Por nacimiento de hijo/a ¿Cuántos dias me corresponden?

– Por nacimiento de hijo: 4 días naturales, que se prorrogarán hasta 7 días si concurre enfermedad grave. A
continuación de este permiso retribuido, el padre o el otro progenitor tendrán el derecho a la suspensión del contrato
durante 13 días ininterrumpidos en las condiciones de realización y abono establecidos en la Ley Orgánica 3/07, de 22 de marzo.
.

Y ¿Cuántos días hábiles me corresponden si necesito desplazarme?
2 días por desplazamiento en catalunya. 
3 días por desplazamiento fuera de catalunya.
7 días por desplazamiento al extranjero.

 

A continuación de este permiso retribuido, el padre o el otro progenitor tendrán el derecho a la suspensión del contrato, por el tiempo establecido en la legislación vigente en cada momento, para acceder a la prestación de paternidad.

CCOO FCC L'Hospitalet
Resum de la privadesa

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