Nota importante

El personal indefinido podrá solicitar anticipos de salario, préstamos o adelanto de pagas extras en los términos establecidos en el Acuerdo.

Para poder solicitar cada uno de ellos de nuevo, se tendrá que haber cumplido con la obligación de haber devuelto el anterior (anticipo de salario y préstamo) o volverlo a generar (adelanto de pagas extraordinarias); si bien anticipo y préstamos serán compatibles, siempre y cuando el importe solicitado en concepto de anticipo permita realizar el correspondiente descuento mensual del préstamo de la nómina del personal solicitante.


Se garantiza el abono de los mismos en el mes en curso cuando se soliciten antes del día 15 de cada mes, siempre que las condiciones organizativas lo permitan.


En caso de causar baja definitiva en la empresa por cualquier razón, se devolverá el importe adeudado de la cuantía del anticipo o del préstamo pendiente de devolución, el cual se detraerá de la liquidación final de haberes.