Excedencias

<!Por motivos familiares
No superior a 4 años por cuidado de hijo, con reserva de puesto de trabajo los dos primeros años.
No superior a 4 años, por cuidado de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad por edad, accidente , enfermedad o discapacidad, con reserva del puesto de trabajo los dos primeros años.
Si dos o más personas generasen este derecho por el mismo hecho causante, la empresa podrá limitar el ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento.
En ambos casos, el periodo que permanezca en esta situación será computable a efectos de antigüedad y tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional relativos al puesto que venía desempeñando.
 
Voluntaria
Para personal con antigüedad superior a un año, mínimo 2 meses, máximo 5 años. Si máximo dura 4 meses tendrá reserva del puesto de trabajo.
 
Por estudios
Para personal con al menos un año de antigüedad, para realizar estudios de ESO, FP, Grado Medio, Superior o universidad, no menos de 4 meses ni más de un año. El tiempo de la excedencia no computa a efectos de antigüedad. Reserva del puesto de trabajo máximo el primer año. Habrá que acreditar la realización de los estudios y demostrar que no ha realizado ningún trabajo durante ese periodo.
 
Por voluntariado social
Para el personal con contrato indefinido. No inferior a 6 meses ni superior a 1 año. Se deberá justificar la participación a la ONG o entidad con la que colabore. No computa a efectos de antigüedad, y con reserva del puesto de trabajo.
 
Por vacaciones escolares de hijo/a menor de edad.
Por hijo menor de 12 años durante las vacaciones escolares del mismo. Mínimo 15 días, máximo 2 meses. No computa a efectos de antigüedad y con reserva del puesto de trabajo. Sujeto a cupos.>