AYUDAS PARA EDUCACIÓN INFANTIL

Con  objeto  de   contribuir  a  sufragar parte  de   los  gastos  originados  por   la contratación de plazas  en Escuelas  Infantiles o Centros de Educación  Infantil para los hijos e hijas de  las personas trabajadoras de Correos,  se convocan ayudas  con arreglo a las siguientes instrucciones.

1.- PERSONAL BENEFICIARIO

Podrán acceder a estas ayudas  el personal funcionario y laboral fijo de Correos  que se  encuentren  en  activo  en  la  Sociedad Estatal en el plazo de admisión de solicitudes y a fecha de hacerse efectivo el pago de las mismas, así como el personal laboral eventual con una antigüedad mínima de dos años de servicios prestados en los seis años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria y que tengan contrato en vigor en la fecha de presentación de la solicitud.

Si ambos progenitores trabajan en Correos, solo podrán realizar la solicitud uno de ellos.  Cuando  se  detecten  instancias formuladas por  dos  personas trabajadoras para  el mismo  hijo o hija, ambos decaerán automáticamente del derecho a percibir la ayuda que nos ocupa.

2.- REQUISITOS

Tener  hijos  o  hijas  nacidos   en  los  años  2018   o  posteriores, matriculados en  el Primer  Ciclo de  Educación  Infantil en  escuelas infantiles  o centros de  educación infantil durante el curso escolar 2020/2021 (de septiembre-2020 a julio-2021).  Las plazas deberán haber sido contratadas en centros públicos o privados que cumplan con los requisitos legales  y reglamentarios exigidos  a la prestación de servicios de esta naturaleza.

3.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

a)  Certificado  expedido   por   el   centro  correspondiente  que   justifique   la matriculación y asistencia en el curso  2020-2021, especificando nombre y apellidos del niño o niña, periodo de asistencia, cantidades abonadas  y conceptos por el que se realizan los pagos.

b)  Justificantes de pago.

c)  Libro de familia completo o certificado del Registro Civil de nacimiento en el que conste el parentesco alegado.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 24 de junio y finalizará el día 21 de septiembre de 2021.

5.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes serán  presentadas de acuerdo con las instrucciones establecidas en Conecta/Canal Personas/ Acción Social. Esto  es, inicialmente es necesario cumplimentar un formulario  on line según modalidad de la ayuda  cuyo enlace  está puesto a disposición de la persona peticionaria en dicha página.  Una vez finalizado el citado formulario, ésta deberá, de acuerdo con la modalidad de ayuda solicitada, remitir la documentación requerida al  buzón especificado al efecto vía correo electrónico según el Área Territorial al que pertenezca la persona trabajadora:

Área TerritorialNombre del buzón
Noroeste[email protected]
Norte[email protected]
Noreste[email protected]
Centro[email protected]
Este[email protected]
Sur[email protected]
Insular[email protected]
Sede Central[email protected]

Si la documentación fuera incompleta o existieran errores en la misma, se requerirá al interesado o interesada para que los subsane.

La inexactitud en alguno  de los datos o documentos que se aporten con la solicitud podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del personal solicitante, cualquiera que sea el momento en que se descubra aquélla, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive.

6.- RESOLUCIÓN

A la vista de  las solicitudes recibidas,  se establecerá la cuantía  de  las ayudas  y se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, el resultado de dividir las retribuciones dinerarias anuales íntegras del personal solicitante con  cargo  a  Correos  en  2020   entre el  número de  hijos  e  hijas  con derecho a  percibir  ayuda.  En  el caso  de  no poder atender la  totalidad de  las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

Madrid, 23 de junio de 2021

EL DIRECTOR DE PERSONAS Y RELACIONES  LABORALES

Fdo. Juan López Pulido