ACTA DE LA REUNIÓN 20/02/2019

En Basauri, a las 10 horas del 20 de febrero de 2019, se reúnen las personas citadas al margen, para tratar los siguientes asuntos.

  •   Calendarios pendientes de 2019
  •   Condición modificativa mantenimiento en Banbury
  •   Reparación de averías por parte de contratas
  •   Protocolos condición básica de la máquina
  •   Calendarios pendientes de 2019

Comienza   la empresa  diciendo  que  en  la reunión  anterior  ya se  cerró  el  tema  de  calendario   pasando   los  que  quedaban provisionales   a  definitivos  y por lo tanto,  desconoce  que duda queda   a  este   respecto.    Los  calendarios    de  día  quedaron aprobados   por  mayoría  de  UGT  y  BUB  tal  y  como  aparece recogido  en el acta anterior.

UGT dice que los cálculos  de los calendarios  aprobados  en la reunión  anterior  son los correctos  y, a pesar de entender  el cálculo  de CCOO,  entienden  que el  convenio  establece que la distribución  es cómo se acordó  el año pasado y se ha presentado  este año.

CCOO  dice que no está de acuerdo  con la afirmación  de que el convenio  establezca  que la distribución  tiene que ser de esta manera.  El convenio  dice que,«en el caso de aplicarse este sistema de compensación, el disfrute de días de vacaciones están computados como días enteros, independientemente de la jornada efectiva del día acordado para el disfrute«. Por lo tanto entienden  que como mínimo  cabe la interpretación. Por otra parte quieren puntualizar  que el año pasado CCOO  no estuvo  de acuerdo  en cómo se hacía el cálculo de ajuste de horas. CCOO vota en contra  de este calendario.  CCOO  no aprobamos  el calendario   por los motivos  expuestos,  pero como vemos  que ya hay una mayoría  que lo aprueba, proponemos que en todos  los calendarios  A se cambie  el día 20 de Marzo que esta como día azul ,al 15 de octubre.

ELA dice que, un vez que los calendarios  están aprobados  por UGT y BUB  y tras revisar los  cálculos,  no aprueban  estos calendarios  porque, a pesar del acuerdo que se dio el año pasado, las cosas pueden  mejorar  y consideran  que el cálculo  real es el que plantea CCOO y además  creen que se tendría  que revisar a final de año, dependiendo de las vacaciones que coja cada trabajador  y de los días adicionales,   se tendría  que revisar  individualmente para que todos trabajen las mismas horas.

Toma   la  palabra   la  empresa   para  cuestionar   la  posicron  actual  de  ELA.  En  la  reunión anterior  expusieron   que  si el cálculo  de reparto  del tiempo  no trabajado  los viernes  de los calendarios   de día  presentados   por  la empresa  estaba  según  el acuerdo  del  año  anterior, aprobaría  el calendario.  En esta reunión,  confirman  que el cálculo es según el acuerdo  y aun así decide  oponerse  a la aprobación.  Aclara  la empresa,   que como ya ha informado  al inicio de la reunión,  su posición  no es influyente  ya que quedó  aprobado  por mayoría,   BUB y UGT.

ELA responde  que dijeron en la reunión  anterior que querían  comprobar  todo exhaustivamente, incluido  los cálculos  de CCOO, y que después  de estudiarlos consideran  que ese es el cálculo  real, que se ajusta al convenio,  y que además  todo el mundo tiene derecho  a cambiar  de opinión.

BUB coincide  con lo expuesto  por UGT y  se reafirman  en la aprobación  de los calendarios de día. Respecto  a la puntualización  que hace CCOO  señalando  que el año pasado  no estuvieron  de acuerdo  con el calendario  de día, lo que refleja el acta del año pasado  ,   que la redactó  CCOO  porque eran los secretarios,    es que «CCOO  no se opone».

Se vuelve  a crear un debate  en cuanto  a la distribución  del ajuste de  jornada  en minutos, en el cual CCOO  dice que le han llegado  muchos  comentarios   negativos  por parte de los afectados. UGT y BUB vuelven   a solicitar  que la distribución    no sea por minutos  sino que se descuente  de una jornada,  ahora con más razón ,       puesto que no se ha comunicado  a día de hoy  el ajuste  por minutos  a los departamentos   .La  empresa  considera  que es un asunto que ya ha sido debatido  y cerrado  y que la jornada  se cumple  en todos  los calendarios.   Lo que se acordó  el año pasado y debe valer para éste es que tiene que ser un  modelo gestionable  y consideran  que todos  los afectados  interpretan  positivamente  estos calendarios.

CCOO  pregunta  a la empresa  si ha recalculado  los minutos  que tienen que salir antes debido  a que el cálculo varía desde  la anterior  reunión   del 23/1/2019.

Toma  la palabra  la empresa  para aclarar  a CCOO que no ha habido  ninguna  variación,  los cálculos  a su disposición  y como ya se ha expuesto  en todas  las reuniones,   el cálculo  está realizado  según  el acuerdo  alcanzado  en el 2018.

  •   Condición modificativa mantenimiento en Banbury

La  empresa   se  reafirman   en  su  posicron,    mantiene   que   el  sistema   de  valoración   de Bridgestone   es  un sistema  sólido,   claramente   definido  y conocido  por todos  las secciones sindicales  ya que existe  el comité  de valoración  compuesto   por representantes   sindicales  y empresa.    Como   expuso   en  la  reunión   anterior,    las  condiciones   modificativas   aplican   al puesto  y  tiene  en  cuenta  todas   las  tareas   y  no  exclusivamente    una  tarea  en  concreto. Respecto  a la situación   planteada  de TMA,  es una excepción  que sea acordó  muchos  años atrás y hay que respetar  pero no se puede considerar  una excepción  como una norma.

CCOO  pide flexibilidad  a  la empresa  y que no lleve todo a  la comisión  de valoración  puesto que están  cambiando  muchos  puestos  en fábrica  y, al llevarlo todo a  la comisión  de valoración, se dilata todo en el tiempo.   Defienden  que la  excepción  del TMA supone  un agravio  comparativo  con respecto  a  la  decisión  de no reconocer  esas tareas concretas del personal de mantenimiento. La pretensión  de CCOO  es que, en primer  lugar  se mejoren los valores  de las mediciones  higiénicas que se han realizado, las cuales  están  por encima de lo que marca la ley,  y mientras  se soluciona  que la empresa  reconozca  y compense  esa situación  pagando  la  condición  modificativa  A al personal  de mantenimiento que realiza esas tareas.  Lo que no tiene sentido  es entrar a valorar esas tareas  cuando  no debería  de permitirse   trabajar  con esos resultados.

ELA está de acuerdo  con CCOO  y exige que esos valores  bajen  lo antes posible y que la empresa  ,mientras tanto,  pague  la condición  modificativa  A a  los afectados. No entienden  la posición  de la empresa.

UGT pregunta  si se han tomado  medidas  preventivas  a lo que la empresa  responde  que lo desconoce.   Todos  los sindicatos  señalan  que no les consta  que se hayan tomado  medidas preventivas.

UGT  dice que en la reunión  anterior  ya quedó  claro que todos  los sindicatos  pedíamos  lo mismo. Hay que tener en cuenta  que la ley establece que las medidas  preventivas deben ser inmediatas  y  globales, es decir; colectivas. No vale con dotar de los medios adecuados  individuales  para paliarlo sino que mientras  se corrige  esa situación,  se debería atender  la solicitud  que se  hace desde  la parte social.  Si una vez corregido  el problema  se tiene que volver a  revisar  la condición  modificativa  estarían  de acuerdo, pero consideran que  lo que se pide es razonable  mientras  dure esa situación  de penosidad.

BUB dice que todos  los sindicatos  seguimos  estando  de acuerdo  en la solicitud.   Les preocupa   que sea posible que ni se hayan tomado  medidas  preventivas   ni  se haya atendido la petición   de pagar la condición  modificativa  mientras  se toman  esas medidas;   lo cual supondría  que  no  se haya hecho  ni una cosa ni  otra.

Toma  la palabra  la empresa  para trasladar  que considera  que debería  dar traslado  de este tema  a  seguridad  ya que ese es el foro adecuado  y  hasta el momento  nos consta  que no se ha puesto  en conocimiento  de esta área. Es en ese foro donde  les podrán aclarar todas  las dudas  sobre  los límites de valores  y medidas  preventivas  en vez de cuestionar  un sistema sólido como  es el de las valoraciones.

 

Reparación de averías por parte de contratas

Toma   la  palabra  la    empresa  para  exponer  los  hechos  recopilados  del  dpto.  de mantenimiento sobre el hecho comentado en la reunión anterior sobre lo ocurrido el día 5 de diciembre sobre la supuesta tarea realizada por una contrata. Según la  información que dispone la empresa,  se trataba de una reparación programada porque la falda de la máquina U1  nº10 estaba ya con la  bandeja estropeada. El  día 4, antes de lo previsto,  se rompe definitivamente,  entonces se llama a  la contrata Gaur, que era la contrata que estaba previsto y programado que trabajase el día 5,  para que hicieran esa reparación el día 4.  La contrata  hace  la reparación  y da soporte  el personal  del turno  haciendo  seguimiento   de la incidencia  y comprobación   de la puesta  en marcha  de la máquina.   Por lo tanto  se trataba  de una reparación   programada   que  se tuvo  que  anticipar  y en  ningún  caso  se trataba  de  un trabajo  preventivo.

La empresa  informa que ha pedido a los responsables  de Ingeniería  y mantenimiento   que se revisen  la forma  de actuación  al objetivo  de evidenciar  que  están  claramente   identificadas las actividades  o funciones  que tiene que realizar cada parte implicada.

CCOO  dice que según su información  era un trabajo  para el personal  de mantenimiento   y que era preventivo  y que el personal  de mantenimiento  tenía todos  los materiales preparados  para hacer la  reparación.  CCOO exige que las tareas  del personal  de mantenimiento   las tienen  que realizar  personal  de la casa y si llega el fin de su jornada  y es necesario  terminar  una reparación  que se soliciten  horas extras  para terminar la reparación.

BUB dice que,  más allá de este caso concreto, han podido comprobar  que hay una realidad y es que los trabajos  que está haciendo  el personal  de mantenimiento de día, muchas veces acompañado  de una contrata, cuando el personal de mantenimiento de día acaba la jornada  se queda la contrata  sola continuando  con los trabajos.   Consideran  que esa situación no puede darse y que la forma  correcta  de actuar es; o bien se solicitan  horas extraordinarias   para que el personal  de mantenimiento  de día continúe  con esas tareas  o que  alguien  del personal  del turno continúe  con esas tareas.   Esto es una práctica  habitual  y no debe  consentirse  por lo que instan a  la empresa  a tomar  las medidas  necesarias  para que  no suceda.

ELA está de acuerdo  en que es una práctica  habitual  y consideran  que si son necesarias horas extraordinarias   es por una falta de personal,   y la solución  debería  ser contratar  para crear  puestos  de trabajo.

UGT dice que las situaciones  que han visto son trabajos  que podían  hacer  perfectamente   el personal  de mantenimiento  del turno  y que en muchas  ocasiones   se sabe de antemano  que no va a dar tiempo  a realizar  los trabajos   en una jornada.  A pesar de esto ,     no se solicitan horas extraordinarias.   El criterio  que defienden  respecto  a las horas extraordinarias   es que , siempre  que el personal  del turno  esté capacitado  para realizar  las tareas,  sean éstos  los que continúen  esas labores  y por tanto  no siendo necesarias  las horas extraordinarias. Si en algún  caso concreto  no es así por lo específico  del trabajo  a realizar  ,se  aceptan  las horas  extraordinarias   con la condición  de que alguien  del turno  acompañe  a la persona  que se queda  realizando  horas extraordinarias   para formarse  y de esta manera  no sean necesarias   en un futuro.   Por otra parte constatan  y están de acuerdo en que en muchas ocasiones el personal  del turno está muy limitado  de personal, pero quieren  que se transmita  a los responsables  de estos trabajos  que o bien pidan horas extraordinarias o que continúe con ellas el personal del turno, puesto que de lo contrario podemos  tener un problema  serio.

Tal y como  ha comentado  la empresa,  se están revisando  todas  las formas  de actuación.

  •    Protocolos condición básica de la máquina

CCOO dice que se está pidiendo a operarios que hagan trabajos como cambiar cuchillas en el departamento de cortadoras y esto va en contra del convenio. El  artículo 60 del convenio dice «no se podrán retirar tareas que sean propias del puesto de trabajo». Si un operario cambia una cuchilla está quitando una tarea del puesto de trabajo a personal de mantenimiento. Además el convenio, respecto a la puesta en marcha de la condición básica de la máquina en el artículo 71, habla de tareas de limpieza,  lubricación e inspección ,  y eso en  ningún momento es cambiar una cuchilla.  Por otra parte debe existir un protocolo que a día de hoy no existen y tiene que haber una evaluación de riesgos de esas tareas, y eso no lo puede hacer cualquiera, debe hacerlo Seguridad y formar sobre esos riesgos a los operarios.  Hay mandos que están diciendo que el convenio ya está adaptado para realizar esas tareas de mantenimiento y eso no es así, es la empresa la que se está saltando el convenio. Por todo esto piden que esta situación se deje de dar.

La empresa contesta que, en relación al texto citado por CCOO,  se encuentra en la Sección 2° del convenio donde se trata el  tema de Movilidad, en concreto el art.  60 que trata los principios básicos de movilidad, y por lo tanto nada tiene que ver con lo que se está tratando. Sobre las apreciaciones que realiza CCOO con relación a «quitar una tarea de un puesto de trabajo»,  quiere dejar claro que la organización B me no consiste en eso como ya deberían saber.

ELA dice que si la empresa considera que los trabajadores tienen que hacer reparaciones en las máquinas se está quitando trabajo a mantenimiento y mientras no se cambie el convenio no se puede hacer eso actualmente. En el pasado reciente los mandos daban el mensaje contrario a los operarios, negándoles a éstos la realización de tareas que no les correspondían, como las labores referidas a mantenimiento.  Además de esto hay desconocimiento y falta de formación por parte de los operarios y es muy peligroso mandarles esas tareas ya que puede conllevar consecuencias graves.

BUB dice que parte de la culpa es por las informaciones que se han manifestado por parte de otros sindicatos con la firma del convenio diciendo que  los trabajadores iban a realizar reparaciones y puede haber gente que haya interpretado erróneamente la realidad. Continua diciendo que, más allá de interpretaciones del convenio que se deben hacer en otro foro, el artículo 71  hace alusión a dos cosas ;    a que el operario de producción aplicará los protocolos de condición básica de la máquina y llevarán a cabo las labores ordinarias de inspección, limpieza y lubricación. Además de esto el convenio también dice en ese artículo que ,    tanto los trabajadores como los representantes del personal tendrán en todo momento acceso a los mencionados protocolos. Esa situación no se está dando puesto que nadie ,     ni los trabajadores ni los representantes de personal conocen los protocolos y por lo tanto no se pueden hacer esas tareas

La empresa  dice según el capítulo VI,   Organización  del trabajo,  art. 71 dice textualmente que » …. Con la finalidad  de mejorar el nivel de eficiencia  de la producción  y evitar que se produzcan  incidentes  en el funcionamiento   de las máquinas  por una falta de supervisión  del estado  de las mismas,   los operarios  de producción  aplicarán  los protocolos  de puesta en condición  básica de la máquina  y llevarán a cabo las labores ordinarias de inspección, limpieza, y lubricación en la máquina en la que desarrollen su trabajo,  de tal manera que se facilite el desarrollo del trabajo encomendado y el cambio de turno en condiciones de normalidad para el desarrollo de la producción.» Como se puede ver,  este articulo recoge la conjunción «Y»,   entre la aplicación de protocolos de condición básica de  máquina y llevarán a cabo las labores del CIL, por lo tanto son dos cosas distintas. Los protocolos son unos pasos claros y concretos que dicen cómo se debe hacer una tarea de forma sencilla , lo cual significa  que no se requieren unos estudios reglados para hacer tal tarea sino tener un conocimiento específico para la realización de una tarea sencilla concreta.  Las tareas del personal de mantenimiento requieren de un mayor conocimiento y oficio ya que realizan funciones de mayor nivel de complejidad.

CCOO dice que la tarea concreta de cambiar las cuchillas está dentro de la descripción del puesto de trabajo de  los mecánicos por lo que no están de acuerdo con el argumento de la empresa. Aun así, lo que queda claro es que no se cumple el convenio porque no existen protocolos y se tiene que tener en cuenta todas esas nuevas tareas, así como las derivadas del CIL, para incluirlas, previamente a su realización, en la evaluación de riesgos del puesto,  y además se forme a los trabajadores en los nuevos riesgos de su puesto , previamente a su realización. Nada de esto se está haciendo.

UGT pide a la empresa que concrete si considera que el operario tiene que cambiar o no la cuchilla  en el caso que estamos tratando. Además pregunta quién organiza los protocolos. El mayor problema es que la empresa quiere i: a un modelo de organización y está en su derecho, pero ese modelo choca con lo recogido actualmente en el convenio. No saben si en el futuro se llegará a un acuerdo que encaje esta organización pero a día de hoy no es posible. Por otra pate ven cómo a  los mandos intermedios se les explica o entienden ellos algo distinto a lo que viene en el convenio y cada uno interpreta la organización de una forma .    Hay tareas que no deben hacer los operarios porque no les corresponde al no estar en su descripción de puesto de trabajo y si  la empresa quiere un tipo de organización distinta deberá negociarlo dónde corresponda.  A UGT no les consta ningún protocolo de condición básica de la máquina. Está además está de acuerdo en que se debe realizar la evaluación de riesgos y formar a los trabajadores en esos riesgos.

La empresa se reitera en lo manifestado y dice que el texto es muy claro diferenciando dos conceptos, la aplicación de protocolos de condición   básica de  máquina y llevar a cabo las labores del CIL. En cualquier caso las discrepancias de interpretación no son competencia de esta comisión sino de la de interpretación del convenio.

 

Sin más asuntos que tratar se dar por finalizada la reunión.

Bridgestone
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