{"id":463,"date":"2018-03-02T18:02:44","date_gmt":"2018-03-02T17:02:44","guid":{"rendered":"https:\/\/ccoo.app\/kellogg\/?p=463"},"modified":"2018-03-02T18:02:44","modified_gmt":"2018-03-02T17:02:44","slug":"resumen-de-permisos-kellogg","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ccoo.app\/kellogg\/resumen-de-permisos-kellogg\/","title":{"rendered":"Resumen de permisos Kellogg"},"content":{"rendered":"<p><strong><u>Permisos, d\u00edas de cambio \u00a0y bolsa de horas<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Informamos del resumen de los permisos actualizado del convenio Kellogg 2017-2018.<\/p>\n<p><strong><u>PERMISOS Y LICENCIAS Y BOLSA DE HORAS<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Previo aviso y con la debida justificaci\u00f3n, el trabajador o trabajadora podr\u00e1 ausentarse del trabajo con derecho a remuneraci\u00f3n por alguno de los motivos que a continuaci\u00f3n se detallan:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Durante 18 d\u00edas naturales en caso de matrimonio, o de aquellas personas que realicen la inscripci\u00f3n en el registro municipal o auton\u00f3mico, de parejas de hecho<strong>.<\/strong> En el caso de las parejas de hecho, el posterior matrimonio con la misma persona inscrita en el registro correspondiente no dar\u00e1 lugar a un nuevo permiso.<\/li>\n<li>b) Cuatro d\u00edas naturales en los casos de nacimiento de hijo o hija, enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el 1\u00ba grado de consanguinidad o afinidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se ampliar\u00e1 a cinco d\u00edas naturales cuando los supuestos anteriores se produzcan fuera del t\u00e9rmino municipal\u00a0 de su domicilio habitual.<\/p>\n<p>Podr\u00e1\u00a0 ampliarse 1 d\u00eda m\u00e1s si se requiere desplazamiento fuera de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<ol>\n<li>c) Tres d\u00edas naturales en los casos de enfermedad grave o fallecimiento de parientes de 2\u00ba grado de consanguinidad o afinidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se ampliar\u00e1 a 4 d\u00edas naturales cuando los supuestos anteriores se produzcan fuera del t\u00e9rmino municipal\u00a0 de su domicilio habitual.<\/p>\n<p>Podr\u00e1\u00a0 ampliarse 1 d\u00eda m\u00e1s si se requiere desplazamiento fuera de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>En todo caso se entender\u00e1 como enfermedad grave la que requiere hospitalizaci\u00f3n o intervenci\u00f3n quir\u00fargica sin hospitalizaci\u00f3n que precise reposo domiciliario, incluido el parto natural.<\/p>\n<p>En todo caso, se respetar\u00e1n al menos 2 d\u00edas laborables de permiso mientras dure el ingreso en casos de hospitalizaciones.<\/p>\n<p>Los ingresos en\u00a0 BOX que supongan pernoctar, tendr\u00e1n la misma consideraci\u00f3n que una hospitalizaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>d) Durante un d\u00eda por fallecimiento de parientes de 3\u00ba grado de consanguinidad o afinidad.<\/li>\n<li>e) Siete d\u00edas naturales en los casos de fallecimiento de c\u00f3nyuge.<\/li>\n<li>f) Durante 2 d\u00edas por traslado de su domicilio habitual.<\/li>\n<li>g) Durante el d\u00eda por matrimonio de familiares hasta el 2n grado, tanto en l\u00ednea de consanguinidad como de afinidad\u201d.<\/li>\n<li>h) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de car\u00e1cter p\u00fablico y personal.<\/li>\n<li>i) Por el tiempo necesario para concurrir a ex\u00e1menes, cuando curse con regularidad estudios para la obtenci\u00f3n de un t\u00edtulo acad\u00e9mico o profesional.<\/li>\n<li>j) Media jornada de trabajo, como m\u00e1ximo, para consulta m\u00e9dica en ambulatorio, con el m\u00e9dico de cabecera o especialista. Si la visita se realizase fuera de la provincia, el permiso ser\u00e1 de toda la jornada. En los casos de visita m\u00e9dica por la ma\u00f1ana, si se trabaja en turno de noche, se podr\u00e1 coger el permiso a partir de las 2 de la madrugada siempre que la visita no sea m\u00e1s tarde de las 12 del mediod\u00eda.<\/li>\n<li>k) Permiso no retribuido para el cuidado de familiares; la regulaci\u00f3n de este permiso se realizar\u00e1 de forma individualizada seg\u00fan las necesidades.<\/li>\n<li>l) Las ausencias o faltas de puntualidad de una trabajadora v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero ser\u00e1n consideradas como justificadas y no recuperables tras presentar documento acreditativo de servicios sociales.<\/li>\n<li>m) Se establece una bolsa de 24 horas de permiso remunerado que se podr\u00e1 emplear para los siguientes casos:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Bodas de familiares de tercer grado<\/li>\n<li>Acompa\u00f1ar a familiares de primer grado que no puedan ir por si solos a urgencias o m\u00e9dico de cabecera o especialista de la seguridad social, as\u00ed como los que vayan a ser intervenidas quir\u00fargicamente al siguiente d\u00eda y se trabaje en turno de noche.<\/li>\n<li>Acompa\u00f1ar al c\u00f3nyuge a t\u00e9cnicas de preparaci\u00f3n al parto (en caso de pareja no formalizada, tambi\u00e9n se podr\u00e1 disfrutar de dicho permiso presentando la cartilla de embarazo).<\/li>\n<li>Para ampliar durante la jornada anterior el permiso por ex\u00e1menes contemplado en apartado i) siempre que el turno del d\u00eda anterior al examen se trabaje en turno de noche.<\/li>\n<li>Se podr\u00e1 utilizar la mitad de la bolsa de horas para visita propia a m\u00e9dico privado.<\/li>\n<li>La bolsa de 24 horas se podr\u00e1n utilizar para acompa\u00f1ar familiares de primer grado que vayan a ser intervenidas quir\u00fargicamente al siguiente d\u00eda y se trabaje en turno de noche.<\/li>\n<li>Para los casos de suplentes y\/o titulares de mesas electorales que trabajen en turno de noche la noche anterior al d\u00eda de las votaciones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u00c9sta\u00a0bolsa\u00a0de 24 horas ser\u00e1 ampliable a 32 para aquellos casos de necesidad de acompa\u00f1amiento m\u00e9dico a familiares de primer grado con una minusval\u00eda de al menos 33%.<\/p>\n<p>Para el disfrute de esta bolsa de horas, se deber\u00e1 preavisar con 5 d\u00edas de antelaci\u00f3n, excepto en los casos de urgencias, donde no hay obligaci\u00f3n de preaviso para disfrutar del permiso. La utilizaci\u00f3n de esta bolsa de horas se ha de realizar por bloques de 4 horas o jornadas completas.<\/p>\n<p>Asimismo tendr\u00e1 tambi\u00e9n la consideraci\u00f3n de c\u00f3nyuge la pareja de aquella persona que haya aportado a la empresa un certificado que justifique la uni\u00f3n como pareja de hecho.<\/p>\n<p><strong><u>HORAS PERSONALES<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Las 8 horas personales que contempla el convenio, ser\u00e1n remuneradas y se deber\u00e1n preavisar con 24 horas de antelaci\u00f3n al disfrute de las mismas, y tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de no recuperables.<\/p>\n<p>Las horas no disfrutadas en el a\u00f1o que se generan, podr\u00e1n ser disfrutadas al a\u00f1o siguiente\u00a0 y ser\u00e1n tratadas como d\u00edas de libre elecci\u00f3n siendo su disfrute \u00edntegro y no fraccionado.<\/p>\n<p><strong><u><br \/>\n<\/u><\/strong><strong><u>LACTANCIA<\/u><\/strong><\/p>\n<p>El trabajador o trabajadora por lactancia de un hijo o hija menor de 9 meses tiene derecho a una hora de ausencia del trabajo que pueden dividir en dos fracciones. Su duraci\u00f3n se incrementa proporcionalmente en caso de parto m\u00faltiple. Esta reducci\u00f3n puede sustituirse, a voluntad del trabajador o trabajadora, por:\u00a0una reducci\u00f3n de su jornada en media hora cada d\u00eda o bien acumularlo en jornadas completas tomando como base 1 hora diaria.<\/p>\n<p>La concreci\u00f3n horaria y la determinaci\u00f3n del per\u00edodo de disfrute del permiso de lactancia, corresponder\u00e1 al trabajador o trabajadora, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador o trabajadora deber\u00e1 preavisar a la empresa con 15 d\u00edas de antelaci\u00f3n la fecha en que se reincorporar\u00e1 a su jornada ordinaria.<\/p>\n<p><strong><u>REDUCCION DE JORNADA POR GUARDA LEGAL<\/u><\/strong><\/p>\n<p>A decisi\u00f3n del trabajador o trabajadora la reducci\u00f3n de jornada (guarda legal tenga a su cuidado directo alg\u00fan menor de 12 a\u00f1os o una persona con discapacidad f\u00edsica, ps\u00edquica o sensorial) se podr\u00e1 acumular en jornadas completas, excepto aquellos trabajos que por sus caracter\u00edsticas sea Imprescindible un m\u00ednimo de presencia diaria de la persona que solicite la reducci\u00f3n de jornada, ante lo cual se estudiar\u00e1 caso por caso en funci\u00f3n del departamento al que pertenezca la persona.<\/p>\n<p>La concreci\u00f3n horaria y la determinaci\u00f3n del per\u00edodo de disfrute de la reducci\u00f3n de jornada, corresponder\u00e1 al trabajador o trabajadora, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador o trabajadora deber\u00e1 preavisar a la empresa con 15 d\u00edas de antelaci\u00f3n la fecha en que se reincorporar\u00e1 a su jornada ordinaria.<\/p>\n<p>En el caso de acumulaci\u00f3n de la reducci\u00f3n de jornada en jornadas completas, el trabajador o trabajadora, deber\u00e1 preavisar a la empresa con 15 d\u00edas de antelaci\u00f3n de las fechas en que va a trabajar las jornadas completas.<\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>Vacaciones extra generadas.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>A primero de enero de cada a\u00f1o, se beneficiar\u00e1n de los d\u00edas adicionales de vacaciones quienes re\u00fanan los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>Que durante el a\u00f1o se alcance una antig\u00fcedad en la empresa superior a 5 a\u00f1os: 1 d\u00eda adicional de vacaciones.<\/p>\n<p>Que durante el a\u00f1o se alcance una antig\u00fcedad en la empresa superior a 25 a\u00f1os: 1 d\u00eda adicional de vacaciones.<\/p>\n<p>Que durante el a\u00f1o se alcance una edad superior a\u00a0 55 a\u00f1os e inferior a 60 a\u00f1os: 1 d\u00eda adicional de vacaciones.<\/p>\n<p>Que durante el a\u00f1o se alcance una edad superior a 60 a\u00f1os: 2 d\u00edas adicionales de vacaciones.<\/p>\n<p><u><b>D\u00edas de libre cambio <span style=\"color: #800000;font-size: 14pt\">solo en calendarios de 4 turnos<\/span><\/b><\/u><\/p>\n<p>Con un preaviso de 15 d\u00edas, el personal de continuo podr\u00e1 solicitar los siguientes d\u00edas, denominados de cambio.<\/p>\n<ul>\n<li>El primer d\u00eda lo disfrutar\u00e1 toda la plantilla durante el per\u00edodo Enero-Junio, y el segundo d\u00eda lo disfrutar\u00e1 toda la plantilla durante el per\u00edodo Julio-Diciembre.<\/li>\n<li>Quien durante el semestre anterior no haya acumulado un nivel personal de absentismo superior al 2%, dispondr\u00e1 de un d\u00eda m\u00e1s de libre cambio al semestre. Entrar\u00e1n en dicho c\u00f3mputo solo las bajas laborales.<\/li>\n<li>Los d\u00edas de libre cambio ya generados se podr\u00e1n usar de una sola vez uniendo los de los 2 semestres.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Cuando se haya atendido una petici\u00f3n, quedar\u00e1 ese d\u00eda fijado y se deber\u00e1 disfrutar, \u00a0puesto que ya hay una persona que cuenta con hacerle una substituci\u00f3n.<\/p>\n<p>El d\u00eda solicitado podr\u00e1 devolverse de varias formas:<\/p>\n<ul>\n<li>Con un preaviso de 15 d\u00edas, a elecci\u00f3n de la empresa siempre dentro de las 2 siguientes compensaciones. Ser\u00e1 a principio o a final de la compensaci\u00f3n respetando los fines de semana.<\/li>\n<li>Si se avisa con la antelaci\u00f3n que lo permita, en la compensaci\u00f3n anterior a la fecha de disfrute.<\/li>\n<li>Por com\u00fan acuerdo entre trabajador o trabajadora y su responsable.<\/li>\n<li>Se podr\u00e1 recuperar el d\u00eda en un turno diferente al de la persona que lo ha solicitado, cumpliendo con el tiempo de descanso m\u00ednimo legal entre jornadas.<\/li>\n<li>Quien haga uso del d\u00eda, avisando con el preaviso que se acuerde, podr\u00e1 optar a no recuperarlo y que se le descuente.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se podr\u00e1n solicitar los d\u00edas adicionales de vacaciones de libre elecci\u00f3n o los d\u00edas descritos como de\u00a0 cambio,\u00a0 siempre que, preavisando con 15 d\u00edas, se cumplan en los casos de turno continuo las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>\u00c1reas de producci\u00f3n: Del personal m\u00ednimo necesario especificado en los calendarios por tipo de producci\u00f3n, podr\u00e1 faltar una persona por este motivo. Este c\u00f3mputo se contabilizar\u00e1 de forma separada en empaquetado y en proceso, y en cada \u00e1rea. A modo de ejemplo, si la producci\u00f3n del \u00e1rea 2 de proceso precisa 4 operarios para producir FF, tras la solicitud del cambio de d\u00eda, en calendario deben permanecer al menos 3 de Kellogg. La \u00fanica limitaci\u00f3n a otorgar el d\u00eda adicional o de cambio, ser\u00e1 la imposibilidad de encontrar otra soluci\u00f3n y que ello comporte no poder poner en marcha la producci\u00f3n. En \u00e9ste c\u00f3mputo solo se cuentan operarios u operarias y suplentes de coordinadores entre s\u00ed.<\/p>\n<p>Mantenimiento y carretilleros: Si no hay m\u00e1s de 1 personas fuera establecidas por calendario, siendo como m\u00e1ximo 2 las personas ausentes por turno por \u00e9stos motivos, incluyendo la persona que ha solicitado el d\u00eda.<\/p>\n<p>A partir de 2018, a parte de los d\u00edas de libre cambio actuales, habr\u00e1 otro d\u00eda que ser\u00e1 anual y de libre elecci\u00f3n sin condicionantes por absentismo, garantizando siempre el personal m\u00ednimo estipulado en los criterios de los cambios de d\u00edas. Se establece el 30 de octubre como fecha tope para haber elegido el d\u00eda de libre cambio, en caso de no haberse elegido, lo colocar\u00e1 la empresa.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800000;font-size: 14pt\"><strong>Para el calendario de 5 turnos.<\/strong><\/span><\/p>\n<ul>\n<li>El calendario de 5 turnos dispondr\u00e1 de 2 d\u00edas de permiso no remunerado.<\/li>\n<li>Los d\u00edas de permiso no remunerado, d\u00eda (u horas) por poner de libre elecci\u00f3n de horas personales no gastadas del a\u00f1o anterior o d\u00eda\/s a\u00f1adido\/s de vacaciones ser\u00e1n los actuales criterios en 4 turnos (solo puede faltar 1 de los necesarios)<\/li>\n<li>Si el calendario laboral de 5 turnos resultante es inferior a 219 jornadas, la empresa podr\u00e1 fijar 2 de ellas, y el resto el personal comunicar\u00e1 los d\u00edas de compensaci\u00f3n que se quita antes de finales de a\u00f1o, o bien si se prefiere \u201ccomprar\u201d esos d\u00edas total o parcialmente. Si a final de a\u00f1o no se han puesto los pondr\u00e1 la empresa.<\/li>\n<li>El personal se podr\u00e1 intercambiar d\u00edas sin l\u00edmite entre trabajadoras\/es que puedan desempe\u00f1ar el mismo trabajo y cumpliendo los descansos legalmente establecidos.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Permisos, d\u00edas de cambio \u00a0y bolsa de horas Informamos del resumen de los permisos actualizado del convenio Kellogg 2017-2018. 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