Fondo Social

 

El Fondo Social, destinado a la ayuda de los trabajadores para la adquisición de gafas, ortodoncia, ortopedia y otras necesidades de carácter social no subvencionadas por el INSS.

La gestión de dichas ayudas la efectuará el Comité de Empresa conforme a un reglamento confeccionado por él mismo. La justificación de gastos deberá realizarse con la factura correspondiente.

El pago de las ayudas aprobadas se abonará en nómina.

Los pagos derivados del presente artículo le serán de aplicación las normativas vigentes en cada momento en materia de retribución, tanto de Seguridad Social como de IRPF.