¿Cuántos días de permiso tengo por hospitalización o enfermedad de un familiar?

2 DÍAS

En caso de hospitalización/accidente o enfermedad grave/intervención quirurgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario con prescripción médica de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

¿ Y si me tengo que desplazar?

  • 4 días,

¿ Puedo tener más días por alguna necesidad especial?

  • 3 DÍAS MÁS (No acumulables a los 4 de desplazamiento)

En el supuesto de intervención quirurgica de padre, madre conyuge o hijos siempre que alguno de estos parientes conviviendo con la persona trabajadora precise atención especial y no tuviese otra persona para cuidarle.

¿ Quienes se consideran familiares hasta segundo grado?

  • Por consanguinidad: Padres, Hijos, Hermanos, Abuelos, Nietos
  • Por Afinidad: Padres Politicos, Hijos Políticos (Nuera/Yerno), Hermanos Políticos(cuñados), Abuelos Políticos, Nietos Políticos.

¿ Se reconocen a estos efectos las «Parejas de Hecho» ?

  • Si, siempre que esten registradas en Registros Públicos oficiales.

¿ Que justificante  deberé presentar a la empresa?

  • Justificante médico de ingreso hospitalario y en su caso, prescripción del reposo domiciliario.
  • En caso de accidente o enfermedad grave, el justificante médico donde aparezca la fecha del hecho.
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