Ayudas sociales

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AYUDA: POR MATRIMONIO O PAREJA DE HECHO
CUANTÍA: 60.10€
DESCRIPCIÓN: Cuando se produzca el matrimonio o pareja de hecho y previa justificación de tales circunstancias.
DOCUMENTACIÓN: Fotocopia del libro de familia o certificado de matrimonio, o fotocopia del registro oficial para las parejas de hecho.
PAGO: Un único pago. Según la fecha del acontecimiento se abonará en el mismo mes o al mes siguiente.
 
 
AYUDA: NACIMIENTO
CUANTÍA: 350€
DESCRIPCIÓN: Cuando se produzca el nacimiento y previa justificación de tales circunstancias.
DOCUMENTACIÓN: Fotocopia del libro de familia donde aparezca el hijo registrado.
PAGO: Único pago por cada hijo o hija. Según la fecha del nacimiento se abonará en el mismo mes o en el mes siguiente.
 
 
AYUDA: ADOPCIÓN INTERNACIONAL
CUANTÍA: 600€
DESCRIPCIÓN: Cuando se produzca la adopción, para contribuir al coste de un billete de avión.
DOCUMENTACIÓN: Documentación que acredite la adopción.
PAGO: Único pago. Se abonará en el mismo mes o en el mes siguiente.
 
 
AYUDA: FAMILIARES CON DISCAPACIDAD
CUANTÍA: 175€/mes
DESCRIPCIÓN: Ayuda por familiar de 1er grado a cargo del trabajador con una minusvalía igual o superior al 33% que haya sido declarada por la Administración Pública competente, o que padezca las denominadas enfermedades raras registradas en la web orpha.net + certificado de discapacidad  aunque sea inferior al 33% + informe médico donde conste la denominación de la enfermedad.
DOCUMENTACIÓN: Certificado de minusvalía.
PAGO: 12 mensualidades
AYUDA: AYUDA GUARDERÍA
CUANTÍA: 140€/mes
DESCRIPCIÓN: Ayuda para gastos de guardería para hijos matriculados en centros de educación. De 0 a 3 años.
DOCUMENTACIÓN: Matriculación de la guardería.
PAGO: 12 mensualidades
 
 
AYUDA: AYUDA MATERIAL ESCOLAR
CUANTÍA: 150€
DESCRIPCIÓN: Ayuda para material escolar de hijos de empleados. Desde P-3 hasta que el menor cumpla 18 años y siga cursando estudios oficiales.
DOCUMENTACIÓN: Se deberá presentar una única vez la justificación que acredite que el menor está cursando estudios.
Anualmente se deberá cumplimentar una solicitud interna a RRHH.
A partir de los 16 años se deberá acreditar anualmente la realización de estudios.
PAGO: Se abonará una vez al año en la nómina de agosto por cada uno de los hijos o hijas. La solicitud a RRHH habrá que presentarla en Julio.>