¿Tengo derecho a una excedencia?

Sí,

Las hay de dos tipos:

  • Sin reserva del puesto de trabajo y sin computar la antigüedad:
    • Excedencia voluntaria: Si tienes un año de antigüedad, y contrato indefinido, puedes solicitarla por un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años.
  •  Con reserva de puesto de trabajo y computando la antigüedad:
    • Puedes solicitarla por un máximo de 3 años para el cuidado de cada hijo/a desde la fecha de nacimiento o adopción-acogida.
    • Máximo de 2 años para el cuidado de un familiar (hasta 2º grado consanguinidad o afinidad), que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no p no pueda valerse solo ni trabaje.
    • Por cargo Sindical de ámbito superior a la empresa mientras dure el cargo.

¿ Quien se considera pariente hasta segundo grado?

  • Por consanguinidad: Padres, Hijos, Hermanos, Abuelos, Nietos
  • Por Afinidad: Padres Politicos, Hijos Políticos (Nuera/Yerno), Hermanos Políticos(cuñados), Abuelos Políticos,
Conveni Paper
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.