{"id":6888,"date":"2019-10-10T19:05:00","date_gmt":"2019-10-10T19:05:00","guid":{"rendered":"http:\/\/ccoocoty.com\/?p=6888"},"modified":"2022-02-02T18:34:37","modified_gmt":"2022-02-02T17:34:37","slug":"planes-de-igualdad-en-las-empresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ccoo.app\/coty\/planes-de-igualdad-en-las-empresas\/","title":{"rendered":"PLANES DE IGUALDAD EN LAS EMPRESAS"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter\" src=\"https:\/\/www.muypymes.com\/wp-content\/uploads\/2019\/07\/Plan-de-Igualdad-660x330.jpg\" alt=\"Resultado de imagen de planes de igualdad en las empresas\" width=\"491\" height=\"246\" \/><\/p>\n<p>COTY actualmente\u00a0 hemos tenido un plan de igualdad que era valido\u00a0 para los dos centros de Coty que tenemos en Granollers y Barcelona . Con el cambio de NIF de empresas , Coty esta creando un plan de igualdad para cada centro que tenemos a nivel estatal .<\/p>\n<p>Ahora Coty y la comisi\u00f3n de igualdad formada por diferentes\u00a0 sindicatos est\u00e1n renovando y actualizando el plan de igualdad para el centro de Coty Granollers.<\/p>\n<p>El reciente Real Decreto-ley 6\/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes\u00a0 para la garant\u00eda de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupaci\u00f3n incluye nuevas medidas en materia de <strong>Planes de Igualdad<\/strong>.<\/p>\n<div id=\"ez-toc-container\" class=\"counter-hierarchy counter-decimal ez-toc-grey\">\n<div class=\"ez-toc-title-container\">\n<p class=\"ez-toc-title\">\u00cdndice de Contenidos<\/p>\n<p><i class=\"ez-toc-glyphicon ez-toc-icon-toggle\"><\/i><\/div>\n<nav>\n<ul class=\"ez-toc-list\">\n<li>Qu\u00e9 son los Planes de Igualdad<\/li>\n<li>Qu\u00e9 empresas est\u00e1n obligadas a elaborar un Plan de Igualdad<\/li>\n<li>C\u00f3mo elaborar un Plan de Igualdad\n<ul>\n<li>\n<ul>\n<li>Funciones principales de la comisi\u00f3n de igualdad<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n de las mujeres y hombres<\/li>\n<li>Objetivos para la elaboraci\u00f3n del Plan de Igualdad<\/li>\n<li>Seguimiento y evaluaci\u00f3n de Plan de Igualdad<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<\/nav>\n<\/div>\n<h2><span id=\"Que_son_los_Planes_de_Igualdad\" class=\"ez-toc-section\">Qu\u00e9 son los Planes de Igualdad<\/span><\/h2>\n<p>Los\u00a0<strong>planes de igualdad<\/strong>\u00a0de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas despu\u00e9s de realizar un diagn\u00f3stico de situaci\u00f3n, tendentes a alcanzar en la empresa la\u00a0<strong>igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo<\/strong>, esta definici\u00f3n nos la facilita el art\u00edculo 46 la Ley Org\u00e1nica 3\/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.<\/p>\n<p>Las empresas<strong>\u00a0deben negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras,\u00a0la adopci\u00f3n de medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral entre mujeres y hombres<\/strong>, con la finalidad de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el\u00a0\u00e1mbito laboral.<\/p>\n<h2><span id=\"Que_empresas_estan_obligadas_a_elaborar_un_Plan_de_Igualdad\" class=\"ez-toc-section\">Qu\u00e9 empresas est\u00e1n obligadas a elaborar un Plan de Igualdad<\/span><\/h2>\n<p>Tras las modificaciones normativas realizadas por Real Decreto-ley 6\/2019, de medidas urgentes para garant\u00eda de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupaci\u00f3n, se ha producido una ampliaci\u00f3n generalizada en la obligaci\u00f3n de implantaci\u00f3n de un Plan de Igualdad para las\u00a0<strong>empresas con m\u00e1s de 50 trabajadores<\/strong>\u00a0, dentro de un periodo transitorio de tres a\u00f1os a contar desde el 7 de marzo de 2019, anteriormente solamente era obligatorio para empresas de m\u00e1s de doscientos cincuenta.<\/p>\n<p>El per\u00edodo transitorio descrito en el Real Decreto citado establece:<\/p>\n<table width=\"545\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"259\"><strong>HASTA 06\/03\/2020:<\/strong><\/td>\n<td width=\"286\">Empresas de m\u00e1s de 250 personas trabajadoras<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"259\"><strong>A PARTIR DEL 07\/03\/2020 Y HASTA EL 06\/03\/2021:<\/strong><\/td>\n<td width=\"286\">Empresas de entre 151 a 250 personas trabajadoras<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"259\"><strong>A PARTIR DEL 07\/03\/2021 Y HASTA EL 06\/03\/2022:<\/strong><\/td>\n<td width=\"286\">Empresas de entre 101 a 150 personas trabajadoras<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"259\"><strong>A PARTIR DEL 07\/03\/2022:<\/strong><\/td>\n<td width=\"286\">Empresas de entre 50 a 100 personas trabajadoras<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n es necesario elaborar y aplicar un plan de igualdad empresas en la que sea de aplicaci\u00f3n\u00a0<strong>un convenio colectivo<\/strong>\u00a0que haya establecido su obligatoriedad para las empresas afectadas por \u00e9ste, as\u00ed como para las que hayan acordado con\u00a0<strong>la autoridad laboral dentro de un procedimiento sancionador<\/strong>, la sustituci\u00f3n de las sanciones accesorias por la elaboraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de dicho plan, siendo voluntario para el resto de las empresas.<\/p>\n<div>\n<div id=\"webtrekbecasint\"><\/div>\n<\/div>\n<h2><span id=\"Como_elaborar_un_Plan_de_Igualdad\" class=\"ez-toc-section\">C\u00f3mo elaborar un Plan de Igualdad<\/span><\/h2>\n<p>Primeramente, se debe por parte de la direcci\u00f3n de la empresa y de la representaci\u00f3n sindical, realizar un\u00a0<strong>compromiso formal<\/strong>\u00a0de la elaboraci\u00f3n y la negociaci\u00f3n de un plan de igualdad, y de garantizar su aplicaci\u00f3n efectiva en el seno de la empresa.<\/p>\n<p>Esta decisi\u00f3n deber\u00e1 ser plasmada en un documento o acto formal y comunicarse a la representaci\u00f3n legal de las trabajadoras y trabajadores y a la plantilla.<\/p>\n<p>Es necesaria la creaci\u00f3n de una\u00a0<strong>comisi\u00f3n de igualdad<\/strong>\u00a0que est\u00e9 formada por personas con capacidad de decisi\u00f3n dentro de la empresa y tendr\u00e1 entre sus competencias la de contribuir a la elaboraci\u00f3n, desarrollo y seguimiento del plan de igualdad.<\/p>\n<p>El n\u00famero de integrantes de la comisi\u00f3n variar\u00e1 en funci\u00f3n de la dimensi\u00f3n de la empresa, aunque lo habitual es que haya ocho o diez en total.<\/p>\n<h4><span id=\"Funciones_principales_de_la_comision_de_igualdad\" class=\"ez-toc-section\">Funciones principales de la comisi\u00f3n de igualdad<\/span><\/h4>\n<p>Las funciones principales de la comisi\u00f3n de igualdad ser\u00e1n, entre otras, las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Velar por que en la empresa se<strong>\u00a0cumpla el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Aprobar el diagn\u00f3stico de situaci\u00f3n de la empresa<\/strong>\u00a0en materia de igualdad de oportunidades.<\/li>\n<li><strong>Realizar, examinar y debatir las propuestas de acciones positivas que se propongan.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Aprobar y poner en marcha el Plan de Igualdad.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n<\/strong>\u00a0del Plan de Igualdad.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><span id=\"Diagnostico_de_la_situacion_de_las_mujeres_y_hombres\" class=\"ez-toc-section\">Diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n de las mujeres y hombres<\/span><\/h3>\n<p>Para la realizaci\u00f3n del plan de igualdad es necesario, en primer lugar, es necesario realizar un\u00a0<strong>diagn\u00f3stico\u00a0<\/strong>emitiendo un informe en el que se describa la situaci\u00f3n de las mujeres y los hombres dentro de la empresa, que contendr\u00e1 al menos las siguientes materias:<\/p>\n<ul>\n<li>Proceso de selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n.<\/li>\n<li>Clasificaci\u00f3n profesional.<\/li>\n<li>Formaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Promoci\u00f3n profesional.<\/li>\n<li>Condiciones de trabajo, incluida la auditor\u00eda salarial entre mujeres y hombres.<\/li>\n<li>Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.<\/li>\n<li>Infrarrepresentaci\u00f3n femenina.<\/li>\n<li>Retribuciones<\/li>\n<li>Prevenci\u00f3n del acoso sexual y por raz\u00f3n de sexo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La elaboraci\u00f3n del diagn\u00f3stico se\u00a0<strong>realizar\u00e1 en el seno de la Comisi\u00f3n Negociadora del Plan de Igualdad,<\/strong>\u00a0para lo cual, la direcci\u00f3n de la empresa facilitar\u00e1 todos los datos e informaci\u00f3n necesaria para elaborar el mismo en relaci\u00f3n con las materias\u00a0citadas.<\/p>\n<h3><span id=\"Objetivos_para_la_elaboracion_del_Plan_de_Igualdad\" class=\"ez-toc-section\">Objetivos para la elaboraci\u00f3n del Plan de Igualdad<\/span><\/h3>\n<p>Una vez valorado el diagn\u00f3stico, corresponder\u00e1 a la comisi\u00f3n de igualdad la propuesta de medidas y actuaciones concretas a desarrollar para cumplir los\u00a0<strong>objetivos<\/strong>, as\u00ed como su negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los objetivos \u00faltimos para la elaboraci\u00f3n de un Plan de Igualdad son:<\/p>\n<ul>\n<li>La\u00a0<strong>b\u00fasqueda y la eliminaci\u00f3n absoluta de las discriminaciones por razones de sexo.<\/strong><\/li>\n<li>La modificaci\u00f3n de los patrones socioculturales de conducta de mujeres y hombres, basadas en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.<\/li>\n<li>La integraci\u00f3n de la dimensi\u00f3n de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de todas las acciones desarrolladas en el \u00e1mbito de una organizaci\u00f3n p\u00fablica o privada.<\/li>\n<li>Prevenir el acoso sexual o acoso por raz\u00f3n de sexo.<\/li>\n<li>Implantar un c\u00f3digo de conducta que proteja a todos los empleados.<\/li>\n<li>Promover la igualdad de oportunidades en todos los niveles organizativos.<\/li>\n<li>Potenciar la conciliaci\u00f3n de la vida profesional, personal y familiar a todas las empleadas y empleados de la empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Una vez identificados los objetivos, corresponder\u00e1 a la comisi\u00f3n de igualdad la propuesta de\u00a0<strong>medidas y actuaciones concretas<\/strong>\u00a0a desarrollar para cumplir los objetivos, as\u00ed como su negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>En la implantaci\u00f3n del plan<\/strong>, han de ejecutarse las diversas medidas y actuaciones acordadas, siendo necesario que previamente se comunique a toda la plantilla la existencia del plan y de las acciones que lo conforman.<\/p>\n<p>Se ejecutar\u00e1n las acciones previstas, intentando asegurarse de que se cumplan los objetivos que se han planteado. Es muy importante que en esta fase se proporcione informaci\u00f3n detallada, clara y precisa, acerca de los usos, requisitos y objetivos de las medidas adoptadas con la finalidad de lograr un uso correcto de las diversas acciones del plan de igualdad.<\/p>\n<h3><span id=\"Seguimiento_y_evaluacion_de_Plan_de_Igualdad\" class=\"ez-toc-section\">Seguimiento y evaluaci\u00f3n de Plan de Igualdad<\/span><\/h3>\n<p>Por \u00faltimo, es necesario hacer un seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan ver si los objetivos se est\u00e1n cumpliendo y se est\u00e1n realizando las acciones acordadas, tambi\u00e9n se evaluar\u00e1 los recursos asignados. Consiste en realizar un seguimiento continuo de los resultados obtenidos y la inversi\u00f3n econ\u00f3mica, material y humana realizada.<\/p>\n<p>El citado Real Decreto-ley 6\/2019, de medidas urgentes para garant\u00eda de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupaci\u00f3n\u00a0crea un\u00a0<strong>Registro de Planes de Igualdad de las Empresas<\/strong>, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Direcci\u00f3n General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p>Las empresas est\u00e1n obligadas a inscribir sus<strong>\u00a0planes de igualdad<\/strong>\u00a0en el citado registro.<\/p>\n<p>Est\u00e1 previsto nuevas\u00a0<strong>medidas pendientes de desarrollo reglamentario,\u00a0<\/strong>en el RD-Ley se establece que reglamentariamente se desarrollar\u00e1 el diagn\u00f3stico, los contenidos, las materias, las auditor\u00edas salariales, los sistemas de seguimiento y evaluaci\u00f3n de los planes de igualdad; as\u00ed como el Registro de\u00a0<strong>Planes de Igualdad<\/strong>, en lo relativo a su constituci\u00f3n, caracter\u00edsticas y condiciones para la inscripci\u00f3n y acceso.<\/p>\n<p>Existen ayudas a la peque\u00f1a y mediana empresa y otras entidades para la elaboraci\u00f3n e implantaci\u00f3n de planes de igualdad. La cuant\u00eda m\u00e1xima de la\u00a0<strong>subvenci\u00f3n<\/strong>\u00a0en la convocatoria del a\u00f1o 2018 ha sido de\u00a09.000 euros para cada entidad subvencionada.<\/p>\n<p>Las solicitudes se deben presentar \u00fanicamente por la sede electr\u00f3nica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>COTY actualmente\u00a0 hemos tenido un plan de igualdad que era valido\u00a0 para los dos centros de Coty que tenemos en Granollers y Barcelona . 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