Las personas, que tengan hijos menores de 16 años a su cargo, podrán solicitar un cambio de los periodos de vacaciones para coincidir con el periodo escolar. En este caso, la solicitud se realizará siempre por la totalidad de los días (15 días hábiles en verano y 7 días hábiles en invierno) y deberán realizarse siempre en el mismo periodo, es decir, no se podrán realizar cambios de vacaciones del periodo de verano al periodo de invierno y viceversa.
En el caso de que los dos progenitores del menor o tutores legales trabajen en cualquiera de las empresas de TEMPE, esta solicitud de cambio de vacaciones solo podrá realizarse por uno de los progenitores o tutores legales.
Plazos para las solicitudes de cambio del periodo de vacaciones establecidos
Solicitud de cambio del periodo de vacaciones de verano: Se entregarán al manager del área del 1 de febrero al 30 de marzo del año en curso o día hábil inmediatamente posterior. El trabajador/trabajadora recibirá la respuesta a su solicitud el 30 de abril del año en curso o día hábil inmediatamente posterior. Finalizado el plazo se ofrecerán lo huecos disponibles a las personas a las que se les haya denegado.
Solicitud de cambio del periodo de vacaciones de invierno: Se entregarán al manager del área del 1 de agosto al 21 de septiembre del año en curso o día hábil inmediatamente posterior. El trabajador/trabajadora recibirá la respuesta a su solicitud el 28 de septiembre del año en curso o día hábil inmediatamente posterior. Finalizado el plazo se ofrecerán lo huecos disponibles a las personas a las que se les haya denegado.
Para los trabajadores/trabajadoras que tienen horario de noche, todos los periodos de vacaciones comenzarán el día anterior a los días establecidos.