LA DESCONEXIÓN DIGITAL DE LOS TRABAJADORES

La frontera entre vida laboral y personal, en la era de la hiperconectividad digital, es cada vez más difusa. Algunas empresas en nuestro país se han propuesto redefinirla con medidas concretas.

Es lo que se conoce como desconexión digital.

¿Qué es la Desconexión Digital?

La nueva LOPDGDD alude a ella indicando que los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del horario de trabajo legal o convencionalmente instaurado, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal o familiar.

La toma de conciencia es inminente.

La inmersión en el mundo digital ha transformado la forma de vida laboral trayendo consigo muchas facilidades, como la posibilidad de trabajar desde cualquier lugar sin más necesidad que una conexión WiFi.

Pero surgen también nuevas dimensiones en las que aún cuesta manejarse: marcar en la jornada un principio y un final a pesar de que, al salir por la puerta de la oficina, ese e-mail de última hora siga entrando en el teléfono.

Un estudio que acaba de publicar Infojobs pone de relieve esta realidad.


“El 51% de la población activa española afirma responder correos electrónicos y atender llamadas de trabajo durante las vacaciones o en fines de semana.”


Sentirse en la obligación de responder o creer que el puesto lo requiere son los principales motivos para hacerlo. Esta normalización de la hiperconectividad pasa factura, algunas de las consecuencias que trae consigo son el estrés o la ansiedad.


“Casi el 90% de los españoles dicen sí a la desconexión digital.”


En este escenario, varias empresas españolas, como recientemente Santander e Ikea o los pioneros AXA, marcan la pauta del derecho a la desconexión digital.

El Banco Santander está contemplando aprobar medidas de conciliación como el derecho a la desconexión digital o el aumento del permiso de paternidad para sus plantillas.

Ikea también lo ha introducido como parte de un acuerdo sobre distribución de jornada y horarios.

Ejemplo de Francia

Francia ya puso en el punto de mira la necesidad de reconocer esta desconexión completa tras la jornada de trabajo o en periodo de vacaciones a principios de 2017. Lo hacía con la puesta en marcha de su reforma laboral en la que se reconocía este derecho.

En España el marco legal aún no lo contemplaba, pero la conversación al respecto estaba abierta.

Con la entrada en vigor en Europa del Reglamento General de Protección de Datos el 25 de mayo, culpable de que tu bandeja de entrada se colapsara con mensajes de nueva política de privacidad, y la consiguiente modificación de la Ley de Protección de Datos española, el PSOE presentó en abril una enmienda reclamando la inclusión de este derecho a la desconexión digital y la garantía de otros derechos digitales.

Finalmente la ley se ha aprobado hace unos día e incluye la regulación del citado derecho.

Obligaciones de las empresas

Más allá de la regulación legislativa, la ley de desconexión digital hace que las propias empresas toman las riendas y se hacen responsables.

Negociaciones con los sindicatos que dibujan nuevas opciones para los trabajadores impulsados por la necesidad de convivir con el entorno en desarrollo, para garantizar el bienestar de sus empleados y evitar síndromes como:

  • Burnout (estrés crónico del trabajador quemado)
  • Tecnofatiga (cansancio provocado por la continua exposición a la tecnología informática)
  • Estrés anticipatorio que genera la espera de un e-mail fuera de horario laboral.

Y también para el propio beneficio de la empresa, claro.

Tendrán que aplicarse medidas para asegurar una cultura que considere más importante el resultado del trabajo, mejora de la productividad y cumplimento de objetivos que la presencia en la oficina.

Ventajas de la desconexion digital para trabajadores
Para el

 

Políticas internas

La política de la empresa resulta en todo caso fundamental. El carácter voluntario o la libertad del trabajador de desconectarse o no resulta ser un engañoso señuelo en el marco de una relación de subordinación.

Las formas de ejercicio del derecho a la desconexión digital se determinarán en esa política interna.

Negociación colectiva

La ley no establece elementos explícitos que permitan guiar la negociación que dispone por lo tanto de un amplio margen de libertad respecto a las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión.

Pero si se indica que debe existir una audiencia previa con el comité de empresa o los delegados de personal.

Formación

Por otro lado, también es necesario realizar acciones de formación y sensibilización sobre un uso razonable y adecuado de las TIC.

Esas actividades formativas dirigidas a trabajadores y directivos, pueden ofrecer soluciones y pautas de comportamiento individuales, comunes y homogéneas a la colectividad de trabajo.

Igualmente, deberán permitir la formación para adquirir nuevas competencias y garantizar la adaptación a nuevas tecnologías. Con una especial atención a las personas con dificultades frente a estas transformaciones.

En efecto, según la generación, el sector y la profesión, la relación entre las TIC y los trabajadores puede variar de forma considerable.

Consideración como horas extraordinarias

Las horas usadas por el empleado para atender llamadas telefónicas o correos electrónicos deben entenderse una prolongación de la jornada legal o pactada y computarse y abonarse como horas de trabajo extraordinarias.

Esta consideración que se extiende a aquellos supuestos en que la empresa impone al trabajador, fuera de su horario normal de trabajo, su disponibilidad para atender imprevistos. A esto alude el Tribunal Supremo en su sentencia de 21 de abril de 2016 (referida a los conductores de ambulancias, repartidores y transportistas por carretera o conductores de autobuses, pero extrapolable en lo necesario a estos supuestos).

Además, se añade otro problema: cómo controlar las horas extras trabajadas por tal motivo.

El Tribunal Supremo, revocando una previa resolución de la Audiencia Nacional, ha acordado, en su sentencia de 23-3-2017, que la actual normativa no impone la necesidad de establecer un registro de la efectiva jornada diaria de trabajo. Ni el control del cumplimiento de los horarios pactados. Ciñéndose a los supuestos en que exista una efectiva prestación de horas extras, y no en el caso contrario, lo que, advierte, resulta acorde con la normativa comunitaria.

Cualquier nueva regulación sobre el registro de jornada deberá hacerse de conformidad con las normas reguladoras de la protección de datos. Y la creación de archivos de datos y control de estos que deberá hacerse con respeto de lo dispuesto en esta normativa.

La creación del registro de datos implica un aumento del control empresarial de la prestación de servicios. Y puede suponer una injerencia indebida de la empresa en la intimidad y libertad del trabajador.

Ventajas de la Desconexión digital

Cumplir con la desconexión digital en la empresa trae beneficios tanto a los empleados, como a la compañía.


“Francia o Bélgica incluyen desde hace años en su legislación decretos que regulan esta práctica debido a todos los beneficios que aporta y España ahora se suma también.”


Estos son algunos de los principales beneficios que se producen al implementar el derecho a la desconexión laboral:

Para el empleado

Estar disponible a todas horas es perjudicial para el empleado, por eso la desconexión digital trae los siguientes beneficios para el trabajador:

  • El trabajador desconecta del trabajo fuera del horario laboral.
  • Mejora la conciliación familiar.
  • Reduce la tensión y el estrés.
  • Incrementa la motivación por su trabajo.

 

Para el

 

Para la empresa

Antes de que se debatiera en el Congreso de España la necesidad de regular la desconexión digital para los trabajadores, grandes compañías lo llevaban a cabo por los beneficios que aportan.

En nuestro país, las empresas precursoras en su instauración son Telefónica o el Banco Santander.

  • Mejora la productividad con empleados comprometidos.
  • La calidad del trabajo aumenta gracias a contar con empleados descansados y menos estresados.
  • Incrementa la capacidad de diálogo entre el empleador y el trabajador.
  • Transmite una imagen de marca de empresa que vela por sus empleados.
  • Mejora el employer branding.
  • Reduce el absentismo laboral.

Acceso a contenidos de los trabajadores

Además del derecho a la desconexión laboral, la ley recoge también el acceso por el empleador a los contenidos de los trabajadores a través de los dispositivos digitales.

LOPDGDD permitirá a la empresa acceder a los “contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a sus trabajadores a los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales y de garantizar la integridad de dichos dispositivos”.

De esta forma, el acceso se realizará mediante una dinámica concreta una vez más acordada entre la representación de los trabajadores y la empresa. Tendrá que contemplar lo siguiente:

  • La empresa establecerá un protocolo de utilización de los dispositivos digitales e informará directamente a los trabajadores de su alcance y límites.
  • Las normas de uso de dispositivos digitales acordadas por la empresa deberán establecer con precisión el alcance de la expectativa de privacidad del trabajador. Y, en todo caso, no anularán las expectativas mínimas de protección de la intimidad de los trabajadores acordes con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente.
  • El acceso por la empresa al contenido de dispositivos digitales sobre los que se hayan permitido usos privados requerirá que el protocolo de utilización de dispositivos digitales indique de modo preciso los usos admitidos y garantías previstas para preservar la intimidad de los trabajadores. Se informará directamente a los trabajadores de la existencia y contenido de los mencionados protocolos.