- ¿Que se entiende por embarazo de riesgo?
- El embarazo de riesgo es una situación clínica del propio embarazo. En ella la mujer presenta algún problema médico que supone un riesgo para la madre y/o para el feto, pero que NO está relacionado con el trabajo que pudiera estar desempeñando la mujer.
- ¿ Que hacer en éste caso?
- La mujer deberá acudir a su médico de cabecera y si éste considera que es conveniente que deje de trabajar algún tiempo, debido a su embarazo de riesgo, emitirá un parte médico de baja. Esto dará lugar a una prestación económica de incapacidad tempòral por enfermedad común (ver tablas en pestaña Porcentaje Absentismo Para Cálculo Salarial Durante ILT, del apartado Salud Laboral de esta app).
- ¿ Que se entiende por riesgo durante el embarazo?
- EL riesgo durante el embarazo se produce cuando los agentes, condiciones o procedimientos del puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud de la madre gestante y/o la del feto.
- ¿ Que hacer en éste caso?
- En éste caso, la empresa deberá adoptar medidas preventivas complementarias. El objetivo es garantizar que la trabajadora pueda seguir desempeñando su trabajo sin riesgo para ella y/o el hijo que espera. Si no fuese posible, la alternativa es cambiarla temporalmente de puesto de trabajo a otro exento de riesgos para su embarazo. Solo en el caso de que la empresa no pueda técnicamnete u objetivamente cumplir estas condiciones, se procederá a la suspensión del contrato de trabajo y la trabajadora percibirá una prestación económica por riesgo durante el embarazo, equivalente al 100% de su base reguladora.