¿DISCRIMINACION EN ARCELORMITTAL O SIMPLE PROPAGANDA?

Número: 18 | 2020
13 de octubre de 2020

Al hilo del comunicado aparecido en el día de hoy, por parte de las organizaciones firmantes del Convenio Colectivo de Asturias, desde la Sección Sindical Intercentros de CCOO en ArcelorMittal queremos realizar las siguientes consideraciones:

  • En lo relativo al aspecto económico, y teniendo claro que una Comisión de Seguimiento del Convenio no es competente para modificar ningún aspecto del mismo, puesto que ha de ser en el seno de la Comisión Negociadora del citado Convenio, entendemos que debería trasladarse al conjunto de centros de ArcelorMittal España, es decir, Etxebarri, Lesaka y Sagunto, el mismo tratamiento que para los centros de Asturias. A saber:
    • No devolución del incremento inicial para el 2020 del 1% en caso de IPC negativo. (¿Si el IPC es menor de 1 y mayor de 0, que tratamiento se le da? ¿Que esconde esta información?¿será igual para el año 2021? ¿a cambio de qué?
    • Consolidación en tablas de la prima de resultados del 2020 vinculada exclusivamente al contrato de relevo y no a la destrucción de empleo del Strategic Workforce Planning. (Resulta curioso saber que se cumplen los objetivos de reducción de trabajadores ya en octubre y como se intenta justificar que se cobre una prima a costa de eliminar trabajadores) ¿Esto quiere decir que ya no es necesario realizar nuevos ajustes en el área de Largos y Mantenimiento?¿Se asumen los recortes anunciados por la Empresa por parte de estas Organizaciones?¿Cuántos empleos se han destruido y cuantos faltan aún?
    • La ínfima mejora del Seguro Colectivo, de ser cierta, también debería establecerse en los diferentes convenios que han suscrito los mismos acuerdos en esta materia.
    • Recordemos que desde 2016 los centros de Asturias, Sagunto, Lesaka y Etxebarri son una única empresa y por tanto las subidas salariales que se da en unos centros impacta sobre las cuentas de todos y por tanto deberían darse en todos los centros por igual. Porque de otro modo se estaría discriminando a través de los convenios a unos trabajadores de la misma empresa frente a otros.
  • En el aspecto formal, de ser ciertas las manifestaciones, la Dirección de la empresa habría negociado de mala fe durante el VII Acuerdo Marco, negando unas subidas salariales como las que ahora se ofertan en una situación de mercado totalmente distinta a las que nos encontrábamos después de la pandemia. Esto supone que lo que aquí se acuerda como incrementos fijos independientemente de resultados (IPC o variable) durante la negociación se negaba. ¿Que letra pequeña tienen estos nuevos acuerdos?, quizás la destrucción de empleo llevada hasta la fecha o las futuras restructuraciones sean a cambio de estas mejoras.
  • Desde luego lo que si es cierto, es que se ha impedido al resto de fuerzas sindicales el conocer estos acuerdos y de participar como establece la legislación en la modificación de un convenio, por lo que los mismos no son jurídicamente válidos, tal y como vimos este año con las sentencias anulatorias de modificación de vacaciones por parte de la Comisión de Seguimiento del Convenio en Asturias.

Solicitaremos a la Dirección de la Empresa los actas de Acuerdo al que se hace referencia, para poder comprobar la validez jurídica de los mismos o, cómo mucho nos tememos, es un mero intento de alteración del resultado
electoral en Asturias, buscando beneficiar de manera indigna a ciertas Organizaciones Sindicales, lo que podría constituir, asimismo, una clara vulneración del ejercicio de libertad sindical.

Arcelormittal
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