DEBER INEXCUSABLE PUBLICO Y PERSONAL

Por el tiempo indispensable retribuido, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendiendo el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. En caso de que la prestación del trabajo disminuya más del 20% de las horas laborales en un período de tres meses, la empresa puede pasar al trabajador/trabajadora a la situación de excedencia forzosa regulada en el art. 46.1 del Estatuto de los Trabajadores.

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