ASUNTOS PROPIOS y DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN

ASUNTOS PROPIOS

DURACIÓN: 4 días


JUSTIFICACIÓN: Solicitud por escrito con una antelación de 15 días.


RECUERDA…..
Uno de ellos se pude fraccionar en jornadas de 4h. Se pueden juntar a vacaciones.
Sólo dos de ellos podrán solicitarse en sábado en el Turno 7:00 – 15:00.
Se podrán solicitar todo en sábado en el Turno 10:00 – 18:00


DÍA DE LIBRE DISPOSICIÓN

DURACIÓN:2 días


JUSTIFICACIÓN: Solicitud por escrito.  Personal Indefinido.
Posibilidad de replanificar el día libre solicitado antes finalizar el año.


RECUERDA…..
Solicitar con un mínimo de 15 días de antelación.
No podrán juntarse a periodos de vacaciones ni puentes.


Para la concesión de cambios de turno y días de asuntos propios la fórmula de cálculo se
realizará por colectivo indefinido estructural, indefinido de cuarto turno y temporal, así como por horario.


Indefinidos turnos estructurales

 Turno mañana, horario de entrada 7:00 y 10:00 de la mañana
 Turno tarde, horario de entrada 15:00 y 16:00 de la tarde
 Turno de noche, horario de entrada 18:00 a 03:00 y 23:00 de la noche


Indefinidos cuarto turno
 Horario de entrada 10:00 de la mañana
 Horario de entrada 18:00 de la tarde
 Horario de entrada 23:00 de la noche


Temporales
 Se calculará el porcentaje teniendo en cuenta la plantilla temporal efectivamente
planificada sin desglosar por turno de trabajo.

Una vez solicitados no se pueden modificar, salvo causa excepcional justificada

¿Cómo se fracciona un día de asuntos propios que no sea de 8 horas?
El personal a Tiempo parcial también se puede fraccionar el día de asuntos propios.

  • 9 horas: 4,30-4,30
  • 8 horas: 4-4
  • 7 horas: 3,30-3,30
  • 6 horas: 3-3
  • 5 horas: 2,30-2,30
  • 4 horas: 2-2

¿El medio día de asuntos propios se puede entrar  a otra hora dentro del horario?
Sí que se puede, o desde la entrada  o que coincida con la salida