Horas exceso de jornada

<!Características: Las horas de exceso varían cada año en función del exceso de jornada que generemos.
Se devolverán el máximo de horas en días completos (1,2,3…)
 
Disfrute: Como disfrutarlos:
1 día de exceso de lunes a viernes. Se pueden unir a 1 festivo
2 días de exceso, no viernes y lunes.
3 días de exceso, de martes a viernes, no viernes y lunes.
 
Justificación: Solicitud a RRHH con 7 días de antelación, excepto en casos de urgencias donde se deberá justificar el motivo. Se tendrá en cuenta los cupos regulados anualmente.
 
Recuerda: Ten en cuenta:

  • Se te devolverán cuando coincidan con baja por maternidad o paternidad y riesgo en el embarazo dentro del año natural.

Podrás disfrutarlos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en caso contrario los perderás.>