Penas más duras para la imprudencia

Desde el 3 de marzo –en que entró en vigor la reforma de Código Penal–, abandonar el lugar de un accidente es un delito castigado con penas de prisión que van de 3 meses a 4 años, dependiendo de si el accidente es fortuito o por la imprudencia del conductor/a. Y eso, de forma independiente de cómo se castigue la infracción que causó el accidente.

Este nuevo delito, la repenalización de las lesiones causadas por imprudencias al volante y la introducción de tres supuestos –consumo de alcohol y/u otras drogas y exceso de velocidad– que se considerarán imprudencia grave por disposición legal, son las principales novedades de la reforma, aprobada en el Senado impulsada por víctimas como Anna González (ver entrevista), cuyo marido murió atropellado por un vehículo, cuyo conductor abandonó el lugar y asociaciones de víctimas. “Solo una persona ha logrado que esta ley salga adelante, y se llama Anna González –explica Alfonso Triviño, abogado y secretario general de la Asociación de Ciclistas Profesionales (ACP)–. Ella obtuvo 326.000 firmas en Change.org; ella convenció al Grupo Parlamentario Popular para que presentara la Proposición de Ley que dio lugar a la reforma; ella contactó con los diputados que elaboraron las enmiendas que luego prosperaron…”.

[Artículo de Juan M. Menéndez/Carlos Nicolás publicado en la revista Tráfico y Seguridad Vial de la DGT]

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