{"id":2023,"date":"2019-09-19T17:37:01","date_gmt":"2019-09-19T15:37:01","guid":{"rendered":"https:\/\/ccooinditex.com\/?p=2023"},"modified":"2022-03-22T16:42:32","modified_gmt":"2022-03-22T15:42:32","slug":"plan-de-igualdad-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/plan-de-igualdad-2\/","title":{"rendered":"Plan de igualdad"},"content":{"rendered":"<p>&lt;!PLATAFORMA LOGISTICA MASSIMO DUTTI LOGISTICA <strong>INDITEX<\/strong><br \/>\n\u00cdNDICE<br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874101\">INTRODUCCI\u00d3N 2<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874102\">MARCO LEGAL 3<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874103\">COMPROMISO DE LA EMPRESA CON LA IGUALDAD 4<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874104\">CARACTER\u00cdSTICAS GENERALES DEL PLAN 5<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874105\">ESTRUCTURA 6<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874106\">OBJETIVOS GENERALES 8<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874107\">PERSONA RESPONSABLE DEL PLAN 9<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874108\">VIGENCIA 9<\/a><br \/>\n\u00c1REAS DE ACTUACI\u00d3N Y ACCIONES<br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874109\">1. ACCESO, SELECCI\u00d3N Y CONTRATACI\u00d3N 11<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874110\">2. FORMACI\u00d3N 14<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874111\">3. PROMOCI\u00d3N 16<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874112\">4. RETRIBUCI\u00d3N 18<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874113\">5. CONCILIACI\u00d3N 19<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874114\">6. SALUD LABORAL 20<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874115\">7. VIOLENCIA DE G\u00c9NERO 21<\/a><br \/>\n<a href=\"#post-2023-_Toc14874116\">8. COMUNICACI\u00d3N Y SENSIBILIZACION 26<\/a><br \/>\nANEXOS<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2027\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-14-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874101\"><\/a>INTRODUCCI\u00d3N<\/h1>\n<p>Este Plan de Igualdad de <em>Massimo Dutti log\u00edstica<\/em>, nace el <em>4 de Septiembre de <\/em>2019 con el objetivo de garantizar la igualdad real y efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres.<br \/>\nPara ello, el Plan de Igualdad contemplar\u00e1 medidas a desarrollar para la eliminaci\u00f3n de las desigualdades detectadas en el Diagn\u00f3stico de situaci\u00f3n presentado. Cualquier necesidad no contemplada en este plan ser\u00e1 tratada entre la empresa y la comisi\u00f3n de seguimiento del Plan de Igualdad.<br \/>\nSe realizar\u00e1 un seguimiento del Plan de Igualdad, evaluando la aplicaci\u00f3n de las medidas e indicadores para alcanzar los objetivos acordados.<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2028\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-15-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874102\"><\/a>MARCO LEGAL<\/h1>\n<p>La igualdad entre g\u00e9neros es un principio jur\u00eddico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales.<br \/>\nLa Uni\u00f3n Europea lo recoge como principio fundamental a partir del Tratado de \u00c1msterdam del 1 de mayo de 1997, considerando que la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminaci\u00f3n de las desigualdades entre ambos es un objetivo transversal que debe integrarse en todas sus pol\u00edticas y acciones y en las de sus Estados miembros.<br \/>\nEn nuestro pa\u00eds, la Constituci\u00f3n de 1978 proclama en su art\u00edculo 14 el derecho a la igualdad y la no discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo; y por su parte, el art\u00edculo 9.2 consagra la obligaci\u00f3n de los poderes p\u00fablicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sea real y efectiva.<br \/>\nEl pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se complet\u00f3 con la aprobaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, dirigida a hacer efectiva la igualdad real entre mujeres y hombres removiendo los obst\u00e1culos que impiden conseguirla.<br \/>\nEl Plan de Igualdad de Massimo Dutti log\u00edstica, tiene como fin dar cumplimiento a dicha Ley.<br \/>\nEl art\u00edculo 45.1 de la LOIEMH obliga a las empresas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el \u00e1mbito laboral y para ello deber\u00e1n adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral entre mujeres y hombres, medidas que deber\u00e1n negociar, y en su caso, acordar, con la representaci\u00f3n legal de los trabajadores y trabajadoras (RLT).<br \/>\nEn virtud de la nueva redacci\u00f3n del citado art\u00edculo 45, dada por el Real Decreto 6\/2019, las empresas de m\u00e1s de 150 y hasta 250 personas de plantilla, contar\u00e1n con un periodo de un a\u00f1o para la aprobaci\u00f3n de los planes de igualdad.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nLa igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres debe ser, por tanto, una prioridad en el Plan Estrat\u00e9gico de la empresa, consider\u00e1ndose como un principio fundamental de las relaciones laborales y de la gesti\u00f3n de los recursos humanos de la Empresa.<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2029\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-16-1.png\" \/><strong>PLAN DE <\/strong><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874103\"><\/a>COMPROMISO DE LA EMPRESA CON LA IGUALDAD<\/h1>\n<p>El compromiso de la Direcci\u00f3n con este objetivo y la implicaci\u00f3n de la plantilla en esta tarea es una obligaci\u00f3n si se quiere conseguir que este Plan de Igualdad sea un instrumento efectivo de mejora del clima laboral, de la optimizaci\u00f3n de las capacidades y potencialidades de toda la plantilla y, con ello, de la mejora de la calidad de vida y del aumento de la productividad y no un mero documento realizado por imposici\u00f3n legal.<br \/>\nPara la elaboraci\u00f3n de este Plan se ha realizado un exhaustivo diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n y posici\u00f3n de las mujeres y hombres dentro de la empresa para detectar la presencia de discriminaciones y desigualdades que requieran adoptar una serie de medidas para su eliminaci\u00f3n y correcci\u00f3n.<br \/>\nConseguir la igualdad real supone no s\u00f3lo evitar las discriminaciones por raz\u00f3n de sexo (igualdad de trato), sino, tambi\u00e9n, conseguir la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el acceso a la empresa, la contrataci\u00f3n y las condiciones de trabajo, la promoci\u00f3n, la formaci\u00f3n, la retribuci\u00f3n, la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral, la salud laboral, etc.<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2030\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-17-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874104\"><\/a>CARACTER\u00cdSTICAS GENERALES DEL PLAN<\/h1>\n<p>El Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas de igualdad y acciones positivas que persigue integrar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa.<br \/>\nLas caracter\u00edsticas que rigen el Plan de Igualdad son:<\/p>\n<ul>\n<li>Est\u00e1 dise\u00f1ado para el conjunto de la plantilla, no est\u00e1 dirigido exclusivamente a las mujeres.<\/li>\n<li>Adopta la transversalidad de g\u00e9nero como uno de sus principios rectores y una estrategia para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres. Ello implica incorporar la perspectiva de g\u00e9nero en la gesti\u00f3n de la empresa en todas sus pol\u00edticas y a todos los niveles.<\/li>\n<li>Considera como uno de sus principios b\u00e1sicos la participaci\u00f3n a trav\u00e9s del di\u00e1logo y cooperaci\u00f3n de las partes (direcci\u00f3n de la empresa, parte social y conjunto de la plantilla).<\/li>\n<li>Es preventivo, elimina cualquier posibilidad de discriminaci\u00f3n futura por raz\u00f3n de sexo.<\/li>\n<li>Tiene coherencia interna, es din\u00e1mico y abierto a los cambios en funci\u00f3n de las necesidades que vayan surgiendo a partir de su seguimiento y evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Parte de un compromiso de la empresa que garantiza los recursos humanos y materiales necesarios para su implantaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2031\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-18-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874105\"><\/a>ESTRUCTURA<\/h1>\n<p>El Plan de Igualdad se estructura en los siguientes apartados:<\/p>\n<ol>\n<li>Diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n de partida de mujeres y hombres en la empresa. El diagn\u00f3stico se ha realizado a partir del an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n cuantitativa y cualitativa aportada por la empresa en materia de: caracter\u00edsticas de la plantilla, acceso, contrataci\u00f3n y condiciones de trabajo, promoci\u00f3n, retribuciones, conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral, salud laboral, pol\u00edtica de comunicaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n en igualdad.<\/li>\n<li>Programa de Actuaci\u00f3n elaborado a partir de las conclusiones del diagn\u00f3stico y de las carencias detectadas en materia de igualdad de g\u00e9nero. En \u00e9l se establecen: los objetivos a alcanzar para hacer efectiva la igualdad, las medidas y acciones positivas necesarias para conseguir los objetivos se\u00f1alados, un calendario de implantaci\u00f3n, las personas o grupos responsables de su realizaci\u00f3n e indicadores y\/o criterios de seguimiento de las acciones.<\/li>\n<li>Seguimiento y evaluaci\u00f3n del cumplimiento del Plan, a trav\u00e9s de las personas designadas por cada parte que recojan informaci\u00f3n sobre su grado de realizaci\u00f3n, sus resultados y su impacto en la empresa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El programa de actuaciones tiene una doble finalidad, por un lado definir las medidas correctoras de las desigualdades existentes, y por otro, especificar medidas que garanticen que todos los procesos que se realizan en la empresa tienen integrado el principio de igualdad entre los g\u00e9neros.<br \/>\nPara ello se utilizar\u00e1 una doble estrategia que se corresponde con esa doble finalidad y que es la se\u00f1alada en la Ley Org\u00e1nica 3\/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOIEMH) para conseguir esa efectividad:<br \/>\n\u2022 La adopci\u00f3n de medidas de acci\u00f3n positiva que corrijan los desequilibrios existentes.<br \/>\n\u2022 La adopci\u00f3n de medidas de igualdad que de forma transversal garanticen la integraci\u00f3n del principio de igualdad en todas las pol\u00edticas de la empresa, en todos sus procesos y en todos sus niveles.<br \/>\nMetodol\u00f3gicamente, la estructura del plan de igualdad tiene coherencia interna, esto es, se trata de un conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo.<br \/>\nPara responder a este criterio, el programa de actuaci\u00f3n (Plan de Igualdad) se estructura en:<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2032\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-19-1.png\" \/><br \/>\nLos objetivos generales se refieren al conjunto del plan, y a partir de ellos se desarrollan unos objetivos espec\u00edficos, actuaciones, personas responsables, indicadores y\/o criterios de seguimiento y calendario para cada una de las \u00e1reas que, en base al diagn\u00f3stico realizado, se han establecido como necesarias de intervenci\u00f3n.<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2033\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-20-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874106\"><\/a>OBJETIVOS GENERALES<\/h1>\n<p>1. Promover el compromiso y aplicaci\u00f3n efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres, garantizando en el \u00e1mbito laboral las mismas oportunidades de acceso a la organizaci\u00f3n y desarrollo profesional a todos los niveles, evaluando sus posibles efectos.<br \/>\n2. Conseguir y en su caso mantener una representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres en el \u00e1mbito de la empresa.<br \/>\n3. Asegurar que la gesti\u00f3n de los Recursos Humanos se lleva a cabo conforme a los requisitos legales aplicables en materia de igualdad de oportunidades.<br \/>\n4. Prevenir la discriminaci\u00f3n laboral, especialmente por raz\u00f3n de sexo.<br \/>\n5. Reforzar el compromiso de la empresa, en orden a mejorar la calidad de vida, as\u00ed como fomentar el principio de igualdad de oportunidades.<br \/>\n6. Aplicar la perspectiva de g\u00e9nero en todas las \u00e1reas, pol\u00edticas y decisiones de la empresa. (Transversalidad de g\u00e9nero)<br \/>\n7. Establecer medidas que favorezcan la conciliaci\u00f3n de la vida laboral como la vida personal y familiar.<br \/>\n8. Avanzar en la corresponsabilidad.<br \/>\n9. Garantizar un entorno de trabajo saludable, libre de comportamientos indeseados, especialmente por raz\u00f3n de sexo.<br \/>\n10. Garantizar la igualdad de retribuci\u00f3n entre mujeres y hombres por trabajos de igual valor.<br \/>\n11. La empresa y la comisi\u00f3n por la igualdad, trabajaran para garantizar que se realizan acciones positivas para eliminar las desigualdades o discriminaciones que existan o pudieran existir.<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2034\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-21-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874107\"><\/a>PERSONA RESPONSABLE DEL PLAN<\/h1>\n<p>La empresa designa como responsable de la organizaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan a:<br \/>\n<strong>Nombre:<\/strong> Esther Martin Gonz\u00e1lvez<br \/>\n<strong>Cargo:<\/strong> Responsable<br \/>\n<strong>Departamento:<\/strong> RR.HH.<br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2035\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-22-1.png\" \/><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874108\"><\/a>VIGENCIA<\/h1>\n<p>El presente plan, como conjunto de medidas ordenadas y orientadas a alcanzar los objetivos que se concretan en el mismo, tiene una vigencia de 4 a\u00f1os a contar desde la fecha de la firma.<br \/>\nAcabado dicho plazo, se mantendr\u00e1 vigente hasta que no se renueve o acuerde otro.<br \/>\nLas partes comenzar\u00e1n la negociaci\u00f3n tres meses antes de la finalizaci\u00f3n de la vigencia del presente Plan.<br \/>\n<strong>\u00c1REAS DE<\/strong><br \/>\n<strong>ACTUACI\u00d3N Y<\/strong><br \/>\n<strong>ACCIONES<\/strong><\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874109\"><\/a>1. ACCESO, SELECCI\u00d3N Y CONTRATACI\u00d3N<\/h1>\n<p><strong>1.1. Revisar, desde la perspectiva de g\u00e9nero, los procedimientos en la selecci\u00f3n, para garantizar una real y efectiva igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres, que permitan valorar las candidaturas en base a la idoneidad profesional del candidato\/a a partir de procedimientos, transparentes, objetivos y homog\u00e9neos. <\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nRevisar el lenguaje de las ofertas de empleo y de las pr\u00e1cticas de comunicaci\u00f3n existentes para la selecci\u00f3n y verificar que:<\/p>\n<ul>\n<li>El lenguaje en la denominaci\u00f3n y descripci\u00f3n de los puestos a cubrir y en los requisitos de acceso se utilicen t\u00e9rminos que no resulten sexistas ni respondan a estereotipos en cuanto a la cobertura por uno y otro sexo de determinados puestos de trabajo.<\/li>\n<li>Se adopte un lenguaje neutro en los procedimientos de difusi\u00f3n de las ofertas de empleo en todos los \u00e1mbitos, tanto externos como internos de la Empresa<\/li>\n<\/ul>\n<p>Plazo: Semestral<br \/>\nIndicador: N\u00famero de ofertas en lenguaje neutro respecto al g\u00e9nero \/ n\u00famero total de ofertas realizadas<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nGarantizar que el proceso de selecci\u00f3n contemplar\u00e1 las recomendaciones para una selecci\u00f3n no sexista, teniendo en cuenta el lenguaje y los estereotipos a la hora de realizar las diferentes pruebas de selecci\u00f3n (din\u00e1micas de grupo, entrevistas personales\u2026).<br \/>\nPlazo: 6 meses desde de la firma del plan<br \/>\nIndicador: Documento con dichas recomendaciones destinado al personal responsable de la selecci\u00f3n<br \/>\nResultado: Procedimiento realizado y establecido<br \/>\n<strong>MEDIDA 3<\/strong><br \/>\nFormar al personal responsable de la preselecci\u00f3n (revisi\u00f3n de curr\u00edculum y din\u00e1micas grupales) y de selecci\u00f3n (entrevistas personales) en materia de igualdad y en procesos de selecci\u00f3n no sexistas, para que las candidaturas sean valoradas \u00fanicamente por su cualificaci\u00f3n y competencia sin tener en cuenta el sexo ni aspectos de contenido personal.<br \/>\nPlazo: 6 meses desde de la firma del plan<br \/>\nIndicador: N\u00famero de personas formadas \/ n\u00famero total de personas que intervienen en procesos de selecci\u00f3n<br \/>\nResultado: Todas las personas formadas<br \/>\n<strong>1.2. Garantizar una representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres en el \u00e1mbito de la empresa.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nDisponer de informaci\u00f3n estad\u00edstica desagregada por sexo de los procesos de selecci\u00f3n para los diferentes puestos de trabajo ofertados, tipos de contratos y su resultado (n\u00famero de personas seleccionadas) para su traslado a la Comisi\u00f3n de Seguimiento.<br \/>\nPlazo: Semestral<br \/>\nIndicador: Informaci\u00f3n desagregada por sexo<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nEstablecer el principio general en los procesos de selecci\u00f3n de que, a igualdad de condiciones y competencias, acceder\u00e1 al puesto, en las diferentes modalidades de contrato, la persona del sexo menos representado en cada Grupo profesional.<br \/>\nPlazo: Semestral<br \/>\nIndicador: N\u00famero de mujeres y hombres contratados para cada nivel profesional y n\u00famero de veces que se ha aplicado la medida<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874110\"><\/a>2. FORMACI\u00d3N<\/h1>\n<p><strong>2.1. Establecer una cultura basada en la igualdad de trato y de oportunidades a trav\u00e9s de acciones formativas dirigidas a la plantilla y que asegure el desarrollo profesional de la organizaci\u00f3n posibilitando el acceso a puestos de mayor responsabilidad.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nSensibilizar y formar en igualdad de oportunidades a la plantilla en general incluyendo un m\u00f3dulo espec\u00edfico de igualdad de trato y oportunidades en el Plan anual de formaci\u00f3n de la empresa y, especialmente al personal de direcci\u00f3n y\/o que participan en los procesos de selecci\u00f3n, contrataci\u00f3n, promoci\u00f3n y formaci\u00f3n con el fin de garantizar la objetividad y la igualdad entre mujeres y hombres en todos los \u00e1mbitos de la empresa y as\u00ed evitar sesgos y estereotipos de g\u00e9nero, tanto externos como internos de la Empresa.<br \/>\nPlazo: 1 a\u00f1o desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: M\u00f3dulo espec\u00edfico de igualdad de trato y oportunidades impartido: n\u00famero de personas que han recibido la formaci\u00f3n desagregada por sexo, tipo de formaci\u00f3n impartida y nivel profesional \/ n\u00famero total de trabajadores\/as desagregado por sexo y nivel profesional<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nFormar a la Comisi\u00f3n de Seguimiento del Plan de Igualdad en materia de pol\u00edticas de igualdad, acoso sexual, acoso por raz\u00f3n de sexo, violencia de g\u00e9nero y seguimiento de planes de igualdad.<br \/>\nPlazo: 1 a\u00f1o desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: Comisi\u00f3n de seguimiento del Plan de Igualdad<br \/>\nformada.<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>MEDIDA 3<\/strong><br \/>\nIncluir en el plan de formaci\u00f3n de la empresa los siguientes m\u00f3dulos espec\u00edficos:<\/p>\n<ul>\n<li>Corresponsabilidad en las obligaciones de compartir los compromisos familiares.<\/li>\n<li>Fomento femenino en las promociones internas de la empresa.<\/li>\n<li>Reciclaje profesional para las personas que se incorporen de una excedencia.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Plazo: 1 a\u00f1o desde la firma del plan. En el caso del m\u00f3dulo<br \/>\nde reciclaje, cuando se produzca la incorporaci\u00f3n.<br \/>\nIndicador: Acci\u00f3n formativa incluida en la formaci\u00f3n y n\u00famero de personas a las cuales se les ha impartido la acci\u00f3n formativa.<br \/>\nResultado: Toda la plantilla formada<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874111\"><\/a>3. PROMOCI\u00d3N<\/h1>\n<p><strong>3.1. Garantizar la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en los procesos de promoci\u00f3n.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nCuando exista una vacante o la empresa desee formar a alguien con objeto de cubrir dicha vacante en cualquiera de los puestos del centro, la empresa har\u00e1 una publicaci\u00f3n interna en los sistemas de comunicaci\u00f3n existentes, incluyendo en dicha publicaci\u00f3n los requisitos espec\u00edficos del puesto as\u00ed como forma y plazo para presentar las solicitudes.<br \/>\nProcedimiento a seguir:<\/p>\n<ul>\n<li>La comisi\u00f3n de seguimiento estar\u00e1 informada de la publicaci\u00f3n de la vacante<\/li>\n<li>Publicaci\u00f3n interna por parte de la Direcci\u00f3n en los tablones de anuncios, de la convocatoria correspondiente, en la que se detallar\u00e1 la previsi\u00f3n del n\u00famero de puestos a cubrir, los requisitos de estos, fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n de solicitudes, y cualesquiera que sean otras condiciones necesarias.<\/li>\n<li>Entrega de solicitudes y curr\u00edculums por parte de las personas candidatas.<\/li>\n<li>Se tendr\u00e1 en cuenta en todo momento los requisitos para el puesto as\u00ed como la experiencia en la empresa.<\/li>\n<li>Establecer el principio de objetividad, mediante pruebas cuantificables que pudieran ser pr\u00e1cticas y\/o te\u00f3ricas, psicot\u00e9cnicas y entrevista personal dirigida al \u00e1mbito profesional (sin criterios sexistas). Dichas pruebas se realizar\u00e1n tras realizar el proceso de preselecci\u00f3n. (Criba curricular en funci\u00f3n de los requisitos del puesto).<\/li>\n<li>Transcurridos los plazos y observadas las formalidades anteriores, la candidatura arriba mencionada pasar\u00e1 a ser definitiva.<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n de la empresa lo pondr\u00e1 en conocimiento de las personas candidatas que hayan obtenido la vacante convocada.<\/li>\n<li>La empresa informar\u00e1 del resultado del proceso por mail a las personas no preseleccionadas para el puesto y en persona en el caso de las personas que hayan participado en el proceso de selecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Plazo: Cuando el caso lo requiera.<br \/>\nIndicador: N\u00famero de personas presentadas y seleccionadas<br \/>\npara el puesto<br \/>\nResultado: Transparencia y objetividad<br \/>\n<strong>3.2. En igualdad de condiciones de idoneidad, tendr\u00e1 preferencia para promocionar la persona del sexo menos representado en el puesto de que se trate, garantizando la objetividad y no discriminaci\u00f3n en los sistemas de promoci\u00f3n.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nDisponer de informaci\u00f3n estad\u00edstica sobre la presencia de mujeres y hombres en los diferentes Grupos profesionales para hacer el seguimiento de la evoluci\u00f3n de la plantilla.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: N\u00famero de mujeres y hombres por grupos.<br \/>\nResultado: Informaci\u00f3n recogida y disponible<br \/>\n<strong>3.3. Fomentar la promoci\u00f3n de mujeres en aquellos puestos donde est\u00e9n subrepresentadas.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nCon la finalidad de llevar a la pr\u00e1ctica el compromiso de la empresa con esta \u00e1rea, en el caso de que la evoluci\u00f3n de la plantilla en el conjunto de promociones durante la vigencia del plan no sea a favor del equilibrio entre mujeres y hombres, se optar\u00e1 por establecer medidas que corrijan dicha situaci\u00f3n en la pr\u00f3xima comisi\u00f3n negociadora.<br \/>\nPlazo: Vigencia del plan<br \/>\nIndicador: N\u00famero de mujeres promocionadas \/ n\u00famero de promociones en la empresa.<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874112\"><\/a>4. RETRIBUCI\u00d3N<\/h1>\n<p><strong>4.1. Garantizar la No discriminaci\u00f3n salarial por raz\u00f3n de sexo.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nRealizar un estudio salarial de toda la plantilla en el que se analicen las retribuciones fijas y variables de las mujeres y de los hombres, por niveles jer\u00e1rquicos.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: Estudio realizado<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nEn el caso de detectarse desigualdades, se realizar\u00e1 un informe de medidas a llevar a cabo con el fin de corregirlas.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: Estudio realizado<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874113\"><\/a>5. CONCILIACI\u00d3N<\/h1>\n<p><strong>5.1. Garantizar que en la Empresa se pueda compatibilizar la vida personal, laboral y familiar.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nRealizar un seguimiento de los derechos de conciliaci\u00f3n (maternidad, paternidad, reducciones de jornada y excedencia por cuidado de hijos y familiares) ejercidos seg\u00fan el sexo y tipo de contrato.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: N\u00ba de mujeres y hombres que se acogen a los<br \/>\nderechos de conciliaci\u00f3n por cada nivel jer\u00e1rquico.<br \/>\nResultado: Conciliaci\u00f3n de la vida laboral y familiar.<br \/>\n<strong>5.2. Promover en la empresa una cultura que facilite la conciliaci\u00f3n y corresponsabilidad.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nRealizaci\u00f3n y entrega a la plantilla de un folleto informativo con los permisos relacionados con la conciliaci\u00f3n que recoge la normativa, el Acuerdo vigente y las medidas que contemple el Plan de Igualdad en esta materia, para visibilizar e incentivar su uso entre la plantilla masculina, para que puedan ser disfrutados tanto por hombres como mujeres.<br \/>\nPlazo: 6 meses desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: N\u00ba de personas que han recibido el folleto<br \/>\ninformativo.<br \/>\nResultado: Conciliaci\u00f3n de la vida laboral y familiar.<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874114\"><\/a>6. SALUD LABORAL<\/h1>\n<p><strong>6.1. Introducir la dimensi\u00f3n de g\u00e9nero en la pol\u00edtica de salud laboral y herramientas de P.R.L. (prevenci\u00f3n de riesgos laborales) con el fin de adaptarlas a las necesidades f\u00edsicas, biol\u00f3gicas y sociales de los trabajadores y trabajadoras.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nGarantizar un embarazo y una lactancia saludables adecuando las condiciones y tiempo de trabajo.<br \/>\nPlazo: Cuando el caso lo requiera<br \/>\nIndicador: N\u00famero de veces que se ha adaptado el puesto y tiempo de trabajo\/ n\u00famero de embarazadas<br \/>\nResultado: Embarazo y lactancia saludables<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nRevisar la evaluaci\u00f3n de riesgos en el embarazo de los diferentes puestos de trabajo adaptando las tareas de la trabajadora a su estado de embarazo.<br \/>\nPlazo: 6 meses desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: Documento de la revisi\u00f3n.<br \/>\nResultado: Evaluaci\u00f3n revisada y documento elaborado<br \/>\n<strong>MEDIDA 3<\/strong><br \/>\nFacilitar la lactancia natural, creando las condiciones adecuadas.<br \/>\nPlazo: 6 meses desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: Adecuaci\u00f3n de instalaciones destinadas a este fin.<br \/>\nResultado: Asegurar la posibilidad de la lactancia natural.<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874115\"><\/a>7. VIOLENCIA DE G\u00c9NERO<\/h1>\n<p>En lo que la Ley recoge referido al \u00e1mbito laboral, destacar la difusi\u00f3n de los derechos para incorporarse en la formaci\u00f3n y la intervenci\u00f3n sindical para el desarrollo de las medidas y derechos que la Ley Org\u00e1nica 1 \/2004 recoge. La violencia de g\u00e9nero es la que se ejerce sobre las mujeres por parte de los hombres.<br \/>\nLas situaciones de violencia de g\u00e9nero que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este cap\u00edtulo se acreditar\u00e1n mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de g\u00e9nero, una orden de protecci\u00f3n o cualquier otra resoluci\u00f3n judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la v\u00edctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero. Tambi\u00e9n podr\u00e1n acreditarse las situaciones de violencia de g\u00e9nero mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero de la Administraci\u00f3n P\u00fablica competente; o por cualquier otro t\u00edtulo, siempre que ello est\u00e9 previsto en las disposiciones normativas de car\u00e1cter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.<br \/>\nEl Gobierno y las Comunidades Aut\u00f3nomas, en el marco de la Conferencia Sectorial de Igualdad, dise\u00f1ar\u00e1n, de com\u00fan acuerdo, los procedimientos b\u00e1sicos que permitan poner en marcha los sistemas de acreditaci\u00f3n de las situaciones de violencia de g\u00e9nero.<br \/>\n<strong>7.1. Mejorar las medidas establecidas por la Ley Org\u00e1nica 1\/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci\u00f3n Integral contra la Violencia de G\u00e9nero y otras normas auton\u00f3micas de aplicaci\u00f3n d\u00e1ndolas a conocer a toda la plantilla y siendo aplicadas por la empresa.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nLa persona v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde ven\u00eda prestando sus servicios tendr\u00e1 derecho a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categor\u00eda equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquiera de sus centros de distribuci\u00f3n del Grupo Inditex. En tales supuestos, si la persona manifiesta su intenci\u00f3n de cambiar de localidad, la empresa tendr\u00e1 que comunicar las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro.<br \/>\nEl traslado o el cambio de centro de trabajo tendr\u00e1n una duraci\u00f3n inicial de 1 a\u00f1o, durante los cuales la empresa se har\u00e1 cargo del desplazamiento y alojamiento durante los primeros quince d\u00edas, seg\u00fan el cuadro de dietas de la empresa, y tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de reservar el puesto de trabajo sin cobertura de vacante definitiva que anteriormente ocupaba la trabajadora.<br \/>\nTerminado este periodo, podr\u00e1 optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior o la continuidad en el nuevo. En este \u00faltimo caso, queda finalizada la mencionada obligaci\u00f3n de reserva.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de mujeres acogidas a esta medida.<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nNo se considerar\u00e1n faltas de asistencia al trabajo ni faltas de puntualidad las motivadas por la situaci\u00f3n f\u00edsica o psicol\u00f3gica, derivada de violencia de g\u00e9nero, acreditadas por los servicios sociales de atenci\u00f3n o servicios de salud, con independencia de la necesaria comunicaci\u00f3n que de las citadas incidencias ha de efectuar la trabajadora a la Empresa.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de veces que se aplica la medida<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>MEDIDA 3<\/strong><br \/>\nLa trabajadora, v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero, podr\u00e1 suspender su actividad, pasando al desempleo por un periodo que no exceda los 6 meses, salvo que las actuaciones de tutela judicial, requiriese el derecho de protecci\u00f3n de la v\u00edctima, continuando la suspensi\u00f3n.<br \/>\nEn este caso el Juez podr\u00e1 prorrogar 3 meses, hasta un m\u00e1ximo de 18. Durante estos periodos la trabajadora tiene reserva de su puesto de trabajo, y derecho a la prestaci\u00f3n por desempleo.<br \/>\nSi la trabajadora se viera obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo, tendr\u00e1 que aportar la comunicaci\u00f3n a la empresa de extinci\u00f3n y la orden de protecci\u00f3n del juez o el informe del fiscal.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de veces que se aplica la medida.<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>MEDIDA 4<\/strong><br \/>\nLa persona v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero podr\u00e1 solicitar la reducci\u00f3n de su jornada ordinaria con reducci\u00f3n de salario hasta un m\u00e1ximo de la mitad de aquella. La concreci\u00f3n corresponde a la trabajadora que la acordar\u00e1 con la empresa. Durante los dos primeros meses de la reducci\u00f3n de jornada por una circunstancia sobrevenida de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero, ser\u00e1n retribuidos al 100%.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de veces que se aplica la medida.<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>MEDIDA 5<\/strong><br \/>\nSi el derecho de protecci\u00f3n o el de asistencia social de la trabajadora hacen necesaria la fijaci\u00f3n del periodo vacacional en unas fechas determinadas, se buscar\u00e1n f\u00f3rmulas de adaptaci\u00f3n de los procedimientos establecidos para la asignaci\u00f3n de vacaciones, al caso concreto. Se deber\u00e1 presentar un justificante que as\u00ed lo acredite.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de veces que se aplica la medida.<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>MEDIDA 6<\/strong><br \/>\nEn caso de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero se le facilitar\u00e1n los permisos necesarios, para la realizaci\u00f3n de gestiones administrativas, judiciales o m\u00e9dicas que le permitan hacer efectivo su derecho a la protecci\u00f3n o a la asistencia social integral. En su tramitaci\u00f3n y justificaci\u00f3n se seguir\u00e1n los procedimientos habituales de la empresa, consider\u00e1ndose los mismos como tiempo efectivo de trabajo y por lo tanto retribuidos cuando est\u00e9n debidamente justificados.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de veces que se aplica la medida.<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>MEDIDA 7<\/strong><br \/>\nDentro del derecho a la reordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo a trav\u00e9s de la adaptaci\u00f3n del horario, de la aplicaci\u00f3n de horarios flexibles o de otras formas de ordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo que se utilice en la empresa, tendr\u00e1 derecho a elegir, dentro de los distintos turnos que realiza, aqu\u00e9l que le permita una mayor protecci\u00f3n personal o una mejor organizaci\u00f3n del tiempo de su vida personal y familiar, respetando o adaptando sus condiciones contractuales.<br \/>\nDispondr\u00e1 de una flexibilidad de la jornada que evite riesgos mayores para su integridad (f\u00edsica o ps\u00edquica) o la de sus hijos e hijas y se estudiar\u00e1 cada caso para darle el apoyo y los medios que existan en la empresa y ponerlos a su disposici\u00f3n.<br \/>\nPlazo: Inmediato<br \/>\nIndicador: N\u00ba de veces que se aplica la medida.<br \/>\nResultado: Medida aplicada<br \/>\n<strong>7.2. Inserci\u00f3n laboral de las v\u00edctimas de la violencia de g\u00e9nero.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nContrataci\u00f3n de mujeres que sean o hayan sido v\u00edctimas de Violencia de G\u00e9nero, como se contempla en el convenio de colaboraci\u00f3n entre el Ministerio de Sanidad, Pol\u00edtica Social e Igualdad, e Industria de dise\u00f1o textil S.A., para promover la<br \/>\nSensibilizaci\u00f3n sobre la violencia de g\u00e9nero y la inserci\u00f3n laboral de las v\u00edctimas.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: N\u00ba de personas contratadas.<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>7.3. Sensibilizar a la plantilla y llevar a cabo acciones de colaboraci\u00f3n en campa\u00f1as contra la violencia de g\u00e9nero.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nSensibilizar con una campa\u00f1a especial del D\u00eda Internacional contra la Violencia de G\u00e9nero (25 de noviembre).<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: Campa\u00f1a realizada<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nColaborar con el Instituto de la Mujer u organismo competente en su momento, en las distintas campa\u00f1as.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: N\u00famero de veces que se aplica la medida<br \/>\nResultado: Objetivo espec\u00edfico<\/p>\n<h1><a id=\"post-2023-_Toc14874116\"><\/a>8. COMUNICACI\u00d3N Y SENSIBILIZACION<\/h1>\n<p><strong>8.1. Asegurar que la comunicaci\u00f3n interna y externa promueva una imagen igualitaria de mujeres y hombres. Difundir una cultura empresarial comprometida con la igualdad, sensibilizando a la plantilla, garantizando que los medios de comunicaci\u00f3n internos sean accesibles a toda la empresa.<\/strong><br \/>\n<strong>MEDIDA 1<\/strong><br \/>\nDar a conocer la existencia del Plan de Igualdad e informar de su seguimiento a toda la plantilla a trav\u00e9s de una campa\u00f1a de difusi\u00f3n del mismo.<br \/>\nPlazo: Anual<br \/>\nIndicador: Documento difundido<br \/>\nResultado: Plantilla informada<br \/>\n<strong>MEDIDA 2<\/strong><br \/>\nSensibilizar al personal encargado de los medios de comunicaci\u00f3n de la empresa en materia de igualdad y utilizaci\u00f3n no sexista del lenguaje.<br \/>\nPlazo: 6 meses desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: Jornadas de sensibilizaci\u00f3n<br \/>\nResultado: N\u00ba de mujeres y hombres asistentes\/ N\u00famero de personas encargadas de los medios de comunicaci\u00f3n de la empresa<br \/>\n<strong>MEDIDA 3<\/strong><br \/>\nInformar y sensibilizar a la plantilla en materia de igualdad, a trav\u00e9s del tabl\u00f3n de anuncios, en los que se incorpore y difunda las acciones en materia de igualdad.<br \/>\nPlazo: Cuando la situaci\u00f3n lo requiera<br \/>\nIndicador: Comunicaciones en esta materia<br \/>\nResultado: Acciones difundidas<br \/>\n<strong>MEDIDA 4<\/strong><br \/>\nDifundir la existencia, dentro de la empresa de la persona responsable de igualdad y de sus funciones.<br \/>\nPlazo: 6 meses desde la firma del plan<br \/>\nIndicador: Difusi\u00f3n del nombramiento.<br \/>\nResultado: Plantilla informada<br \/>\n<strong>ANEXOS<\/strong><br \/>\n<strong>PROTOCOLO PARA LA PREVENCI\u00d3N<\/strong><br \/>\n<strong>Y EL TRATAMIENTO DEL ACOSO<\/strong><br \/>\n<strong>SEXUAL Y\/O POR RAZ\u00d3N DE<\/strong><br \/>\n<strong>SEXO EN EL \u00c1MBITO LABORAL DE<\/strong><br \/>\n<strong>MASSIMO DUTTI LOGISTICA S.A.<\/strong><br \/>\n<strong>I. Principios de conducta y actuaci\u00f3n en las empresas<\/strong><br \/>\nEn base a la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres reconoce que la igualdad es un principio jur\u00eddico universal, sobre derechos humanos, obligaci\u00f3n de promover condiciones de trabajo que eviten las situaciones de acoso, arbitrando procedimientos para su prevenci\u00f3n y dar cauce a las denuncias. Compromiso de colaboraci\u00f3n, para que la tolerancia sea cero ante cualquier tipo de acoso, sexual y\/o por raz\u00f3n de sexo.<br \/>\nEl presente protocolo tiene como objetivo prevenir que se produzca el acoso en el entorno laboral y, si ocurre, asegurar que se dispone de los procedimientos adecuados para tratar el problema y evitar que se repita. Con estas medidas se pretende garantizar que la Empresa est\u00e1 libre de acoso, por lo que todas las personas est\u00e1n obligadas a respetar su integridad y dignidad en el \u00e1mbito profesional y personal.<br \/>\n<strong>II. \u00c1mbito personal<\/strong><br \/>\nEl presente protocolo ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a todos los trabajadores\/as de Massimo Dutti Log\u00edstica S.A. que desarrollan su trabajo en este centro independientemente de su modalidad de contrato.<br \/>\n<strong>III. Declaraci\u00f3n de Principios:<\/strong><br \/>\nToda persona tiene derecho a recibir un trato respetuoso y digno, as\u00ed como a la salvaguardia de sus derechos fundamentales de car\u00e1cter laboral. Deben consolidarse las pol\u00edticas de igualdad y no-discriminaci\u00f3n entre la plantilla, al tiempo que se propicia la concienciaci\u00f3n colectiva para con este problema.<br \/>\nHay que velar por las condiciones de trabajo de los empleados\/as por el nivel de protecci\u00f3n de la seguridad y salud de los mismos, no s\u00f3lo por la prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n frente a riesgos que pueden ocasionar menoscabo o da\u00f1o f\u00edsico, sino tambi\u00e9n frente a situaciones que puedan originar deterioro en la salud ps\u00edquica.<br \/>\n<strong>Cap\u00edtulo I:<\/strong><br \/>\n<strong>Definiciones y Medidas Preventivas<\/strong><br \/>\n<strong>Definiciones<\/strong><br \/>\nToda conducta de acoso, implica que la misma constituya una conducta verbal o escrita, con pr\u00e1cticas o comportamientos realizados de forma sistem\u00e1tica o recurrente en el seno de una relaci\u00f3n de trabajo.<br \/>\nAcoso sexual: Se considera acoso sexual la situaci\u00f3n en la que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o f\u00edsico, de \u00edndole sexual con el prop\u00f3sito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.<br \/>\nAcoso por raz\u00f3n de sexo: Se define as\u00ed la situaci\u00f3n en que se produce un comportamiento, relacionado con el sexo de una persona (inclusive lo relacionado con la orientaci\u00f3n sexual y\/o la identidad sexual y\/o la expresi\u00f3n de g\u00e9nero) con el prop\u00f3sito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona, y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.<br \/>\nAcoso por orientaci\u00f3n sexual: Cualquier comportamiento, basado en orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero y\/o expresi\u00f3n de g\u00e9nero de una persona que tenga la finalidad o provoque el efecto de atentar contra su dignidad o su integridad f\u00edsica o ps\u00edquica o de crearse un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante, ofensivo o molesto ser\u00e1 considerado como acoso por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero o de expresi\u00f3n de g\u00e9nero. Esto ser\u00e1 considerado como una conducta discriminatoria.<br \/>\n<strong>Medidas preventivas:<\/strong><br \/>\nSe establecen como medidas preventivas de acoso, las siguientes:<br \/>\n1. Sensibilizar a la plantilla tanto en la definici\u00f3n y formas de manifestaci\u00f3n de los diferentes tipos de acoso, como en los procedimientos de actuaci\u00f3n determinados en este protocolo, caso de producirse.<br \/>\n2. Respetar el principio de no tolerar estas conductas, emple\u00e1ndose de ser necesarias las medidas disciplinarias previstas en la legislaci\u00f3n.<br \/>\n3. Establecer el principio de corresponsabilidad en la vigilancia de los comportamientos laborales, con especial encomienda a mandos y directivos.<br \/>\n4. Definir programas formativos, que favorezcan la comunicaci\u00f3n entre mandos y sus equipos de trabajo en cualquiera de los niveles jer\u00e1rquicos.<br \/>\n<strong>Capitulo II:<\/strong><br \/>\n<strong>Procedimiento de Actuaci\u00f3n<\/strong><br \/>\nLa Direcci\u00f3n de la empresa garantizar\u00e1 el procedimiento descrito a continuaci\u00f3n cuando se produzca una denuncia de acoso sexual o por raz\u00f3n de sexo, contando para ello con la participaci\u00f3n de la Representaci\u00f3n Sindical.<br \/>\n<strong>Principios del procedimiento de actuaci\u00f3n:<\/strong><br \/>\nEl procedimiento de actuaci\u00f3n se regir\u00e1 por los siguientes principios:<\/p>\n<ul>\n<li>Garant\u00eda de confidencialidad y protecci\u00f3n de la intimidad y la dignidad de las personas implicadas, garantizando en todo caso la preservaci\u00f3n de la identidad y circunstancias personales de quien denuncie.<\/li>\n<li>Prioridad y tramitaci\u00f3n urgente.<\/li>\n<li>Investigaci\u00f3n exhaustiva de los hechos, y si es preciso, dirigida por profesionales especializados.<\/li>\n<li>Garant\u00eda de actuaci\u00f3n adoptando las medidas necesarias, incluidas, en su caso, las de car\u00e1cter disciplinario, contra la persona o personas cuyas conductas de acoso sexual o acoso por raz\u00f3n de sexo resulten probadas.<\/li>\n<li>Indemnidad frente a represalias, garantizando que no se producir\u00e1 trato adverso o efecto negativo hacia la persona como consecuencia de la presentaci\u00f3n por su parte de denuncia o manifestaci\u00f3n en cualquier sentido dirigida a impedir la situaci\u00f3n de acoso y a iniciar el presente procedimiento.<\/li>\n<li>Se podr\u00eda seguir la v\u00eda disciplinaria en el caso que se acredite que la denuncia fue interpuesta con mala fe o para da\u00f1ar la imagen o la dignidad de una persona.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Iniciaci\u00f3n del procedimiento:<\/strong><br \/>\nEl procedimiento se iniciar\u00e1 por la puesta en conocimiento al Responsable de Recursos Humanos o a la Direcci\u00f3n de la empresa del centro de trabajo, de la situaci\u00f3n de acoso sexual o por raz\u00f3n de sexo, que podr\u00e1 realizarse de cualquiera de las siguientes formas:<br \/>\n1. Directamente por la persona afectada.<br \/>\n2. A trav\u00e9s de la Representaci\u00f3n Sindical.<br \/>\n3. Por cualquier persona que tenga conocimiento de la situaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>Instrucci\u00f3n<\/strong><br \/>\nLa instrucci\u00f3n del expediente correr\u00e1 siempre a cargo del responsable de RRHH o de la persona designada por la empresa, que estar\u00e1 formada de manera espec\u00edfica en materia de acoso sexual y\/o por raz\u00f3n de sexo, y ser\u00e1n las encargadas de instruir el procedimiento y vigilar que durante el mismo se respetan los principios informadores que se recogen en el procedimiento de actuaci\u00f3n.<br \/>\nQuienes instruyan el caso, pondr\u00e1n en conocimiento de la representaci\u00f3n sindical la situaci\u00f3n, manteni\u00e9ndoles en todo momento al corriente de sus actuaciones, es decir, comunicaci\u00f3n del inicio del procedimiento, sus fases y el cierre del expediente (salvo que la persona afectada manifieste lo contrario).<br \/>\nLas personas participantes en la instrucci\u00f3n (direcci\u00f3n, sindicatos o cualesquiera), quedan sujetas a la obligaci\u00f3n de sigilo y confidencialidad.<br \/>\n<strong>Procedimiento Previo<\/strong><br \/>\nLa persona que instruya el expediente se entrevistar\u00e1 con las partes con la finalidad de esclarecer los hechos y alcanzar una soluci\u00f3n aceptada por ambas. Estas personas podr\u00e1n estar acompa\u00f1adas por un asesor o una persona miembro del comit\u00e9 de empresa.<br \/>\nUna vez iniciado el procedimiento, y en el caso de que el mismo no finalice en un plazo de 10 d\u00edas dar\u00e1 lugar necesariamente a la apertura del procedimiento formal.<br \/>\n<strong>Procedimiento Formal<\/strong><br \/>\nEn la instrucci\u00f3n se podr\u00e1n practicar cuantas diligencias se consideren necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados, manteni\u00e9ndose la formalidad de dar tr\u00e1mite de audiencia a las partes implicadas. Podr\u00e1 valerse de asesoramiento.<br \/>\nEn el m\u00e1s breve plazo posible, sin superar nunca un m\u00e1ximo de 30 d\u00edas, se deber\u00e1 redactar un informe que contenga la descripci\u00f3n de los hechos denunciados, las circunstancias concurrentes, la intensidad de los mismos, la reiteraci\u00f3n en la conducta y el grado de afectaci\u00f3n sobre las obligaciones laborales y el entorno laboral de la v\u00edctima.<br \/>\n<strong>Medidas Cautelares<\/strong><br \/>\nLa Direcci\u00f3n de la Empresa deber\u00e1 tomar las medidas cautelares necesarias conducentes al cese inmediato de la situaci\u00f3n de acoso.<br \/>\n<strong>Asistencia a las partes<\/strong><br \/>\nDurante la tramitaci\u00f3n del expediente las partes implicadas podr\u00e1n ser asistidas y acompa\u00f1adas por una persona de confianza, quien deber\u00e1 guardar sigilo sobre la informaci\u00f3n a que tenga acceso.<br \/>\nEsta persona de confianza podr\u00e1 estar presente en la toma de declaraciones y en las comunicaciones que la parte instructora dirija a las personas implicadas.<br \/>\n<strong>Cierre del Expediente<\/strong><br \/>\nLa Direcci\u00f3n de la Empresa, en un plazo m\u00e1ximo de 2 d\u00edas, una vez finalizado el procedimiento formal, adoptar\u00e1 las medidas correctoras necesarias, comunic\u00e1ndolas a la Representaci\u00f3n Sindical.<br \/>\nEn todo caso la representaci\u00f3n sindical tendr\u00e1 conocimiento del resultado final de todos los expedientes que puedan tramitarse, as\u00ed como de las medidas adoptadas.<br \/>\nSi se constata acoso sexual y\/o por raz\u00f3n de sexo se impondr\u00e1n las medidas sancionadoras disciplinarias previstas en la LEY.<br \/>\n<strong>En Tordera, a 4 de Septiembre del 2019<\/strong><br \/>\n<img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2036\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-23-1.png\" \/> <img decoding=\"async\" class=\"wp-image-2037\" src=\"http:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-content\/blogs.dir\/6\/files\/sites\/119\/2019\/09\/word-image-24-1.png\" \/><br \/>\nSOLICITUD<br \/>\nSOLICITO EL INICIO DEL PROTOCOLO DE TRATAMIENTO DEL ACOSO SEXUAL Y\/O POR RAZ\u00d3N DE SEXO EN EL \u00c1MBITO LABORAL DE MASSIMO DUTTI LOGISTICA S.A.<br \/>\nLOCALIDAD Y FECHA FIRMA DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nMASSIMO DUTTI LOGISTICA<br \/>\n<strong>INDITEX<\/strong>&gt;    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&lt;!PLATAFORMA LOGISTICA MASSIMO DUTTI LOGISTICA INDITEX \u00cdNDICE INTRODUCCI\u00d3N 2 MARCO LEGAL 3 COMPROMISO DE LA EMPRESA CON LA IGUALDAD 4 CARACTER\u00cdSTICAS GENERALES DEL PLAN 5 ESTRUCTURA 6 OBJETIVOS GENERALES 8 &#8230; <a title=\"Plan de igualdad\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/plan-de-igualdad-2\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre Plan de igualdad\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":5192,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[107],"tags":[],"class_list":["post-2023","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-massimo-igualdad","generate-columns","tablet-grid-50","mobile-grid-100","grid-parent","grid-33"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2023","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5192"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2023"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2023\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8026,"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2023\/revisions\/8026"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2023"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2023"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ccoo.app\/inditex\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2023"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}