Dispones de 1 día laborable, siempre y cuando coincida con una jornada de trabajo según el calendario/cuadrante del/de la trabajador/a, en los supuestos de traslado del domicilio habitual, ampliable a 2, en los supuestos de familias numerosas de categoría especial o en las que alguno de los miembros sea una persona con discapacidad.