Permisos
Fallecimiento
Hasta 2º grado de consanguinidad: 2 días. Con desplazamiento: 4 días En caso de fallecimiento de cónyuge o hijos: 5 días
Médico especialista
Duración: el tiempo indispensable Justificantes válidos: justificante del especialista (si es el genérico del ambulatorio, acompañar de parte de derivación del médico de cabecera)
Grados de consanguinidad y afinidad
Se equiparan las parejas de hecho legalmente registradas o acreditadas a los matrimonios.