada uno de los miembros del personal nos responsabilizamos individualmente de tratar a nuestros compañeros, clientes, proveedores y visitantes con respeto y profesionalidad.
En concreto, todos debemos esforzarnos en fomentar la equidad y forjar un entorno libre de discriminación y acoso, de acuerdo con todas las leyes pertinentes. La evaluación y compensación del rendimiento de todos los miembros de nuestro personal radican en un sistema que premia el mérito y se aplica de acuerdo con la legislación vigente. Su colaboración es esencial para ayudarnos a crear un entorno de trabajo tan positivo. Esperamos de usted, y todos los miembros de nuestro personal contribuyan para ayudarnos a alcanzar estos objetivos”
PROCEDIMIENTO DEL PROTOCOLO
La victima presentará denuncia de la siguiente manera
- Comunicándolo (verbalmente o por escrito) a RRHH o un miembro de la Comisión paritaria directamente, a través de un delegado sindical o de una persona de su confianza
La comisión nombrará un instructor ( no podrá tener, ni haber tenido, relación laboral de dependencia o ascendencia con ninguna de las 2 partes) que debe abrir un expediente, y contestar en el plazo máximo de 2 días a la persona denunciante del inicio de la investigación. Este representante podrá requerir asesoría o ayuda a la comisión u otras personas de la empresa. Este proceso ha de hacerse de manera discreta y confidencial. El plazo total de la resolución del expediente no puede ser de más de 15 días. El instructor, siempre que sea posible, será de la Comisión de Mediación porque tienen una mayor formación y sensibilización sobre los procedimientos
En caso de que se considere que hay acoso, se pasará al departamento de RRHH para que aplique las sanciones previstas en el protocolo
COMPOSICION DE LA COMISION DE MEDIACION DE ACOSO
S.P., Taller Montaje
H.C., Calidad
U.S., Taller Inyección
A.M., Prevención de Riesgos Laborales
P.A., RRHH
L.C., Taller Inyección
PRIMERAS MEDIDAS A TOMAR:
- Iniciar un proceso formativo intensivo de Formación/Difusión de estos protocolos a toda la plantilla e Incluir esta formación en la Formación Inicial de Seguridad a todos los nuevos empleados