¿Cuántos días me corresponden en caso de accidente o enfermedad de un familiar?

2 días laborables en los supuestos de enfermedad grave o intervención quirúrgica que implique la hospitalización del cónyuge, hijos/as y parientes de hasta segundo grado por consanguinidad y afinidad.
Se entenderá hospitalización, la estancia en centro hospitalario, con parte de ingreso, por 24 horas o más.
El disfrute del permiso podrá llevarse a cabo a lo largo del periodo de tiempo que dure la hospitalización.

Dos días laborables por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.