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para Coordinadores de Parc Güell y Of. 1ª parquímetro zona bus.
sabéis, el pasado 20 de julio CCOO presentó denuncia ante la Inspección de
Trabajo por cómo se están efectuando las promociones en BSM. Denuncia por la
que hemos sido citados para el próximo 29 de septiembre para exponer la
situación a la Inspección, junto a las denuncias por los contratos eventuales
de Parc Güell, la categoría de los agentes cívicos, y los accidentes por los
escalones de grúas (todas ellas presentadas por CCOO).
Trasla denuncia, el 23 de julio CCOO (en solitario) impugnó la promoción para cubrir 5 plazas para Atención al Cliente
porqué hasta el momento, la empresa no consensuaba las bases de las promociones
con la Comisión de Formación, ni se estaban constituyendo tribunales donde 2
miembros han de ser escogidos por el Comité, tal y como marca el Convenio, lo
que forzó a la empresa a convocar de urgencia a la Comisión de Formación 2 días
más tarde para consensuar las bases con la representación de los trabajadores y
se aprobó la constitución del Tribunal para la promoción de Atención al
Cliente.
vez concluido el proceso de promoción de Atención al Cliente, hemos de decir
que la empresa ha reducido el papel del Tribunal a conocer las pruebas 30
minutos antes de que las realicen los trabajadores y la mera presencia mientras
se efectúan, sin poder verificar el resultado de las pruebas, acceder a los resultados obtenidos y mucho menos participar en la corrección de las mismas, lo que nos impide garantizar el correcto desarrollo de la promoción.
esta promoción, decir que desde CCOO solicitamos que se incorpore a la
promoción una tercera plaza, ya que vistos los cuadrantes, es fácil determinar
que en la próxima temporada alta (donde los trabajadores seleccionados
disfrutarán sus vacaciones), se producirá una vacante, y consideramos que no se
ha de esperar hasta tener el problema, para acabar decidiendo a dedo el Coordinador suplente, ya que consideramos que todos/as los
trabajadores/as tienen derecho a optar a este puesto en las mismas condiciones.
supuesto, también manifestamos nuestra disconformidad a que en temporada baja
se haga turno partido todos los días, algo absolutamente innecesario.
que la Sección Sindical de CCOO presentó una manifestación de parte oponiéndose
a que se tratase como una “promoción” ya que según indica el convenio una
“promoción” ha de conllevar un cambio de categoría.
que no existe tal cambio de categoría, y sabiendo que ese puesto de trabajo se
ha cubierto desde hace años sin el menor problema desde la unidad de AREA,
entendemos que el único fin que persigue la empresa es que se trabaje los
domingos por cuadrante, evitando así pagar el plus que se viene abonando a los
trabajadores que efectúan el servicio los domingos de forma voluntaria.
unidad de AREA, por lo que perdería la posibilidad de dejar de efectuar este
trabajo caso de desearlo en un futuro, ya que recordamos que el servicio de moto en AREA es
voluntario, pero cambiar de departamento no lo es, así que si lo desease el
trabajador en un futuro, no tendría la posibilidad de volver a prestar su servicio a pie. A menos que lo negocie con la empresa en condiciones claramente desfavorables y se llegue a un acuerdo si la empresa quiere.
Porsupuesto, cada uno es libre de decidir si se presenta o no, y no será CCOO quien
impida que un trabajador opte a algo que considera mejor para él, pero como sindicato,
es nuestra obligación proporcionar la máxima información para que los trabajadores puedan valorarla antes de tomar una decisión.
los que estén interesados en cubrir esta plaza podéis consultar las bases en el portal del empleado, o pinchando aquí (sólo visible para trabajadores de AREA).
transparentes.
la experiencia en la promoción de Atención al Cliente, CCOO no podía acudir sin
más a la reunión para tratar las promociones de Oficial 1ª parquímetro zona bus
y 2 plazas de coordinador en Parc Güell.
Hay quien piensa que perseguimos un imposible. Nosotros creemos que es imposible sólo si no se intenta. Evidentemente, sería mucho más fácil con un apoyo de la mayoría del Comité (especialmente en la Comisión de Formación), pero aún si no tuviesemos ese apoyo en el camino, CCOO tiene la intención de intentarlo ya que existen otras vías de acción sindical, como la Inspección de Trabajo o el diálogo con las fuerzas políticas, ya que os recordamos BSM es 100% propiedad del Ayuntamiento de Barcelona.
Recientemente el Comité en bloque se plantó ante la dirección por negar el acceso a Agentes Cívicos de dos trabajadores tras aprovar una promoción. Fruto de ese posicionamiento la empresa tuvo que ceder y hoy los dos trabajadores están prestando su servicio como Agentes Cívicos. Lo que nos mostró que si realmente hay voluntad de cambiar las cosas se puede hacer.
Evidentemente, lo deseable sería un acuerdo por parte de todos para diseñar una nueva forma de efectuar las promociones, y entendemos que quien se oponga a trabajar por un sistema más transparente y justo,
dejará claro que le guían otros intereses.
- Que
los miembros del Tribunal participen en la elección y confección de las pruebas a
realizar. No limitando al Tribunal a dar el visto bueno a lo preparado por la
empresa el mismo día que están todos los trabajadores convocados para
efectuarlas, treinta minutos antes de que comiencen.
- Que
sea el tribunal quien determine el peso de cada prueba en el resultado final.
- Que
el tribunal participe en la corrección de los exámenes cuando esté preparado
para ello, y caso de no estarlo, pueda verificar las correcciones efectuadas por otros si
así lo estima oportuno. A fin de poder efectuar esta labor correctamente, se
debe permitir a los miembros del Tribunal asistir a los cursos de formación que
se efectúen de forma previa a las mismas.
- Que
en las pruebas subjetivas, (especialmente en las dinámicas de grupo) la empresa
indique por escrito al Tribunal los valores, aptitudes y demás criterios
buscados en dicha prueba, y que sea el propio tribunal quien puntúe la prueba.
- Habilitar
el portal para que los trabajadores puedan actualizar su expediente desde los
ordenadores de los centros de trabajo.
- Que
los periodos de prueba que se indican en las promociones sean para ambas
partes, no sólo la empresa ha de probar al trabajador, también el trabajador ha
de probar el nuevo puesto de trabajo.
- Que
tras cada promoción negociada en la Comisión de Formación, los requisitos
queden establecidos como los exigibles para futuras promociones para ese mismo
puesto, sólo siendo modificable por la propia Comisión de formación. A fin de
que los requisitos no puedan ser modificados para favorecer determinados
candidatos. Incluido el peso final de las pruebas y formación “no
imprescindibles pero sí valorables”. Lo que además permitiría a los trabajadores formarse para optar en un futuro a determinado puesto.
- Que
se lleve un registro de las pruebas en que haya un mayor número de suspensos,
para detectar las carencias formativas de los trabajadores y se incorporen al
plan de formación.
- Que
se comunique a los trabajadores sus carencias a fin de poder prepararse cara a
promociones futuras.
- Que
se incluya en el Convenio Colectivo como falta grave facilitar las pruebas por
anticipado a los aspirantes.
Por supuesto, quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración al respecto.
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