DESCUENTOS CCOO CON SEGUROS ATLANTIS PARA LAS TRABAJADORAS/ES DE COTY

La Sección Sindical de CCOO COTY tiene un acuerdo para las trabajadoras/es de Coty .

El hecho de tener la APP de CCOO Coty te podrás beneficiar del descuento de SEGUROS ATLANTIS  .

DIRECCIÓN DE OFICINA SEGUROS   ATLANTIS PARA INFORMACIÓN  SEGUROS :

EnderezoCarrer de Pius XII, 5, 08401 Granollers, Barcelona
Para mas informacion pueden preguntar a las delegadas/os de CCOO en Coty Granollers.

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Promoción “Ven a tu compañía de seguros 2019” 

Bases de la promoción

  1. Las compañías aseguradoras AMGEN Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.U., Agrupació AMCI de Seguros y Reaseguros, S.A., y ATLANTIS Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., pertenecientes al Grupo ACM España, lanzan una promoción denominada “Ven a tu compañía de seguros 2019”, en todo el territorio nacional, con el objetivo de incentivar la contratación de pólizas de los productos detallados en el punto 4 siguiente, cumpliendo los requisitos establecidos.
  2. La campaña promocional va dirigida a clientes (personas físicas), mayores de 18 años que actúen como tomadores de productos comercializados bajo la marca ATLANTIS que al final del periodo promocional hayan incrementado su “Posición-Cliente”, en las condiciones más abajo detalladas.
  3. Se entiende por “Posición-Cliente” el conjunto de Pólizas y Primas computables suscritas por un Tomador bajo un mismo NIF/NIE.
  4. Para el cómputo de pólizas de la “Posición-Cliente” se considerarán exclusivamente los contratos en vigor de las siguientes pólizas individuales: Auto, Hogar, Salud, Dental, Accidentes, Mascotas, Doble Previsión Personal (baja laboral), Decesos p.p. (prima periódica), Vida Riesgo, Planes de Pensiones p.p. (prima periódica), PPA p.p. (prima periódica), Ahorro Joven p.p. (prima periódica) e Integra 5 p.p. (prima periódica), suscritos a través de las compañías del Grupo ACM España, bajo la marca ATLANTIS. El resto de productos queda excluido. Quedan excluidos los contratos temporales.
  5. Para el cómputo de primas de la “Posición-Cliente”se tomará la prima neta de la anualidad en vigor de los productos computables: Auto, Hogar, Salud, Dental, Accidentes, Mascotas, Doble Previsión Personal (baja laboral), Decesos p.p. (prima periódica) y Vida Riesgo. No serán computables las primas correspondientes a Planes de Pensiones, PPA, Ahorro Joven e Integra 5 que quedan excluidas de la promoción en lo que se refiere a primas computables.
  6. En la “Posición-Cliente” de una fecha determinada, no se considerarán las solicitudes pendientes de emisión en esa fecha y tampoco las pólizas emitidas con fecha de efecto posterior.
  7. El periodo promocional será del 2 de enero de 2019 hasta el 1 de enero de 2020, ambos incluidos.
  8. La “Posición-Cliente” inicial será la correspondiente al cierre del día 01.01.2019, y la posición final la correspondiente al cierre de fecha 01.01.2020. El incremento de la “Posición-Cliente” es la diferencia entre la posición final y la inicial.
  9. Para el caso de clientes pre-existentes (que tengan algún contrato en vigor a cierre 01.01.2019), para beneficiarse de la promoción, al final del periodo promocional, se deberá incrementar la “Posición-Cliente” en una póliza y, como mínimo, 200€ de primas netas anuales.
  10. En el caso de los nuevos clientes (personas físicas que como tomadores no tuvieran ninguna póliza contratada a 01.01.2019), la primera póliza contratada dentro del periodo promocional y sus respectivas primas no computarán para el cálculo de la Posición-Cliente. Se entiende por primera póliza la que tenga la fecha de efecto más antigua de las contratadas dentro del periodo promocional. En el caso de que la primera y segunda o sucesivas pólizas tomen efecto en la misma fecha, se considerará como primera póliza la de menor prima.
  11. Los clientes que se beneficien de la promoción, tendrán derecho una única devolución promocional cuyo importe dependerá del incremento de su “Posición-Cliente” a cierre del día 01.01.2020 en número de pólizas y en primas, según se detalla en la siguiente tabla:
    Incremento de primas igual o superior a Incremento pólizas
    1 2 3 o más
    200 € 50 € 55 € 60 €
    400 € 75 € 85 € 100 €
    600 € 100 € 115 € 140 €
    800 € 125 € 145 € 160 €
    1.000 € 150 € 175 € 180 €
    1.500 € 200 € 225 € 260 €
    2.000 € 250 € 275 € 340 €
    3.000 € 300 € 400 € 500 €

     

  12. Esta promoción es compatible con otros descuentos y promociones, salvo que se excluya expresamente en las bases de participación de las mismas. La promoción es incompatible con las pólizas de nueva producción que durante el periodo promocional se beneficien de las campañas para socios “ocu” o para clientes de “Contigo France”.
  13. La entidad pagadora de la devolución promocional será la aseguradora de la póliza que desencadena el derecho al obsequio.
  14. En el caso de los clientes pre-existentes al inicio de la promoción, la póliza desencadenante será la primera póliza de nueva producción de los ramos computables indicados en el punto 5 de las presentes bases, además de cumplir el resto de requisitos de las presentes bases, contratada por el cliente durante el periodo promocional. En el caso de nuevos clientes, la póliza desencadenante será la segunda póliza de nueva producción suscrita por el nuevo cliente en el periodo promocional. La citada póliza debe ser de los ramos computables indicados en el punto 5 de las presentes bases. Además el nuevo cliente deberá de cumplir el resto de requisitos de las presentes bases.
  15. La liquidación y pago final de la devolución de la campaña se realizará durante el mes de Marzo de 2020.  No obstante, se realizarán tres anticipos parciales de la devolución: Junio 2019 (anticipo del incremento de Posición-Cliente a cierre de Marzo de 2019), Septiembre 2019 (anticipo del incremento de Posición-Cliente a cierre de Junio de 2019) y Diciembre 2019 (anticipo del incremento de Posición-Cliente a cierre de Septiembre de 2019). Para los anticipos, el cálculo de la Posición-Cliente tomará en consideración exclusivamene las pólizas con pago anual. Si la póliza desencadenante no es de pago anual, todos los posibles anticipos de futuras pólizas de pago anual se realizarán a través de la entidad aseguradora y con la fiscalidad de la póliza desencadenante.Para la liquidación final se tomarán en consideración todas las pólizas sea cual sea el fraccionamiento.  Tanto en los anticipos como en la liquidación final se deducirán los pagos realizados anteriormente. Esta promoción, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o cesión a petición de los beneficiarios.
  16. En el momento de calcular las liquidaciones, todas las pólizas que den derecho a la promoción deberán estar en vigor y al corriente de pago. En el caso de los productos a prima periódica el pago de las primas deberá mantenerse vigente. Además, el cliente se compromete a mantener todas las pólizas en vigor y al corriente de pago hasta su próximo vencimiento anual. En caso de incumplimiento por parte del cliente, las entidades del Grupo ACM España se reservan el derecho a ejercer las acciones oportunas para la recuperación de la devolución.
  17. Las devoluciones se abonarán por transferencia bancaria a la cuenta corriente designada para el pago de la prima de las pólizas contratadas. En caso de ser distintas cuentas, quedará a la elección de la Entidad Aseguradora.
  18. Promoción sujeta a las normas de contratación y valoración de riesgos establecidas por las compañías aseguradoras del Grupo ACM España que participan en la promoción.
  19. De conformidad con la legislación vigente, el obsequio conseguido por la aplicación de la campaña estará sujeto a la tributación que en cada momento se determine para los perceptores de la promoción según la normativa fiscal a aplicar a la póliza desencadenante del derecho al obsequio promocional. En consecuencia, cuando la póliza desencadenante sea una póliza de Vida Riesgo Individual, el obsequio (tanto los anticipos, como la liquidación final) tendrá la consideración de Rendimiento del Capital Mobiliario (RCM) y estará sujeto a la retención correspondiente. En el resto de casos, cuando la póliza desencadenante sea de No Vida, el obsequio (tanto los anticipos, como la liquidación final) tendrá la consideración de Ganancia Patrimonial (GP).
  20. Quedan excluidas de esta promoción las operaciones que se benefician de las condiciones especiales de empleados del Grupo ACM España, así como las operaciones suscritas a través de  RACC Mediagent, S.A.U., Targoseguros Mediación, S.A.U., Cofidis S.A. Sucursal en España y AMDIF, S.L.U., Agencia Exclusiva.
  21. Las presentes bases promocionales estarán a disposición de cualquier cliente o potencial cliente hasta la finalización de la misma, dentro del dominio web www.atlantis-seguros.es, informando del modo de participación en la misma.
  22. La participación en la presente promoción, implica necesariamente la previa lectura y aceptación íntegra de las presentes Bases por parte de los participantes. Su no aceptación implicará no poder participar en la misma. En caso de divergencia entre los participantes en la promoción y la interpretación de las presentes Bases, serán competentes para conocer de los litigios que puedan, en su caso, plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona, renunciando expresamente los participantes en esta promoción, a su propio fuero y domicilio, de resultar distinto al aquí pactado.
  23. Sin perjuicio de los derechos adquiridos de los clientes que ya hubiesen contratado una póliza beneficiándose de la presente promoción, los cuales no se verán alterados y se cumplirán en su totalidad, las compañías aseguradoras del Grupo ACM España que participan en la promoción se reservan el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la misma, incluso su posible anulación antes del plazo prefijado, por razones técnicas, organizativas y/o de productividad, objetivables, comprometiéndose a comunicar con 24h de antelación las nuevas bases, condiciones, suspensión temporal o su anulación definitiva. Por las razones expuestas, no se derivará ningún tipo de responsabilidad para las entidades del Grupo ACM España.
  24. De acuerdo con lo previsto en la normativa en materia de protección de datos, los participantes en este promoción quedan informados y aceptan que los datos facilitados serán objeto de tratamiento por parte de la compañía de seguros con los que formalice la póliza, es decir AMGEN Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.U. y Agrupació AMCI de Seguros y Reaseguros, S.A. y ATLANTIS Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. domiciliadas todas ellas en la Carretera de Rubí 72-74, Edificio Horizon, 08174 Sant Cugat del Vallès (Barcelona) y TARGOPENSIONES, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S.A.U., domiciliada en c/ Claudio Coello, 123, 28006 Madrid como Responsables del Tratamiento de los datos personales, con la finalidad de gestionar su participación en la presente promoción, así como el contacto y atención telefónica durante el transcurso de la misma. Los datos serán conservados mientras exista un interés mutuo, o hasta que medie oposición expresa al tratamiento por parte del interesado, lo que suceda primero.La  base jurídica que legitima a la entidad aseguradora para tratar sus datos personales con la finalidad indicada es el consentimiento prestado para participar en la promoción y el interés legíAsimismo, y de acuerdo con la normativa en materia de protección de datos, el interesado podrá retirar en cualquier momento el consentimiento y ejercer, cuando corresponda, los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, así como solicitar la portabilidad y el tratamiento limitado de sus datos, mediante escrito dirigido a la entidad aseguradora que corresponda, acompañado de su identificación, a la dirección postal indicada o a la dirección electrónica [email protected].Por último, en caso de tener cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos personales y el ejercicio de los derechos reconocidos, el interesado podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos de la entidad aseguradora que corresponda mediante escrito, acompañado de su identificación, dirigido a su atención a la dirección postal de la entidad aseguradora o a la dirección electrónica [email protected]; o bien presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (C/ Jorge Juan, núm. 6 28001- Madrid www.agpd.es) .