2 días.
En caso de fallecimiento de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Uno de estos dos días sera laborable.
¿ Y si me tengo que desplazar?
- 3 días, cuando la distancia sea superior a 100km. y no supere los 250 km.
- 4 días, superior a 250 km. y no superior a 500km.
- 5 días, superior a 500 km.
¿ Quienes se consideran familiares hasta segundo grado?
- Por consanguinidad: Padres, Hijos, Hermanos, Abuelos, Nietos
- Por Afinidad: Padres Politicos, Hijos Políticos (Nuera/Yerno), Hermanos Políticos(cuñados), Abuelos Políticos, Nietos Políticos.
¿Quienes se consideran familiares 3er y 4º grado?
- Por consanguinidad: Tíos, sobrinos, primos hermanos.
- Por Afinidad: Tíos del conyuge, sobrinos del conyuge, sobrinos del conyuge.
¿ Se reconocen a estos efectos las «Parejas de Hecho» ?
- Si, siempre que esten registradas en Registros Públicos oficiales.
¿ Que justificante deberé presentar a la empresa?
- Justificante de defunción o esquela.