{"id":2164,"date":"2019-10-07T11:47:17","date_gmt":"2019-10-07T09:47:17","guid":{"rendered":"https:\/\/ccooinditex.com\/?p=2164"},"modified":"2022-03-22T16:42:19","modified_gmt":"2022-03-22T15:42:19","slug":"ejemplo-prevencion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/ejemplo-prevencion\/","title":{"rendered":"Protocolo actuaci\u00f3n ante la situaci\u00f3n de embarazo"},"content":{"rendered":"<p>&lt;!Consulta\u00a0<a href=\"https:\/\/ccooinditex.com\/wp-content\/uploads\/PLM.D017Protocolo-Embarazadas.pdf\">aqu\u00ed<\/a> el documento<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>\u00cdNDICE<\/strong><br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>1. Introducci\u00f3n.<\/strong><br \/>\n<strong>2. S\u00edntesis legal b\u00e1sica.<\/strong><br \/>\n<strong>3. Incidencia en la salud de las trabajadoras.<\/strong><br \/>\n<strong>4. An\u00e1lisis de los factores de riesgo generales en cualquier tipo de actividad laboral.<\/strong><br \/>\n<strong>5. Comunicaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de embarazo.<\/strong><br \/>\n<strong>6. Medidas preventivas.<\/strong><br \/>\n<strong>7. Resumen de tareas adecuadas para las trabajadoras embarazadas<\/strong><br \/>\n<strong>7.1. Paqueter\u00eda.<\/strong><br \/>\n<strong>7.2. Confecci\u00f3n.<\/strong><br \/>\n<strong>1. Introducci\u00f3n<\/strong><br \/>\nLa Directiva 92\/85\/CEE relativa a la aplicaci\u00f3n de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el tra- bajo de la trabajadora embarazada, as\u00ed como el art\u00edculo 26 de la Ley de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales (Ley 31\/95 de 8 de noviembre), el art\u00edculo 4 del Reglamento de los Servicios de Prevenci\u00f3n (Real Decreto 39\/97 de 17 de enero) y los ar- t\u00edculos 134 y 135 de la Ley General de la Seguridad Social (RD1\/1994 de 20 de junio) establecen una serie de normativa fundamental en la protecci\u00f3n de las trabajadoras en situaci\u00f3n de embarazo que hace a su vez necesario un an\u00e1lisis de aquellas tareas que estas trabajadoras realizan en su desarrollo diario como profesionales.<br \/>\nInditex en su af\u00e1n de conceder un inter\u00e9s prioritario y m\u00e1ximo apoyo a la Seguridad y Salud Laboral como medio para proteger la integridad de todos los trabajadores y como no puede ser de otra manera, la de aquellos que se encuentran en situaci\u00f3n de especial sensibilidad, ha desarrollado a trav\u00e9s de su Servicio de Prevenci\u00f3n Mancomunado para <strong>Plataforma Log\u00edstica Meco <\/strong>el siguiente Protocolo de actuaci\u00f3n ante la situaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n de situaci\u00f3n de embarazo, que se ajustar\u00e1 a aquellas necesidades de protecci\u00f3n espec\u00edficas de nuestras trabajadoras embarazadas.<br \/>\nEl mismo podr\u00e1 ser modificado en funci\u00f3n de aquellas situaciones que la evoluci\u00f3n de la t\u00e9cnica o las caracter\u00edsticas del trabajo demanden, priorizando siempre la Seguridad y Salud de nuestras colaboradoras en situaci\u00f3n de embarazo.<br \/>\n<strong>2. S\u00edntesis legal b\u00e1sica<\/strong><br \/>\nLa legislaci\u00f3n en materia laboral resume en tres circunstancias b\u00e1sicas importantes la modificaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del desempe\u00f1o de una trabajadora en situaci\u00f3n de embarazo.<br \/>\nAdaptaci\u00f3n de las condiciones de trabajo<em>:<\/em><br \/>\nConforme establece el art.26.1 de la Ley 31\/95 de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales, \u201cel empresario adoptar\u00e1 las medidas necesarias para evitar la exposici\u00f3n a dicho riesgo, a trav\u00e9s de una adaptaci\u00f3n de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluir\u00e1n, cuando resulte necesario, la no realizaci\u00f3n de trabajo nocturno o de trabajo a turnos.\u201d<br \/>\nCambio de puesto de trabajo o funci\u00f3n:<br \/>\nSeg\u00fan establece el art.26.2 de la Ley 31\/95 de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales, \u201ccuando la adaptaci\u00f3n de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptaci\u00f3n, las condiciones de un puesto de trabajo pu- dieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y as\u00ed lo certifiquen los Servicios M\u00e9dicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en funci\u00f3n de la Entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe del m\u00e9dico del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora, \u00e9sta deber\u00e1 desempe\u00f1ar un puesto de trabajo o funci\u00f3n diferente y compatible con su estado.\u201d<br \/>\nSuspensi\u00f3n del contrato por riesgo durante el embarazo:<br \/>\nConforme establece el art.26.3 de la Ley 31\/95 de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales, \u201csi dicho cambio de puesto no resultara t\u00e9cnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podr\u00e1 declararse el paso de la trabajadora afectada a la situaci\u00f3n de suspensi\u00f3n del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en el art\u00edculo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, durante el per\u00edodo necesario para la protecci\u00f3n de su seguridad o de su<br \/>\nsalud y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto o a otro puesto compatible con su estado.\u201d<br \/>\nEs importante tener en cuenta que el subsidio se solicitar\u00e1 s\u00f3lo en caso de embarazadas sanas. No es lo mismo un embarazo de alto riesgo, que significa que la mujer embarazada tiene alg\u00fan problema m\u00e9dico que el subsidio por riesgo de embarazo. En el caso de embarazo de alto riesgo no se podr\u00e1 solicitar este subsidio, ya que la trabajadora en caso de necesitarlo deber\u00e1 permanecer de baja por la Seguridad Social.<br \/>\nEn la semana 18 de gestaci\u00f3n, la trabajadora de almac\u00e9n tramitar\u00e1 la prestaci\u00f3n por riesgo durante el embarazo.<br \/>\n<strong>3. Incidencia en la salud de las trabajadoras<\/strong><br \/>\nDurante el embarazo se producen en el organismo una serie de cambios fisiol\u00f3gicos, algunos de los cuales est\u00e1n relacionados con la carga de trabajo, como son los referentes al sistema cardiocirculatorio y a las modificaciones endocrinas y metab\u00f3licas. Estas alteraciones, si bien no son factores de riesgo en s\u00ed, pueden suponer una sobrecarga para la mujer trabajadora.<br \/>\nA nivel endocrino, lo m\u00e1s destacable es la aparici\u00f3n del cuerpo l\u00fateo que se encarga de alimentar al feto durante las primeras semanas de gestaci\u00f3n, el aumento del tama\u00f1o y del peso del \u00fatero.<br \/>\nLa mujer embarazada sufre modificaciones cardiocirculatorias a lo largo de su embarazo; las principales alteraciones est\u00e1n relacionadas con el aumento de los siguientes factores:<br \/>\nPulso: de 10 a 15 latidos por minuto.<br \/>\nVolumen sangu\u00edneo: de un 25-45% como media. Riego sangu\u00edneo: en los ri\u00f1ones, la piel y el \u00fatero.<br \/>\nPresi\u00f3n venosa en la regi\u00f3n p\u00e9lvica y en las piernas, principalmente por presi\u00f3n mec\u00e1nica del \u00fatero y feto sobre\u00a0las venas il\u00edacas y cava.<br \/>\nVolumen minuto card\u00edaco.<br \/>\nAl realizar un esfuerzo f\u00edsico considerable, hay un compromiso de todo el organismo, por lo que tambi\u00e9n se ver\u00e1 afectado el \u00fatero y el feto. Este esfuerzo hace que aumente el flujo de la sangre que va a los \u00f3rganos implicados en el ejercicio; es decir, a los m\u00fasculos y al coraz\u00f3n; disminuyendo en otras zonas del cuerpo como en la piel y en las v\u00edsceras, lo que implica un descenso de aporte sangu\u00edneo al \u00fatero. En condiciones normales, no hay afectaci\u00f3n fetal, pero s\u00ed cuando el esfuerzo es muy grande o cuando existe compromiso fetal.<br \/>\nLa mujer embarazada sufre una serie de cambios fisiol\u00f3gicos que la hacen m\u00e1s susceptible a los estresores f\u00edsicos y mentales. Las consecuencias negativas de estos estresores var\u00edan en funci\u00f3n de la constituci\u00f3n, la resistencia y la adaptaci\u00f3n que tenga cada trabajadora, pero cuando se producen, aparecen preferentemente en el \u00faltimo trimestre del embarazo, pues van agrav\u00e1ndose a medida que avanza la gestaci\u00f3n. En general, las causas que est\u00e1n implicadas en la aparici\u00f3n de estos tipos de consecuencias son bastantes similares y suelen ser la realizaci\u00f3n de esfuerzos y la adopci\u00f3n de posturas forzadas.<br \/>\nUna de las principales patolog\u00edas osteomusculares que presentan las mujeres embarazadas es la lumbalgia. Los dolores de espalda, en especial a nivel lumbar, son uno de los problemas laborales m\u00e1s frecuentes. En el caso que nos ocupa, a medida que avanza la gestaci\u00f3n aumenta el dolor lumbar, que puede ser debido por un lado a factores individuales y por otro, a factores relacionados con el trabajo.<br \/>\nEn cuanto a los factores individuales destacan la mala postura, la distensi\u00f3n muscular y el exceso de peso. Durante el embarazo se produce un aumento de la lordosis lumbar y de la cifosis cervical de forma progresiva, lo que se traduce en un cambio del centro de gravedad de la persona. Para compensar esta situaci\u00f3n, hay un cambio postural que implica una<br \/>\ncontractura de los m\u00fasculos espinales. Debido a un aumento de liberaci\u00f3n de la relaxina por el cuerpo l\u00fateo, en especial durante el primer trimestre del embarazo, se produce una distensi\u00f3n de la musculatura abdominal y de los ligamentos p\u00e9lvicos. As\u00ed mismo, se produce una relajaci\u00f3n del ligamento longitudinal posterior, que puede favorecer la aparici\u00f3n de hernias discales. Por otro lado, para compensar la mayor movilidad de las articulaciones, se produce una contracci\u00f3n muscular que desembocar\u00e1 en una mayor fatiga.<br \/>\n<strong>4. An\u00e1lisis de los factores de riesgo generales en cualquier tipo de actividad laboral<\/strong><br \/>\n<em>Choques, vibraciones o movimientos<\/em><br \/>\nLa exposici\u00f3n frecuente a choques, es decir, golpes violentos y bruscos o a vibraciones de baja frecuencia (ej. desplazamientos en veh\u00edculos todo terreno). La exposici\u00f3n prolongada a vibraciones de baja frecuencia pueden aumentar el riesgo de parto prematuro o de bajo peso al nacer.<br \/>\nEl trabajo debe organizarse de modo que las mujeres embarazadas no realicen actividades que conlleven un riesgo derivado de vibraciones incomodas en todo el cuerpo especialmente las de baja frecuencia.<br \/>\nLas trabajadoras embarazadas deben evitar en la medida de lo posible desplazamientos innecesarios.<br \/>\n<em>Ruido<\/em><br \/>\nEl o\u00eddo de la trabajadora embarazada y del feto es muy sensible a los ruidos. Pueden producirse da\u00f1os irreversibles por exposici\u00f3n aguda de intensidad ac\u00fastica moment\u00e1neamente alta o por exposici\u00f3n prolongada a largo plazo.<br \/>\nLos l\u00edmites de sonoridad viene definidos el RD 286\/2006:<br \/>\nLos referidos a niveles de exposici\u00f3n diaria y a los niveles de pico, son de 87 dB y 140 dB, respectivamente. Los valores superiores de exposici\u00f3n que dan lugar a una acci\u00f3n, son 85 dB y 137dB, respectivamente.<br \/>\nLos valores inferiores de exposici\u00f3n que dan lugar a una acci\u00f3n, son de 80 dB y 135 dB, respectivamente.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<em>Fr\u00edo o calor extremos<\/em><br \/>\nLas embarazadas presentan una tolerancia menor al calor y son m\u00e1s propensas a los desmayos o al estr\u00e9s debido al calor.<br \/>\nLos problemas vasculares pueden reducir el aporte de ox\u00edgeno al feto pudiendo este ser perjudicado. Se deben evitar los<br \/>\ncambios bruscos de temperatura y la deshidrataci\u00f3n.<br \/>\n<em>Trabajo aislado y turnos<\/em><br \/>\nLas trabajadoras embarazadas est\u00e1n m\u00e1s expuestas al riesgo si se caen o si necesitan atenci\u00f3n m\u00e9dica, no deber\u00e1n trabajar aisladas en un lugar mal comunicado.<br \/>\nLas trabajadoras embarazadas NO deber\u00e1n trabajar en turno de noche.<br \/>\n<em>Vulnerabilidad al estr\u00e9s<\/em><br \/>\nLas trabajadoras embarazadas pueden verse afectadas debido a los cambios hormonales y fisiol\u00f3gicos.<br \/>\n<em>Posturas forzadas<\/em><br \/>\nEl cansancio provocado por el trabajo realizado de pie o por otras actividades f\u00edsicas puede aumentar en situaci\u00f3n de embarazo, se deben evitar puestos angostos en especial en las \u00faltimas fases del embarazo. No deben ser sometidas a un ritmo de trabajo excesivo y se debe disponer en el lugar de trabajo de asientos para su descanso, adem\u00e1s deben poder descansar tumbadas.<br \/>\n<em>Manipulaci\u00f3n manual de cargas<\/em><br \/>\nSe debe evitar la manipulaci\u00f3n manual de cargas que entra\u00f1e riesgos, trabajos en alturas y movimientos o posturas no ergon\u00f3micas. Las mujeres embarazadas no podr\u00e1n manejar cargar iguales o superiores a 3 kg.<br \/>\n<strong>5. Comunicaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de embarazo<\/strong><br \/>\nLa trabajadora comunicar\u00e1 a RRHH su situaci\u00f3n de embarazo. A continuaci\u00f3n acudir\u00e1 al Servicio M\u00e9dico, donde entregar\u00e1 el justificante m\u00e9dico y se le transmitir\u00e1 el presente protocolo de actuaci\u00f3n, cumpliment\u00e1ndose el registro PLM.R021.<br \/>\n<strong>6. Medidas Preventivas<\/strong><br \/>\nEs importante resaltar que el hecho de realizar un trabajo fuera de casa no comporta, en s\u00ed, un factor de riesgo para el embarazo siempre y cuando las condiciones de trabajo sean las adecuadas. Analizado el tipo de trabajo desarrollado en la Plataforma Log\u00edstica Meco, se establecen como normas internas de actuaci\u00f3n ante la situaci\u00f3n de embarazo, las siguientes:<br \/>\nLas trabajadoras embarazadas <strong>no realizar\u00e1n trabajo nocturno<\/strong>.<br \/>\nTendr\u00e1n la opci\u00f3n de <strong>elegir <\/strong>entre <strong>turno de ma\u00f1ana o de tarde<\/strong>. En el turno de ma\u00f1ana el horario ser\u00e1 de 07:00h a 15:00h y en el turno de tarde de 14:00h a 22:00h.<br \/>\n<strong>No manejar equipos de manutenci\u00f3n<\/strong>.<br \/>\nSe debe eliminar o reducir en lo posible la carga de trabajo, especialmente en lo que se refiere a manejo de pesos y posturas forzadas. Las mujeres embarazadas <strong>no podr\u00e1n manejar pesos iguales o superiores a 3 kg.<\/strong><br \/>\nEs aconsejable que la mujer embarazada pueda <strong>cambiar de posici\u00f3n con cierta frecuencia. Cambiar de ta- reas<\/strong>, en la medida de lo posible.<br \/>\nEvitar la fatiga f\u00edsica. La trabajadora que se encuentra embarazada <strong>realizar\u00e1 los descansos que estime <\/strong>necesarios en funci\u00f3n de su estado f\u00edsico, para ello informar\u00e1 a su encargado de la necesidad de acudir a la <strong>sala de embarazadas<\/strong>, donde podr\u00e1 descansar tumbada o reclinada.<br \/>\n<strong>Evitar desplazamientos innecesarios por la nave.<\/strong><br \/>\n<strong>No realizar trabajos subi\u00e9ndose a escaleras o en alturas<\/strong>.<br \/>\n<strong>No realizar esfuerzos relacionados con el exceso de jornada <\/strong>(horas extraordinarias, etc\u2026).<br \/>\n<strong>\u00danicamente realizar\u00e1n las tareas recogidas en el apartado 7 <\/strong>del presente protocolo.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>7. Resumen de tareas adecuadas para las trabajadoras embarazadas<\/strong><br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>7.1. PAQUETER\u00cdA<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Cajas Vac\u00edas:<\/strong><br \/>\no <strong>Colocar cajas vac\u00edas en las cestas de la cadena.<\/strong><br \/>\no <strong>Colocar cajas vac\u00edas en los palets.<\/strong><br \/>\no <strong>Trasladar cajas vac\u00edas con la transpaleta manual.<\/strong><br \/>\no <strong>Limpiar cajas vac\u00edas (quitar la etiqueta con el cutter).<\/strong><br \/>\no <strong>Hacer cajas manualmente.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Duchar y abrir cajas en ID.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Hacer tareas administrativas en mesas de entradas y de secci\u00f3n.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Clasificar restos en carros y cajas.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Hacer reoperaciones, sin manipulaci\u00f3n manual de cajas.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Montar carrusel (colocar cajas vac\u00edas en destinos)<\/strong><br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>7.2. CONFECCI\u00d3N<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Hacer tareas administrativas en mesa de muelles de entrada.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Crear bloques en muelles (el ritmo podr\u00e1 ser m\u00e1s bajo).<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Crear popurr\u00ed.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Limpiar rechazos sin trasladar percheros (no en suelo de tramex).<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Quitar las etiquetas de los clasificadores.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Evacuar bloques peque\u00f1os al final del reparto.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Guardar en el packing \u00e1rea sin cerrar los bultos.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Repartir prendas ligeras en carros en el packing \u00e1rea.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Reponer cajas vac\u00edas para perchas en la zona de mesas.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Reponer precintos, hojas, pegatinas y similares en las mesas.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Desplazar bloques a la mesa. Dividir el bloque en partes para reducir el peso desplazado.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Duchar las prendas en la barra en la zona de mesas.<\/strong><br \/>\n\uf020 <strong>Hacer inventarios de consumibles.<\/strong><br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEn Meco, a 23 de enero de 2015.&gt;    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&lt;!Consulta\u00a0aqu\u00ed el documento &nbsp; \u00cdNDICE &nbsp; 1. Introducci\u00f3n. 2. S\u00edntesis legal b\u00e1sica. 3. Incidencia en la salud de las trabajadoras. 4. 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