En Madrid, a las 12:45 horas del día treinta de mayo de dos mil veintidos, se reune la Comisión Mixta de Interpretación y Vigilancia del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón 2021-2022 (CMIVC) para analizar las consultas presentadas.
2-2022. Consulta relativa sobre Calificación del tiempo efectivo de trabajo en el descanso del bocadillo.
Se hace declaración de parte.
La representación sindical entiende que los quince minutos de descanso a los que se refiere el art. 11.9 tienen que considerarse como tiempo efectivo de trabajo ya que según el artículo 9.3 del Convenio en el régimen a Non Stop las jornadas son de 8 horas.
La representación empresarial entiende que el Convenio no recoge expresamente que los quince minutos de descanso sean tiempo efectivo de trabajo. Y en el caso concreto el descanso se lleva a cabo.
se lleva a cabo.