TURNO NOCHE (23:00-07:00)

DESCANSO DE LA JORNADA DE TRABAJO DIARIA:
 En jornadas contratadas de 6 horas y por ajuste de calendarios el descanso será de 15
minutos retribuidos. Dicho descanso será efectivo entre la 3ª y la 4ª, ambas
incluidas. En el caso de jornadas irregulares de 6 horas el descanso de la jornada será
de 30 minutos retribuidos.

o En jornadas superiores a 6 horas. El descanso será de 45 minutos retribuidos. El
descanso será entre la 4ª y la 5ª hora, ambas incluidas.
o Las secciones de descargas y exportación-planchas dispondrán de 30 minutos de
descanso en jornadas de 6 horas, y 45 minutos en las jornadas que las excedan.

DESCANSO SEMANAL:
El personal tendrá derecho a que su descanso coincida con cuatro fines de semana
completos (periodo comprendido desde las 00:00 horas del sábado a las 24:00 horas del
domingo) cada ocho semanas, con la siguiente rotación: 4 semanas de lunes a viernes de
23h a 07h, y 4 semanas con entrada en domingo a las 00h y salida a las 07h, siendo el
resto de la semana de 23h a 07h hasta la noche del jueves.

AJUSTES EN VIERNES/LUNES:
Se realizarán cinco ajustes de jornada en lunes/viernes o adheridos al descanso
semanal, de tal forma que los días de trabajo serán consecutivos.
Los ajustes en este turno de 23:00 horas a 07:00 horas se realizan unidos al fin de
semana, festivos o vacaciones y siempre que la operativa lo permita, eliminarán findes
cortos.