16 días por matrimonio o establecimiento de pareja de hecho debidamente inscrita en
los registros oficiales habilitados al efecto que se podrán disfrutar unidos al periodo
vacacional.
16 días por matrimonio o establecimiento de pareja de hecho debidamente inscrita en
los registros oficiales habilitados al efecto que se podrán disfrutar unidos al periodo
vacacional.