El personal perteneciente al colectivo de operario/operaria de logística, operario/operaria de logística especialista 2ª, operario/operaria de logística especialista 1ª, operador/operadora de SGA y coordinador/coordinadora, disfrutará de una reducción anual de jornada, según la siguiente escala, en el año en que cumplan la edad que se indica en la misma, manteniendo su salario sin disminución alguna. Dicha reducción será compatible con otras reducciones a las que se pudiera tener derecho.
-La reducción de la jornada se realizará en jornadas completas.
-Esta reducción de jornada es incompatible con la realización de horas extraordinarias.