Pacto jubilación

Reunidos de  una  parte,  la Empresa MAGNETI MARELLI, SAU  y de otra el Comité de Empresa de la misma  y  las Secciones Sindicales de CC.OO. UGT. CGT. A los efectos de Renovar el acuerdo sobre jubilación parcial vigente, en la empresa, llegan al siguiente:

ACUERDO

1°-Los trabajadores  que hayan cumplido 60 años, o la edad requerida según los años cotizados y que reúnan las condiciones generales exigidas para tener derecho a la pensión contributiva  de jubilación  de la Seguridad Social, según la legislación vigente a la firma del presente acuerdo. Podrán solicitar a la dirección de la  Empresa y a  la representación sindical firmante de este acuerdo, la reconversión de su contrato de tiempo completo a un contrato  a tiempo  parcial  del  15% o del   mínimo  que  permita la ley en función de la situación personal de, años cotizados, fecha de jubilación y edad. Compatible con la jubilación parcial.

2°-En  cuanto  al  % de  la jornada  anual,   que  se  debe    trabajar  por  año  completo.  La Dirección comunicara a  nivel individual con al menos un mes de antelación los días en que deberán prestar servicios en la Empresa.  En el caso de que coincida una situación de I.T. con el período de trabajo asignado, los días  coincidentes  se reconocerán como trabajados a todos los efectos.

3°-La Empresa abonará a cada trabajador que se acoja a la jubilación  parcial y contrato a tiempo parcial una mensualidad  incluidas el prorrateo de  las pagas extras en concepto de compensación durante cada año hasta alcanzar la edad de jubilación de 65 años, o como máximo por un período de 5 años, dicha cantidad se abonara mensualmente junto con el % del salario que corresponda.

4°-Los trabajadores acogidos a este acuerdo tendrán  los mismos derechos que el resto de trabajadores de la plantilla, con la única excepción del  salario que será el equivalente  al % de la jornada pactada o la que se pudiera pactar.

 

A este acuerdo, se podrán acoger   los trabajadores del centro de trabajo que reúnan  lo requisitos exigidos y que así lo acuerden con la empresa y las representaciones sindicales firmante del mismo, dichas peticiones se resolverán favorablemente en el plazo mas breve posible, teniendo en cuenta la coyuntura  de la planta.