Desigualdad de oportunidades en la plantilla de BSM

Desde la sección sindical CCOO BSM llevamos mucho tiempo ejerciendo un control exhaustivo de la contratación con el fin de detectar irregularidades, y de evitar abusos e incumplimientos legales. Unas de las irregularidades más graves detectadas al lo largo de este tiempo han sido las promociones internas de BSM.

Pues bien, después de intentar infructuosamente todo lo posible para que la dirección de la empresa rectificara en este extremo (propuestas, intentos de negociación, informes…), llegaron las denuncias en Inspección de Trabajo. Denuncias que, por otro lado, nos daban la razón sistemáticamente.

Es entonces cuando la dirección de BSM, carente de ética, y despreciando las leyes y los derechos de las personas trabajadoras y de sus representantes, lleva a cabo una maniobra deshonesta en connivencia con el resto de comité de empresa, realizando una paritaria obviando esta sección y sus derechos, pese a que la misma se convocaba por una denuncia de CCOO en Inspección de Trabajo que se encontraba en trámite de resolución. La maniobra era clara: seguir haciendo y deshaciendo a su antojo sin que nadie les pudiera controlar y fiscalizar.

¡DE NUEVO LA DIRECCIÓN SE HABÍA SALIDO CON LA SUYA PARA CONTINUAR VULNERANDO LOS DERECHOS DE TODAS LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE BSM!

PERO, A VECES, EL DESTINO ES CAPRICHOSO Y PONE LAS COSAS EN SU LUGAR.

El Departament d’Empresa i Treball tenía una “sorpresa” preparada para la dirección de BSM, puesto que emite un informe técnico jurídico desmontando todo el proceso de promociones que lleva realizándose en BSM desde hace muchos años.

El informe resalta lo siguiente:

  • Somos personal laboral del sector público institucional.
  • Por esta condición de Empleados Públicos, en materia de promociones internas y selección externa, nos obliga el Estatuto Básico de Empleados Públicos (EBEP) .
  • Que las promociones internas han de ser un proceso transparente donde ha de primar la igualdad, el mérito, la capacidad y la publicidad.
  • Este principio es aplicable para todas las categorías de BSM, excepto para la alta dirección. Es decir, que para las diferentes jefaturas, mandos y técnicas, también se debe acudir al CONCURSO OPOSICIÓN. Ya no valen los “dedazos”, favores y amiguismos.
  • Que en caso de quedar desierta una promoción interna, igual que antes de una novación de contrato a indefinido, se deberá acudir al concurso oposición abierto y publicarse en el boletín oficial correspondiente.
  • Que de negar estos principios, no solo se incumplen leyes y decretos, sino que se incumple la máxima ley, que es la Constitución Española.

Desde CCOO instamos públicamente a la dirección de BSM a que rectifique, retorne a la senda del cumplimiento legal y actúe acorde como se espera de una empresa pública. Mientras tanto, desde la sección CCOO BSM, seguiremos peleando para que la dirección de BSM cumpla con sus obligaciones y con la legalidad. Pese a quién le pese.