PAREJAS EN EL CENTRO CON MENORES A CARGO. Art.22.2.

Si ambos progenitores/adoptantes, personas trabajadoras de Plataforma Europa, están en el mismo turno de trabajo, uno de los dos podrá solicitar cambio temporal a un turno distinto hasta que el/la menor cumpla doce años, manteniéndose dicho cambio durante todo el año natural. Las opciones para este cambio serán las siguientes:


A) Ambos adscritos al mismo turno estructural: Podrá solicitarse un cambio de horario a los siguientes turnos:


1) Si está adscrito a los turnos de la mañana, pasará al turno de 15:00 a 23:00.


2)Si está adscrito a los turnos de tarde pasará al turno de la mañana de 10:00 horas a 18:00 horas, haciendo todos los sábados pactados en este turno, o al turno de noche.

3) Si está adscrito a los turnos de noche pasará al turno de 15:00 a 23:00 o al turno de mañana en el horario de 10:00 horas a 18:00 horas, haciendo todos los sábados pactados en este turno.

B) Un miembro adscrito al turno estructural y la otra persona al cuarto turno:


En relación con las vacaciones, un año disfrutarán las vacaciones del turno estructural y al año siguiente las vacaciones del cuarto turno. Éstas se empezarán a disfrutar en las fechas de inicio marcadas para los periodos vacacionales del turno que se disfrute. En el caso de tener diferentes números de semanas de vacaciones, la semana sobrante se disfrutará en el turno inicialmente planificado.


C) Las parejas que prestan servicios en el cuarto turno los dos:


La empresa tratará individualmente las solicitudes de estas parejas.