Comedor

<!Se subvencionará uno de los servicios del comedor conforme al siguiente sistema:

  • El personal adscrito al Turno de Mañana (de 7:00 a 15:00 horas) podrá optar entre:

– Durante el período de descanso del turno, y abonando 0,10 euros, podrán adquirir un refrigerio consistente en un bocadillo -caliente o frío-, una bebida no alcohólica y una pieza de fruta o un yogur.
– O bien, podrán tener una comida de menú del día al finalizar su jornada laboral abonando 0,75 euros.
Si se decide adquirir el refrigerio, se podrá comer, al finalizar su jornada, abonando el precio ordinario sin subvención, y viceversa.

  • Personal adscrito al Turno de Tarde (de 15:00 a 23:00 horas) podrá optar entre:

– Una comida de menú del día antes de iniciar su jornada laboral abonando 0,75 euros.
– O bien, y durante el período de descanso del turno, abonando 0,10 euros, podrán optar por un refrigerio consistente en un bocadillo -caliente o frío-, una bebida no alcohólica, y una pieza de fruta o un yogur.
– O bien, podrán optar por una cena al finalizar su jornada laboral abonando 0,75 euros.
En caso de optar por la comida subvencionada, no se podrá acoger al refrigerio subvencionado, si bien podría acceder a las otras dos opciones a precio ordinario, sin subvención y viceversa.

  • Personal adscrito al Turno de Noche (de 23:00 a 07:00 horas) podrá optar entre:

– Una cena antes de iniciar su jornada laboral abonando 0,75 euros.
– O bien, y durante el período de descanso del turno, abonando 0,10 euros, podrán optar por un refrigerio consistente en un bocadillo -caliente o frío-, una bebida no alcohólica, y una pieza de fruta o un yogur.
En caso de optar a la cena subvencionada, no se podrá acoger al servicio de refrigerio subvencionado, si bien podría acceder al refrigerio, abonando el precio ordinario, sin subvención y viceversa.>