Barcelona, a 12 de diciembre de 2017
JORNADA ANUAL
La jornada de trabajo anual será de 1720 horas, excepto para el personal de Red de Ventas que pertenecía a la empresa Coty Astor, S.A. , que será de 1712 horas.
Al personal que a 31 de Diciembre de 1993 pertenecía a la plantilla de perfumería Parera, S.A., le corresponden 5 días laborables adicionales de vacaciones (7 días naturales), los cuales podrán realizar a lo largo de todo el año de acuerdo con sus respectivos responsables.
JORNADA DE TRABAJO NORMAL
Durante la vigencia de este calendario, el horario es de 40 horas efectivas de trabajo semanales de lunes a viernes, 8 horas al día, en turno partido con descanso para comida.
VACACIONES Y FESTIVOS
25 días laborables de vacaciones anuales (5 semanas), agrupados de la siguiente manera:
- 19 días laborables como vacaciones de verano, agrupados en 4 semanas.
- 4 días laborables como vacaciones de navidad: 24, 27, 28 y 31 de diciembre.
- 2 días de vacaciones de libre disposición.
10 días de ajuste de calendario:
- 4 puentes: 29 de marzo, 30 de abril, 2 de noviembre y 7 de diciembre.
- 6 días de libre disposición (7 para los empleados que pertenecían a la empresa Coty Astor,SA)
Vacaciones de Verano:
19 días laborables (4 semanas). Se realizarán preferiblemente las 3 o 4 primeras semanas de agosto (14 días laborables).
Previo acuerdo con el correspondiente Manager, la cuarta semana de vacaciones (5 días laborables) podrá ser desplazada a otro mes, tanto como semana completa como cinco días sueltos.
Festivos marcados en calendario:
Los días 29 de marzo, 30 de abril, 2 de noviembre, 7, 24, 27, 28 y 31 de diciembre serán festivos, salvo que por razones de negocio deban cambiarse por otros días. Si el 29 de marzo ya es festivo oficial en alguna comunidad autónoma, se podrá disfrutar de un día adicional de vacaciones suelto a cambio.
Días de libre disposición:
Por ajuste de calendario, quedan 6 días laborables de libre disposición y 7 días laborables de libre disposición para el personal que pertenecía a Coty Astor, S.A.
Preferiblemente, los días de libre disposición se irán disfrutando de forma repartida a lo largo del año, previo acuerdo con el correspondiente Manager / Director, siendo posible juntar algunos días de asuntos con días de vacaciones o puentes si las necesidades de negocio lo permiten.
Fiestas Nacionales, Locales y de la Comunidad Autónoma de Cataluña:
Todas las fiestas de carácter Local (señaladas en marrón en el calendario adjunto) y de Comunidad Autónoma (señalas en rosa en el calendario adjunto), deberán ser sustituidas en cada caso por las fiestas oficiales de la Comunidad Autónoma de residencia del empleado.
Para 2018 salen un total de 13 festivos, si en alguna Comunidad Autónoma el total fuera 12, ese día de diferencia podrá ser disfrutado como día de libre disposición.
Se utiliza como referencia para la confección del calendario laboral adjunto las 8 fiestas Nacionales, 2 fiestas Locales de Barcelona y 3 fiestas de la Comunidad Autónoma de Cataluña, que son las siguientes:
- Festivo nacional:
1 Enero
30 de Marzo
1 de Mayo
15 de Agosto
12 de Octubre
1 de Noviembre
6 de Diciembre
25 de Diciembre
- Festivo comunidad autónoma:
2 de Abril
11 de Septiembre
26 de Diciembre
- Festivos Locales:
21 de Mayo
24 de Septiembre
Podrán disfrutarse de los días de vacaciones y libre disposición de 2018 hasta 31 de marzo de 2019.
LA EMPRESA EL COMITÉ DE EMPRESA