afíliate a ccoo

Tú ganas,todos ganamos!

Ya somos muchos los trabajadores y las trabajadoras afiliados a CCOO,
pero todavía nos faltas tú. Afíliate a CCOO!

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CONTIGO SOMOS MÁS Y MEJORES

Para que la dirección de tu empresa y las organizaciones empresariales no impongan sus intereses y decisiones.

Para que las Administraciones Públicas tengan en cuenta nuestras demandas. Porque juntos sí podemos.

CCOO debe su independencia y su fuerza a los afiliados y afiliadas. Vuestro respaldo garantiza nuestra representatividad y nuestra capacidad de reivindicación y propuesta.

CCOO es imprescindible en las empresas para ayudarte a resolver tus problemas y para que se cumplan los convenios colectivos y el derecho laboral.

CCOO es necesario para conseguir mejores condiciones de trabajo, mejores salarios, nuevos derechos, a través de la negociación de los convenios colectivos, de la relación permanente con los empresarios y de la interlocución con la Administración central y autonómica.

La fuerza de CCOO es una garantía para que se mantenga y mejore el sistema de protección social: las pensiones, la protección por desempleo, la protección a las personas con dependencias CCOO cuenta con los mejores servicios de asesoramiento sindical, jurídico y técnico que pone a tu disposición como afiliado y afiliada.

CCOO te proporciona información sobre la situación económica y laboral, y de las posibles alternativas sindicales.

CCOO te ayuda para que tengas acceso a la formación profesional, decisiva para encontrar o mejorar el empleo.

Como afiliado o afiliada, CCOO pone a tu disposición diversos servicios en ámbitos como la vivienda, los seguros, los fondos de pensiones, tiempo libre.

La cuota sindical es deducible en la declaración de la renta. Además, con la cuota tienes derecho a un seguro de vida en caso de accidente.

CCOO es el primer sindicato en afiliación, representatividad y presencia en las empresas.

Cuotas mensuales vigentes:

Cuota Súper Reducida (S) 3,00 euros mensuales. De aplicación para las personas que no perciban retribuciones, ingresos o prestaciones, o en caso de percibirlas sean en cuantías brutas iguales o inferiores a 7.000 euros. Esta cuota será revisable cada 12 meses con los ingresos, ya sean ciertos o los previstos para cada ejercicio.

Cuota Especial (E) 7,10 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con retribuciones, ingresos o prestaciones brutas comprendidas entre los 7.001 euros y los 14.000 Euros.

Cuota General Reducida (G) 11,80 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con unos ingresos o prestaciones anuales brutas comprendidas entre las 14.001 euros anuales y los 24.000 euros anuales.

Cuota General Ordinaria (V) 13,00 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con unos ingresos o prestaciones anuales superiores a 24.001 euros anuales.

Cuotas Generales de Pensionistas y Jubilados (S,E,R) De aplicación para las personas con los siguientes tramos retributivos. En el primer tramo de ingresos que va de 0.00 a 7.000 Euros, se aplicara la cuota súper reducida (S), para aquellos que tengan unos ingresos comprendidos entre los 7.001 y los 14.000 Euros, se aplicara la cuota especial (E) y para los ingresos brutos superiores a 14.000 euros se aplicara una cuota de 10.05 euros mensuales denominada General PPJJ (R).

Cuota Militante (M) 16,70 euros mensuales. Cuota Voluntaria