Índice
CONVENIO COLECTIVO (BOP de 16 de abril de 1976)
Artículo 1.º Ámbito funcional.
El presente convenio regulará las relaciones laborales de las Empresas y Trabajadores y Técnicos que se rigen por la Ordenanza Laboral de Trabajo para la actividad de Oficinas y Despachos.
Artículo 2.º Ámbito territorial.
Afectará a todos los centros de trabajo que se encuentren situados en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, aun cuando el domicilio social de la empresa radique fuera de la provincia.
Artículo 3.º Ámbito temporal.
Este convenio, a los efectos económicos entrará en vigor el día 1.º del mes en que sea homologado por la Autoridad Laboral, y su duración será de dos años a partir de dicha fecha, prorrogable tácitamente de año en año si no es denunciado expresamente por una de las partes con antelación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento o de sus prórrogas.
Transcurridos doce meses de vigencia de este convenio, la escala de salarios del mismo quedará modificado automáticamente en el tanto por 100 de variación experimentada por el índice del coste de vida en el conjunto nacional, según los índices del Instituto Nacional de Estadística en los doce meses anteriores.
Igualmente, para caso de prórroga tácita del convenio, se incrementará automáticamente la tabla salarial en el porcentaje de variación del índice del coste de vida en el conjunto nacional, según el INE, en los doce meses anteriores a su vencimiento y prórroga.
Artículo 4.º Tabla salarial.
A continuación se relacionan los sueldos y salarios que tendrán vigencia a partir de la efectividad de este convenio, para las diferentes categorías profesionales, quedando estos como a continuación se expresa.
Artículo 5.º Quebranto de moneda.
Se establece el importe de 400 pesetas mensuales en concepto de quebranto de moneda para Cajeros y Cobradores.
Artículo 6.º Horas extraordinarias.
Se abonarán teniendo en cuenta los haberes y salarios de este convenio, con un recargo del 40 por 100 las dos primeras; 50 por 100 para las siguientes: y el 140 por 100 las realizadas en domingos y festivos.
Artículo 7.º Gratificaciones extraordinarias.
Se establecen cuatro gratificaciones extraordinarias en marzo, 18 de julio, octubre y Navidad, consistente cada una de ellas en una mensualidad del salario base del convenio que rija en cada momento, incrementado con la antigüedad.
Artículo 8.º Aumentos por años de servicios.
Se establecen como aumento por años de servicio, trienios del 10 por 100 de los salarios de convenio que rijan en cada momento, devengados desde la fecha inicial de la prestación de servicios en la Empresa.
Artículo 9.º Vacaciones.
Todo el personal sujeto a este convenio, tendrá derecho al disfrute de una vacación anual de 30 días naturales.
En concepto de bolsa de vacaciones, se abonarán las siguientes cantidades al comienzo del disfrute de las mismas, si tal disfrute se produce en los casos que se cita:
4.500 pesetas si es en marzo, abril, mayo y octubre.
5.000 pesetas si es enero, febrero, noviembre y diciembre.
Artículo 10. Jornada de trabajo.
En aquellas actividades cuya jornada continuada ya la tienen establecida permanecerán con la misma, no obstante los restantes centros de trabajo cuya actividad se halle incluida por la Reglamentación en Oficinas y Despachos, podrán solicitar dicha jornada de la Autoridad Laboral competente.
Artículo 11. Dietas.
Cuando por necesidades de la Empresa venga un empleado obligado a trasladarse accidentalmente para efectuar trabajos que impliquen pernoctar fuera de su residencia, percibirá las siguientes dietas:
Personal titulado y jefes superiores: 1.500 pesetas diarias.
Jefes de primera y segunda: 1.200 pesetas diarias.
Oficiales y asimilados: 1.000 pesetas diarias.
Personal de Oficios varios y subalternos: 750 pesetas diarias.
Cuando no se pernocte fuera:
Personal Titulado, jefes superiores y jefes de primera y segunda: 500 pesetas diarias.
Oficiales y asimilados: 400 pesetas diarias.
Personal de oficios varios y subalternos: 300 pesetas diarias.
Asimismo los gastos de ida y vuelta serán abonados por la empresa.
Artículo 12. Ascensos.
El Oficial Administrativo de Segunda, al cumplir cinco años en su categoría, pasará automáticamente a la de Oficial Administrativo de Primera. El Jefe Administrativo de segunda al cumplir los tres años en su categoría de jefe superior. El Cobrador mayor de 28 años, al cumplir diez años en su categoría, quedará asimilado automáticamente, a efectos económicos, a Oficial Administrativo de Segunda. Asimismo el Oficial Administrativo de Primera, mayor de 40 años y con 20 años de antigüedad en la Empresa, quedará asimilado automáticamente a efectos económicos, a Jefe Administrativo de Segunda.
Artículo 13. Enfermedad.
En caso de baja por enfermedad o accidente laboral, ambos de carácter transitorio, las empresas abonarán al trabajador la diferencia resultante entre lo que le abone la Seguridad Social y el sueldo real que perciba.
Artículo 14. Prestaciones asistenciales.
Las Empresas abonarán en el momento de la jubilación o de fallecimiento, las siguientes gratificaciones: De 1 a 10 años de servicios activos en la Empresa, dos mensualidades de sueldo y antigüedad. De 11 a 20 años de servicios activos en la Empresa, cuatro mensualidades de sueldo y antigüedad. De más de 20 años de servicios activos en la Empresa, cinco mensualidades de sueldo y antigüedad. En caso de fallecimiento, esta ayuda económica se hará efectiva a los familiares beneficiarios que le corresponda según la normativa que fija el Mutualismo Laboral para este tipo de pensiones.
Artículo 15. Comisión interpretativa.
Se constituye una Comisión Mixta Interpretativa, compuesta por el Presidente del Sindicato de Actividades Diversas, que la presidirá el Secretario mismo; que actuará de Secretario de la Comisión; y como Vocales el Presidente de la Unión de Trabajadores y Técnicos, Presidente de la Unión de Empresarios, Presidente Social y Económico de las Agrupaciones de Oficinas y Despachos.
Artículo 16. Repercusión en precios.
Ambas partes convienen en hacer expresa declaración de que las mejoras estipuladas en este convenio no tendrán repercusión en los precios.
TABLA.
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PTAS./MES
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GRUPO I.- TITULADOS
Titulados de grado superior 27.660
Titulados de grado medio 22.200
GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS
Jefe de superior y asimilados según Ordenanza 25.380
Jefe de primera 21.900
Jefe de segunda y asimilados según Ordenanza 19.620
Oficial de primera y asimilados según Ordenanza 16.140
Oficial de segunda y asimilados según Ordenanza 14.820
Taquimecanógrafos 16.600
Auxiliar de 18 y 19 años 8.580
Auxiliar de 20 a 23 años 9.900
Auxiliar de 24 a 27 años 10.800
Auxiliar de 28 años en adelante 11.520
Aspirante de 14 años 6.840
Aspirante de 15 años 7.080
Aspirante de 16 años 7.320
Aspirante de 17 años 7.560
Telefonista y visitador de 18 a 19 años 8.580
Telefonista y visitador de 20 a 23 años 9.900
Telefonista y visitador de 24 a 27 años 10.800
Telefonista de 28 años en adelante 11.520
Cajero con firma 17.160
Cajero sin firma 15.600
Auxiliar de caja de 18 y 19 años 8.580
Auxiliar de caja de 20 a 23 años 9.900
Auxiliar de caja de 24 a 27 años 10.800
Auxiliar de caja de 28 años en adelante 11.520
GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA
Jefe de equipo de informática 21.900
Analista 21.900
Programador ordenador 21.900
Programador de máquinas auxiliares 19.620
Jefe de delineación 19.620
Delineantes proyectistas 16.140
Delineantes 14.820
Administrador de test 19.620
Coordinador de tratamiento de cuestionarios 19.620
Coordinador de estudios 16.140
Jefe de equipo en encuestas 16.140
Jefe de explotación 19.620
Controlador 16.140
Operador de ordenador 16.140
GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA
Jefe de máquinas básicas 16.140
Operador de tabuladores 14.820
Operadores de máquinas básicas 14.040
Dibujantes 14.040
Calcador 13.260
Perforistas, verificadores, clasificadores 13.260
Inspectores de entrevistadores 14.820
Entrevistadores encuestadores 14.040
Encargado de departamento de reprografía 14.820
GRUPO V.- SUBALTERNOS
Conserje mayor 11.400
Conserje 11.000
Cobrador de 18 y 19 años 8.580
Cobrador de 20 a 23 años 9.900
Cobrador de 24 a 27 años 10.800
Cobrador de 28 años en adelante 12.720
Portero 11.400
Ordenanza 11.400
Vigilante y sereno 11.400
Botones de 14 años 4.860
Botones de 15 años 4.860
Botones de 16 años 6.480
Botones de 17 años 6.600
Limpiadoras (por hora) 45
GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS
Encargado 14.820
Oficial de primera y conductores 14.040
Oficial de segunda 13.320
Ayudantes y asimilados según Ordenanza 11.520
Peones y mozos 10.800
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REVISIÓN SALARIAL (BOP de 5 de junio de 1998)
De acuerdo con el artículo 3 del vigente convenio colectivo de trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 1998, el incremento aplicado es del 1,8 por ciento. Dicho valor es provisional, de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
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PTAS./MES
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GRUPO I.- TITULADOS
Titulado de grado superior 182.734
Titulado de grado medio 146.342
GRUPO II.- ADMINISTRATIVO
Jefe superior y asimilados según ordenanzas 167.669
Jefe de primera 144.711
Jefe de segunda y asimilados según ordenanzas 129.534
Oficial de primera y asimilados según ordenanzas 108.844
Oficial de segunda y asimilados según ordenanzas 97.903
Taquimecanógrafo 109.662
Auxiliar de 18 y 19 años 76.752
Auxiliar de 20 a 23 años 76.825
Auxiliar de 24 a 27 años 76.989
Auxiliar de 28 años en adelante 78.799
Aspirante de 16 años 48.850
Aspirante de 17 años 49.327
Telefonista y visitador de 18 y 19 años 76.752
Telefonista y visitador de 20 a 23 años 76.825
Telefonista y visitador de 24 a 27 años 76.989
Telefonista y visitador de 28 años en adelante 78.799
Cajero con firma 113.361
Cajero sin firma 103.055
Auxiliar de caja de 18 y 19 años 76.752
Auxiliar de caja de 20 a 23 años 76.825
Auxiliar de caja de 24 a 27 años 76.989
Auxiliar de caja de 28 años en adelante 78.803
GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA
Jefe de equipo de informática 144.711
Analista 144.711
Programador–ordenador 144.711
Programador de máquinas auxiliares 129.621
Jefe de delineación 129.621
Delineante proyectista 106.624
Delineante 97.903
Administrador de test 129.622
Coordinador de tratamiento cuestionario 129.622
Coordinador de estudios 106.624
Jefe de equipo de encuestas 129.622
Jefe de explotación 106.624
Controlador 106.624
Operador de ordenadores 106.624
GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA
Jefe de máquinas básicas 106.624
Operador de tabuladores 97.903
Operador de máquinas básicas 92.752
Dibujantes 92.752
Calcador 87.601
Perforista, verificador, clasificador 87.501
Inspector de entrevistadores 97.903
Entrevistador–encuestador 92.752
Encargado de departamento de reprografía 97.903
GRUPO V.- SUBALTERNOS
Conserje mayor 77.307
Conserje 76.752
Cobradores de 18 y 19 años 76.752
Cobradores de 20 a 23 años 76.825
Cobradores de 24 a 27 años 76.989
Cobradores de 18 años en adelante 79.152
Portero 77.307
Ordenanza 77.307
Vigilantes y serenos 77.307
Botones de 16 años 47.045
Botones de 17 años 47.106
Limpiadores (hora) 383
GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS
Encargado 97.903
Oficial de primera y conductores 92.752
Oficial de segunda 87.994
Ayudante y asimilados según ordenanza 78.803
Peones y mozos 76.989
__________________________________________________________________
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-
tarse en un 1,8 por 100 sobre los determinados en el Convenio.
REVISIÓN SALARIAL (BOP de 12 de abril de 1999)
De acuerdo con el artículo 3 del vigente convenio colectivo de trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 1999, el incremento aplicado es del 1,8 por 100. Dicho valor es provisional de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
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PTAS./MES
__________________________________________________________________
GRUPO I.- TITULADOS
Titulado de grado superior 186.023
Titulado de grado medio 148.976
GRUPO II.- ADMINISTRATIVO
Jefe superior y asimilados según ordenanzas 170.687
Jefe de primera 147.316
Jefe de segunda y asimilados según ordenanzas 131.866
Oficial de primera y asimilados según ordenanzas 110.803
Oficial de segunda y asimilados según ordenanzas 99.665
Taquimecanógrafo 111.636
Auxiliar de 18 y 19 años 78.134
Auxiliar de 20 a 23 años 78.208
Auxiliar de 24 a 27 años 78.375
Auxiliar de 28 años en adelante 80.217
Aspirante de 16 años 49.729
Aspirante de 17 años 50.215
Telefonista y visitador de 18 y 19 años 78.134
Telefonista y visitador de 20 a 23 años 78.208
Telefonista y visitador de 24 a 27 años 78.375
Telefonista y visitador de 28 años en adelante 80.217
Cajero con firma 115.401
Cajero sin firma 104.910
Auxiliar de caja de 18 y 19 años 78.134
Auxiliar de caja de 20 a 23 años 78.208
Auxiliar de caja de 24 a 27 años 78.375
Auxiliar de caja de 28 años en adelante 80.221
GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA
Jefe de equipo de informática 147.316
Analista 147.316
Programador–ordenador 147.316
Programador de máquinas auxiliares 131.954
Jefe de delineación 131.954
Delineante proyectista 108.543
Delineante 99.665
Administrador de test 131.955
Coordinador de tratamiento cuestionario 131.955
Coordinador de estudios 108.543
Jefe de equipo de encuestas 131.955
Jefe de explotación 108.543
Controlador 108.543
Operador de ordenadores 108.543
GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA
Jefe de máquinas básicas 108.543
Operador de tabuladores 99.665
Operador de máquinas básicas 94.422
Dibujantes 94.422
Calcador 89.178
Perforista, verificador, clasificador 89.178
Inspector de entrevistadores 99.665
Entrevistador–encuestador 94.422
Encargado de departamento de reprografía 99.665
GRUPO V.- SUBALTERNOS
Conserje mayor 78.699
Conserje 78.134
Cobradores de 18 y 19 años 78.134
Cobradores de 20 a 23 años 78.208
Cobradores de 24 a 27 años 78.375
Cobradores de 18 años en adelante 80.577
Portero 78.699
Ordenanza 78.699
Vigilantes y serenos 78.699
Botones de 16 años 47.892
Botones de 17 años 47.954
Limpiadores (hora) 390
GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS
Encargado 99.665
Oficial de primera y conductores 94.422
Oficial de segunda 89.578
Ayudante y asimilados según ordenanza 80.221
Peones y mozos 78.375
__________________________________________________________________
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-
tarse en un 1,8 por 100 sobre los determinados en el convenio.
REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 36, viernes 24 de marzo de 2000)
De acuerdo con el artículo 32 del vigente Convenio Colectivo de
Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia,
se ha confeccionado la siguiente Tabla Salarial que regirá para
dicha actividad desde el 1 de marzo de 2000. El incremento aplica-
do es del 3%. Dicho valor es provisional, de sufrir modificación,
en igual medida la tendría que sufrir la Tabla Salarial.
__________________________________________________________________
PTAS./MES
__________________________________________________________________
GRUPO I.- TITULADOS
Titulado de grado superior 191.604
Titulado de grado medio 153.445
GRUPO II.- ADMINISTRATIVO
Jefe superior y asimilados según ordenanzas 175.808
Jefe de primera 151.735
Jefe de segunda y asimilados según ordenanzas 135.822
Oficial de primera y asimilados según ordenanzas 114.127
Oficial de segunda y asimilados según ordenanzas 102.655
Taquimecanógrafo 114.985
Auxiliar de 18 y 19 años 80.478
Auxiliar de 20 a 23 años 80.554
Auxiliar de 24 a 27 años 80.726
Auxiliar de 28 años en adelante 82.624
Aspirante de 16 años 51.221
Aspirante de 17 años 51.721
Telefonista y visitador de 18 y 19 años 80.478
Telefonista y visitador de 20 a 23 años 80.554
Telefonista y visitador de 24 a 27 años 80.726
Telefonista y visitador de 28 años en adelante 82.624
Cajero con firma 118.863
Cajero sin firma 108.057
Auxiliar de caja de 18 y 19 años 80.478
Auxiliar de caja de 20 a 23 años 80.554
Auxiliar de caja de 24 a 27 años 80.726
Auxiliar de caja de 28 años en adelante 82.628
GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA
Jefe de equipo de informática 151.735
Analista 151.735
Programador–ordenador 151.735
Programador de máquinas auxiliares 135 913
Jefe de delineación 135.913
Delineante proyectista 111.799
Delineante 102.655
Administrador de test 135.914
Coordinador de tratamiento cuestionario 135.914
Coordinador de estudios 111.799
Jefe de equipo de encuestas 135.914
Jefe de explotación 111.799
Controlador 111.799
Operador de ordenadores 111.799
GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA
Jefe de máquinas básicas 111.799
Operador de tabuladores 102.655
Operador de máquinas básicas 97.255
Dibujantes 97.255
Calcador 91.853
Perforista, verificador, clasificador 91.853
Inspector de entrevistadores 102.655
Entrevistador–encuestador 97.255
Encargado de departamento de reprografía 102.655
GRUPO V.- SUBALTERNOS
Conserje mayor 81.060
Conserje 80.478
Cobradores de 18 y 19 años 80.478
Cobradores de 20 a 23 años 80.554
Cobradores de 24 a 27 años 80.726
Cobradores de 18 años en adelante 82.994
Portero 81.060
Ordenanza 81.060
Vigilantes y serenos 81.060
Botones de 16 años 49.329
Botones de 17 años 49.593
Limpiadores (hora) 402
GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS
Encargado 102.655
Oficial de primera y conductores 97.255
Oficial de segunda 92.265
Ayudante y asimilados según ordenanza 82.628
Peones y mozos 80.726
__________________________________________________________________
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-
tarse en un 3% sobre los determinados en el convenio.
REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 45, viernes 13 de abril de 2001)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el art. 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2001. El incremento aplicado es del 3,8%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
1 euro = 166,386 pts.
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CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO SALARIO
PTS./MES EUROS/MES
__________________________________________________________________
GRUPO I.- TITULADOS
Titulado de grado superior 198.885 1.195,32
Titulado de grado medio 159.276 957,27
GRUPO II.- ADMINISTRATIVO
Jefe superior y asimilados según ordenanzas 182.489 1.096,78
Jefe de 1ª 157.501 946,60
Jefe de 2ª y asimilados según ordenanzas 140.983 847,32
Oficial de 1ª y asimilados según ordenanzas 118.464 711,98
Oficial de 2ª y asimilados según ordenanzas 106.556 640,41
Taquimecanógrafo 119.354 717,33
Auxiliar de 18 y 19 años 83.536 502,06
Auxiliar de 20 a 23 años 83.615 502,54
Auxiliar de 24 a 27 años 83.794 503,61
Auxiliar de 28 años en adelante 85.764 515,45
Aspirante de 16 años 53.167 319,54
Aspirante de 17 años 53.686 322,66
Telefonista y visitador de 18 y 19 años 83.536 502,06
Telefonista y visitador de 20 a 23 años 83.615 502,54
Telefonista y visitador de 24 a 27 años 83.794 503,61
Telefonista y visitador 28 años en adelante 85.764 515,45
Cajero con firma 123.380 741,53
Cajero sin firma 112.163 674,11
Auxiliar de caja de 18 y 19 años 83.536 502,06
Auxiliar de caja de 20 a 23 años 83.615 502,54
Auxiliar de caja de 24 a 27 años 83.794 503,61
Auxiliar de caja de 28 años en adelante 85.768 515,48
GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA
Jefe de equipo de informática 157.501 946,60
Analista 157.501 946,60
Programador–ordenador 157.501 946,60
Programador de máquinas auxiliares 141.078 847,90
Jefe de delineación 141.078 847,90
Delineante proyectista 116.047 697,46
Delineante 106.556 640,41
Administrador de test 141.079 847,90
Coordinador de tratamiento cuestionario 141.079 847,90
Coordinador de estudios 116.047 697,46
Jefe de equipo de encuestas 141.079 847,90
Jefe de explotación 116.047 697,46
Controlador 116.047 697,46
Operador de ordenadores 116.047 697,46
GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA
Jefe de máquinas básicas 116.047 697,46
Operador de tabuladores 106.556 640,41
Operador de máquinas básicas 100.951 606,73
Dibujantes 100.951 606,73
Calcador 95.343 573,02
Perforista, verificador, clasificador 95.343 573,02
Inspector de entrevistadores 106.556 640,41
Entrevistador–encuestador 100.951 606,73
Encargado de departamento de reprografía 106.556 640,41
GRUPO V.- SUBALTERNOS
Conserje mayor 84.140 505,69
Conserje 83.536 502,06
Cobradores de 18 y 19 años 83.536 502,06
Cobradores de 20 a 23 años 83.615 502,54
Cobradores de 24 a 27 años 83.794 503,61
Cobradores de 18 años en adelante 86.148 517,76
Portero 84.140 505,69
Ordenanza 84.140 505,69
Vigilantes y serenos 84.140 505,69
Botones de 16 años 51.204 307,74
Botones de 17 años 51.270 308,14
Limpiadores (hora) 417 hora 51 hora
GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS
Encargado 106.556 640,41
Oficial de 1ª y conductores 100.951 606,73
Oficial de 2ª 95.771 575,60
Ayudante y asimilados según ordenanza 85.768 515,48
Peones y mozos 83.794 503,61
__________________________________________________________________
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-
tarse en un 3’8% sobre los determinados en el convenio.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2001.- El Director Ge-
neral de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 47 – viernes, 19 de abril de 2002)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el art. 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2002. El incremento aplicado es del 3,1%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
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CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO
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Grupo 1º. Titulados.
Titulado de Grado Superior 1.232,37 euro mes
Titulado de Grado Medio 986,95 euro mes
Grupo 2º. Administrativos.
Jefe Superior y asimilados según ordenanzas 1.130,78 euro mes
Jefe de Primera 975,94 euro mes
Jefe de Segunda y asimilados según Ordenanza 873,59 euro mes
Oficial de Primera y asimilados según Ordenanza 734,05 euro mes
Oficial de Segunda y asimilados según Ordenanza 660,26 euro mes
Taquimecanógrafo 739,57 euro mes
Auxiliar de 18 a 19 años 517,62 euro mes
Auxiliar de 20 a 23 años 518,12 euro mes
Auxiliar de 24 a 27 años 519,22 euro mes
Auxiliar de 28 años en adelante 531,43 euro mes
Aspirante de 16 años 329,45 euro mes
Aspirante de 17 años 332,66 euro mes
Telefonista y visitador de 18 a 19 años 517,62 euro mes
Telefonista y visitador de 20 a 23 años 518,12 euro mes
Telefonista y visitador de 24 a 27 años 519,22 euro mes
Telefonista y visitador de 28 años en adelante 531,43 euro mes
Cajero con firma 764,52 euro mes
Cajero sin firma 695,01 euro mes
Auxiliar de Caja de 18 a 19 años 517,62 euro mes
Auxiliar de Caja de 20 a 23 años 518,12 euro mes
Auxiliar de Caja de 24 a 27 años 519,22 euro mes
Auxiliar de Caja de 28 años en adelante 531,46 euro mes
Grupo 3º. Técnicos de Oficina.
Jefe de Equipo dé Informática 975,94 euro mes
Analista 975,94 euro mes
Programador-Ordenador 975,94 euro mes
Programador de Máquinas Auxiliares 874,18 euro mes
Jefe de Delineación 874,18 euro mes
Delineante Proyectista 719,08 euro mes
Delineante 660,26 euro mes
Administrador de test 874,18 euro mes
Coordinador de Tratamiento Cuestionario 874,18 euro mes
Coordinador de Estudios 719,08 euro mes
Jefe de Equipo de Encuestas 874,18 euro mes
Jefe de Explotación 719,08 euro mes
Controlador 719,08 euro mes
Operador de Ordenadores 719,08 euro mes
Grupo 4º. Especialistas de Oficina.
Jefe de Máquinas Básicas 719,08 euro mes
Operador de Tabuladores 660,26 euro mes
Operador de Máquinas Básicas 625,54 euro mes
Dibujante 625,54 euro mes
Calcador 590,78 euro mes
Perforista, Verificador, Clasificador 590,78 euro mes
Inspector de Entrevistadores 660,26 euro mes
Entrevistador-Encuestador 625,54 euro mes
Encargado de Departamento de Reprografía 660,26 euro mes
Grupo 5º. Subalternos.
Conserje Mayor 521,37 euro mes
Conserje 517,62 euro mes
Cobradores de 18 a 19 años 517,62 euro mes
Cobradores de 20 a 23 años 518,12 euro mes
Cobradores de 24 a 27 años 519,22 euro mes
Cobradores de 28 años en adelante 533,81 euro mes
Portero 521,37 euro mes
Ordenanza 521,37 euro mes
Vigilante y Sereno 521,37 euro mes
Botones de 16 años 317,28 euro mes
Botones de 17 años 317,69 euro mes
Limpiador 2,59 euro hora
Grupo 6º. Oficios Varios.
Encargado 660,26 euro mes
Oficial de 1ª y Conductor 625,54 euro mes
Oficial de 2ª 593,44 euro mes
Ayudante y asimilados según Ordenanza 531,46 euro mes
Peón y Mozo 519,22 euro mes
__________________________________________________________________
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incre-
mentarse en un 3,1% sobre los determinados en el convenio.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de abril de 2002.
El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 67, viernes 23 de mayo de 2003)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el art. 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 01 de marzo de 2003. El incremento aplicado es del 3,8%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
SALARIO:
Grupo 1º. Titulados
Titulado de Grado Superior: 1279,20 € mes
Titulado de Grado Medio: 1024,45 € mes
Grupo 2º. Administrativos
Jefe Superior y Asimilados según ordenanzas: 1173,75 € mes
Jefe de Primera 1013,03 € mes
Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanza 906,79 € mes
Oficial de Primera y Asimilados según ordenanza 761.94 € mes
Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanza 685,35 € mes
Taquimecanógrafo: 767,67 € mes
Auxiliar de 18 a 19 años: 537,29 € mes
Auxiliar de 20 a 23 años: 537,81 € mes
Auxiliar de 24 a 27 años: 538,95 € mes
Auxiliar de 28 años en adelante: 551,62 € mes
Aspirante de 16 años: 341,97 € mes
Aspirante de 17 años: 345,30 € mes
Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 537,29 € mes
Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 537,81 € mes
Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 538,95 € mes
Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 551.62 € mes
Cajero con firma 793,57 € mes
Cajero sin firma 721,42 € mes
Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 537,29 € mes
Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 537,81 € mes
Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 538,95 € mes
Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 551,66 € mes
Grupo 3º. Técnicos de oficina
Jefe de Equipo de Informática 1013,03 € mes
Analista 1013,03 € mes
Programador-Ordenador: 1013,03 € mes
Programador de Maquinas Auxiliares: 907,40 € mes
Jefe de Delineación: 907,40 € mes
Delineante Proyectista 746,41 € mes
Delineante: 685,35 € mes
Administrador de test: 907,40 € mes
Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 907,40 € mes
Coordinador de Estudios: 746,41 € mes
Jefe de Equipo de Encuestas: 907,40 € mes
Jefe de Explotación: 746,41 € mes
Controlador: 746,41 € mes
Operador de Ordenadores: 748,41 € mes
Grupo 4º. Especialistas de Oficina
Jefe de Máquinas Básicas: 746,41 € mes
Operador de Tabuladores: 685,35 € mes
Operador de Máquinas Básicas: 649,31 € mes
Dibujante: 649,31 € mes
Calcador: 613,23 € mes
Perforista, Verificador, Clasificador: 613,23 € mes
Inspector de Entrevistadores: 685,35 € mes
Entrevistador-Encuestador: 649,31 € mes
Encargado de Departamento de Reprografía 685,35 € mes
Grupo 5º. Subalternos
Conserje Mayor: 541,18 € mes
Conserje: 537,29 € mes
Cobradores de 18 a 19 años: 537,29 € mes
Cobradores de 20 a 23 años: 537,81 € mes
Cobradores de 24 a 27 años: 538,95 € mes
Cobradores de 28 años en adelante: 554,09 € mes
Portero: 541,18 € mes
Ordenanza 541,18 € mes
Vigilante y Sereno: 541,18 € mes
Botones de 16 años: 329,34 € mes
Botones de 17 años: 329,76 € mes
Limpiador: 2,69 € hora
Grupo 6º. Oficios varios
Encargado: 685,35 € mes
Oficial de 1ª Conductor: 649,31 € mes
Oficial de 2ª: 615,99 € mes
Ayudante y Asimilados según ordenanza 551,66 € mes
Peón y Mozo: 538,95 € mes
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un: 3,8% sobre los determinados en el convenio.
Santa Cruz de Tenerife.
El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 49, miércoles 14 de abril de 2004)
De acuerdo con el artículo 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2004. El incremento aplicado es del 2.1%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incrementarse en un 2.1% sobre los determinados en el convenio.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de marzo de 2004.
El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.
CORRECCIÓN DE ERROR (BOP núm. 56, miércoles 28 de abril de 2004)
Vista la TABLA SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE OFICINAS Y DESPACHOS PARA EL AÑO 2004, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 49 de fecha 14 de abril de 2004.
Y teniendo en cuenta los siguientes:
Antecedentes.
Único: que en la publicación realizada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 14.04.2004 nº 49, se observa que por error de carácter material en la categoría de Titulado de Grado Superior dice: 1.036,06 euros/mes debiendo decir: 1.306,06 euros/mes y en la categoría Limpiador dice: 2,75 euros/mes debiendo decir: 2,75 euros/hora.
Al anterior hecho son de aplicación los siguientes:
Fundamentos de derecho.
Único: esta Dirección General de Trabajo es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los textos legales citados y demás normas de general aplicación, esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
1º.- Acordar publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia la Resolución que subsana el error material que aparece en la publicación en el B.O.P. de la Tabla Salarial del Convenio Colectivo Provincial de Oficinas y Despachos.
2º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2004.
El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 58, viernes 15 de abril de 2005)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el art. 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 01 de marzo de 2005. El incremento aplicado es del 3,3%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendía que sufrir la tabla salarial.
SALARIO:
Grupo 1º. Titulados.
Titulado de Grado Superior: 1.349,16 euros mes
Titulado de Grado Medio: 1.080,48 euros mes
Grupo 2º. Administrativos.
Jefe Superior y Asimilados según ordenanzas: 1.237,95 euros mes
Jefe de Primera: 1.068,43 euros mes
Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 956,38 euros mes
Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 803,61 euros mes
Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 722,83 euros mes
Taquimecanógrafo: 809,66 euros mes
Auxiliar de 18 a 19 años: 566,67 euros mes
Auxiliar de 20 a 23 años: 567,22 euros mes
Auxiliar de 24 a 27 años: 568,43 euros mes
Auxiliar de 28 años en adelante: 581,79 euros mes
Aspirante de 16 años: 360,67 euros mes
Aspirante de 17 años: 364,18 euros mes
Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 566,67 euros mes
Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 567,22 euros mes
Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 568,43 euros mes
Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 581,79 euros mes
Cajero con firma: 836,97 euros mes
Cajero sin firma: 760,88 euros mes
Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 566,67 euros mes
Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 567,22 euros mes
Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 568,43 euros mes
Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 581,83 euros mes
Grupo 3º. Técnicos de Oficina.
Jefe de Equipo de Informática: 1.068,43 euros mes
Analista: 1.068,43 euros mes
Programador-Ordenador: 1.068,43 euros mes
Programador de Maquinas Auxiliares: 957,03 euros mes
Jefe de Delineación: 957,03 euros mes
Delineante Proyectista: 787,23 euros mes
Delineante: 722,83 euros mes
Administrador de test: 957,03 euros mes
Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 957,03 euros mes
Coordinador de Estudios: 787,23 euros mes
Jefe de Equipo de Encuestas: 957,03 euros mes
Jefe de Explotación: 787,23 euros mes
Controlador: 787,23 euros mes
Operador de Ordenadores: 787,23 euros mes
Grupo 4º. Especialistas de Oficina.
Jefe de Máquinas Básicas: 787,23 euros mes
Operador de Tabuladores: 722,83 euros mes
Operador de Máquinas Básicas: 684,83 euros mes
Dibujante: 684,83 euros mes
Calcador: 646,77 euros mes
Perforista, Verificador, Clasificador: 646,77 euros mes
Inspector de Entrevistadores: 722,83 euros mes
Entrevistador-Encuestador: 684,83 euros mes
Encargado de Departamento de Reprografía: 722,83 euros mes
Grupo 5º. Subalternos.
Conserje Mayor: 570,77 euros mes
Conserje: 566,67 euros mes
Cobradores de 18 a 19 años: 566,67 euros mes
Cobradores de 20 a 23 años: 567,22 euros mes
Cobradores de 24 a 27 años: 568,43 euros mes
Cobradores de 28 años en adelante: 584,40 euros mes
Portero: 570,77 euros mes
Ordenanza: 570,77 euros mes
Vigilante y Sereno: 570,77 euros mes
Botones de 16 años: 347,36 euros mes
Botones de 17 años: 347,79 euros mes
Limpiador: 2,84 euros hora
Grupo 6º. Oficios Varios.
Encargado: 722,83 euros mes
Oficial de 1ª Conductor: 684,83 euros mes
Oficial de 2ª: 649,68 euros mes
Ayudante y Asimilados según ordenanza: 581,83 euros mes
Peón y Mozo: 568,43 euros mes
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 3,3% sobre los determinados en el convenio.
Agustín Hernández Miranda, Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2005.
REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 56 – Lunes, 17 de abril de 2006)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el artículo 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 1 de marzo de 2006. El incremento aplicado es del 4%.
Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
CATEGORÍAS PROFESIONALES – SALARIO:
Grupo 1º. Titulados.
Titulado de Grado Superior: 1.403,13 euros mes
Titulado de Grado Medio: 1.123,70 euros mes
Grupo 2º. Administrativos.
Jefe Superior y Asimilados según ordenanzas: 1.287,47 euros mes
Jefe de Primera: 1.111,17 euros mes
Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 994,64 euros mes
Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 835,75 euros mes
Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 751,74 euros mes
Taquimecanógrafo: 842,05 euros mes
Auxiliar de 18 a 19 años: 589,34 euros mes
Auxiliar de 20 a 23 años: 589,91 euros mes
Auxiliar de 24 a 27 años: 591,17 euros mes
Auxiliar de 28 años en adelante: 605,06 euros mes
Aspirante de 16 años: 375,10 euros mes
Aspirante de 17 años: 378,75 euros mes
Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 589,34 euros mes
Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 589,91 euros mes
Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 591,17 euros mes
Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 605,06 euros mes
Cajero con firma: 870,45 euros mes
Cajero sin firma: 791,32 euros mes
Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 589,34 euros mes
Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 589,91 euros mes
Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 591,17 euros mes
Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 605,10 euros mes
Grupo 3º. Técnicos de Oficina.
Jefe de Equipo de Informática: 1.111,17 euros mes
Analista: 1.111,17 euros mes
Programador-Ordenador: 1.111,17 euros mes
Programador de Máquinas Auxiliares: 995,31 euros mes
Jefe de Delineación: 995,31 euros mes
Delineante Proyectista: 818,72 euros mes
Delineante: 751,74 euros mes
Administrador de Test: 995,31 euros mes
Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 995,31 euros mes
Coordinador de Estudios: 818,72 euros mes
Jefe de Equipo de Encuestas: 995,31 euros mes
Jefe de Explotación: 818,72 euros mes
Controlador: 818,72 euros mes
Operador de Ordenadores: 818,72 euros mes
Grupo 4º. Especialistas de Oficina.
Jefe de Máquinas Básicas: 818,72 euros mes
Operador de Tabuladores: 751,74 euros mes
Operador de Máquinas Básicas: 712,22 euros mes
Dibujante: 712,22 euros mes
Calcador: 672,64 euros mes
Perforista, Verificador, Clasificador: 672,64 euros mes
Inspector de Entrevistadores: 751,74 euros mes
Entrevistador-Encuestador: 712,22 euros mes
Encargado de Departamento de Reprografía: 751,74 euros mes
Grupo 5º. Subalternos.
Conserje Mayor: 593,60 euros mes
Conserje: 589,34 euros mes
Cobradores de 18 a 19 años: 589,34 euros mes
Cobradores de 20 a 23 años: 589,91 euros mes
Cobradores de 24 a 27 años: 591,17 euros mes
Cobradores de 28 años en adelante: 607,78 euros mes
Portero: 593,60 euros mes
Ordenanza: 593,60 euros mes
Vigilante y Sereno: 593,60 euros mes
Botones de 16 años: 361,25 euros mes
Botones de 17 años: 361,70 euros mes
Limpiador: 2,95 euros hora
Grupo 6º. Oficios Varios.
Encargado: 751,74 euros mes
Oficial de 1ª Conductor: 712,22 euros mes
Oficial de 2ª: 675,67 euros mes
Ayudante y Asimilados según ordenanza: 605,10 euros mes
Peón y Mozo: 591,17 euros mes
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 4% sobre los determinados en el convenio.
Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo de 2006.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 48, jueves 5 de abril de 2007)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el artículo 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 1 de marzo de 2005. El incremento aplicado es del 2,4%. Dicho valor es provisional, de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 2,4 sobre los determinados en el convenio.
Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de marzo de 2007.
CORRECCIÓN DE ERROR (BOP núm. 63, sábado 5 de mayo de 2007)
Vista la resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 23 de marzo de 2007 por la que se acordaba la inscripción y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la actividad de oficinas y despachos para el año 2007.
Y teniendo en cuenta los siguientes Antecedentes.
Único: que en la publicación realizada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 05.04.2007, nº 48, de la citada revisión, se observa que, por error de carácter material, al señalarse que la tabla salarial del Convenio Colectivo para el sector de oficinas y despachos, “regirá para dicha actividad la de 1 de marzo de 2005”, cuando debería decir “regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2007.
Al anterior hecho son de aplicación los siguientes Fundamentos de derecho.
Primero: esta Dirección General de Trabajo es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, R.D.L. 1/95, de 24 de marzo, artículo 2,b) del R.D. 1.040/81, de 22 de mayo (B.O.E. 06.06.81), R.D. 1.033/84, de 11 de abril (B.O.E. 01.06.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B.O.C. 15.12.95).
Segundo: que de acuerdo con el art. 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración Pública podrá rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de parte, los errores materiales que se produzcan en sus actos administrativos, y en el presente caso se ha comprobado la incorrecta publicación de la revisión del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de oficinas y despachos de esta Provincia.
Vistos los textos legales citados y demás normas de general aplicación, esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
1º.- Acordar publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia la presente resolución que subsana el error material que aparece en la publicación en el B.O.P. de la tabla salarial del Convenio Colectivo Provincial de oficinas y despachos.
2º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Pedro Tomás Pino Pérez, el Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de abril de 2007.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 72, miércoles 9 de abril de 2008)
Código Convenio 3801125.
De acuerdo con el art. 3° del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 01 de marzo de 2008. El incremento aplicado es del 4,4%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 4,4% sobre los determinados en el convenio.
Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2008.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 70, miércoles 15 de abril de 2009)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el art. 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 01 de marzo de 2009. El incremento aplicado es del 0,7%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
CATEGORÍAS PROFESIONALES – SALARIO:
GRUPO 1º. TITULADOS.
TITULADO DE GRADO SUPERIOR: 1.510,53 EUROS MES
TITULADO DE GRADO MEDIO: 1.209,71 EUROS MES
GRUPO 2º. ADMINISTRATIVOS.
JEFE SUPERIOR Y ASIMILADOS: 1.386,01 EUROS MES
JEFE DE PRIMERA: 1.196,22 EUROS MES
JEFE DE SEGUNDA Y ASIMILADOS: 1.070,76 EUROS MES
OFICIAL DE PRIMERA Y ASIMILADOS: 899,72 EUROS MES
OFICIAL DE SEGUNDA Y ASIMILADOS: 809,28 EUROS MES
TAQUIMECANÓGRAFO: 906,50 EUROS MES
AUXILIAR DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES
AUXILIAR DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES
AUXILIAR DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES
AUXILIAR DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 651,37 EUROS MES
ASPIRANTE DE 16 AÑOS: 403,81 EUROS MES
ASPIRANTE DE 17 AÑOS: 407,73 EUROS MES
TELEFONISTA Y VISITADOR DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES
TELEFONISTA Y VISITADOR DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES
TELEFONISTA Y VISITADOR DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES
TELEFONISTA Y VISITADOR DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 651,37 EUROS MES
CAJERO CON FIRMA: 937,07 EUROS MES
CAJERO SIN FIRMA: 851,88 EUROS MES
AUXILIAR DE CAJA DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES
AUXILIAR DE CAJA DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES
AUXILIAR DE CAJA DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES
AUXILIAR DE CAJA DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 651,41 EUROS MES
GRUPO 3º. TÉCNICOS DE OFICINA.
JEFE DE EQUIPO DE INFORMÁTICA: 1.196,22 EUROS MES
ANALISTA: 1.196,22 EUROS MES
PROGRAMADOR-ORDENADOR: 1.196,22 EUROS MES
PROGRAMADOR DE MAQUINAS AUXILIARES: 1.071,49 EUROS MES
JEFE DE DELINEACIÓN: 1.071,49 EUROS MES
DELINEANTE PROYECTISTA: 881,39 EUROS MES
DELINEANTE: 809,28 EUROS MES
ADMINISTRADOR DE TEST: 1.071,49 EUROS MES
COORDINADOR DE TRATAMIENTO CUESTIONARIO: 1.071,49 EUROS MES
COORDINADOR DE ESTUDIOS: 881,39 EUROS MES
JEFE DE EQUIPO DE ENCUESTAS: 1.071,49 EUROS MES
JEFE DE EXPLOTACIÓN: 881,39 EUROS MES
CONTROLADOR: 881,39 EUROS MES
OPERADOR DE ORDENADORES: 881,39 EUROS MES
GRUPO 4º. ESPECIALISTAS DE OFICINA.
JEFE DE MÁQUINAS BÁSICAS: 881,39 EUROS MES
OPERADOR DE TABULADORES: 809,28 EUROS MES
OPERADOR DE MÁQUINAS BÁSICAS: 766,73 EUROS MES
DIBUJANTE: 766,73 EUROS MES
CALCADOR: 724,12 EUROS MES
PERFORISTA, VERIFICADOR, CLASIFICADOR: 724,12 EUROS MES
INSPECTOR DE ENTREVISTADORES: 809,28 EUROS MES
ENTREVISTADOR-ENCUESTADOR: 766,73 EUROS MES
ENCARGADO DE DEPARTAMENTO DE REPROGRAFÍA: 809,28 EUROS MES
GRUPO 5º. SUBALTERNOS.
CONSERJE MAYOR: 639,04 EUROS MES
CONSERJE: 634,44 EUROS MES
COBRADORES DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES
COBRADORES DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES
COBRADORES DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES
COBRADORES DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 654,30 EUROS MES
PORTERO: 639,04 EUROS MES
ORDENANZA: 639,04 EUROS MES
VIGILANTE Y SERENO: 639,04 EUROS MES
BOTONES DE 16 AÑOS: 388,90 EUROS MES
BOTONES DE 17 AÑOS: 389,39 EUROS MES
LIMPIADOR: 3,17 EUROS HORA
GRUPO 6º. OFICIOS VARIOS.
ENCARGADO: 809,28 EUROS MES
OFICIAL DE 1ª CONDUCTOR: 766,73 EUROS MES
OFICIAL DE 2ª: 727,39 EUROS MES
AYUDANTE Y ASIMILADOS SEGÚN ORDENANZA: 651,41 EUROS MES
PEÓN Y MOZO: 636,42 EUROS MES
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 0,7% sobre los determinados en el convenio.
Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de marzo de 2009.
REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 61, lunes 29 de marzo de 2010)
Código convenio: 3801125.
De acuerdo con el art. 3º del vigente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 01 de marzo de 2010. El incremento aplicado es del 0,8%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.
Categorías profesionales – Salario:
Grupo 1º. Titulados.
Titulado de Grado Superior: 1.522,61 euros mes
Titulado de Grado Medio: 1.219,39 euros mes
Grupo 2º. Administrativos.
Jefe Superior y Asimilados
según ordenanzas: 1.397,10 euros mes
Jefe de Primera: 1.205,79 euros mes
Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 1.079,33 euros mes
Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 906,92 euros mes
Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 815,75 euros mes
Taquimecanógrafo: 913,75 euros mes
Auxiliar de 18 a 19 años: 639,52 euros mes
Auxiliar de 20 a 23 años: 640,14 euros mes
Auxiliar de 24 a 27 años: 641,51 euros mes
Auxiliar de 28 años en adelante: 656,58 euros mes
Aspirante de 16 años: 407,04 euros mes
Aspirante de 17 años: 410,99 euros mes
Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 639,52 euros mes
Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 640,14 euros mes
Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 641,51 euros mes
Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 656,58 euros mes
Cajero con firma: 944,57 euros mes
Cajero sin firma: 858,70 euros mes
Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 639,52 euros mes
Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 640,14 euros mes
Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 641,51 euros mes
Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 656,62 euros mes
Grupo 3º. Técnicos de Oficina.
Jefe de Equipo de Informática: 1.205,79 euros mes
Analista: 1.205,79 euros mes
Programador-Ordenador: 1.205,79 euros mes
Programador de Máquinas Auxiliares: 1.080,06 euros mes
Jefe de Delineación: 1.080,06 euros mes
Delineante Proyectista: 888,44 euros mes
Delineante: 815,75 euros mes
Administrador de test: 1.080,06 euros mes
Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 1.080,06 euros mes
Coordinador de Estudios: 888,44 euros mes
Jefe de Equipo de Encuestas: 1.080,06 euros mes
Jefe de Explotación: 888,44 euros mes
Controlador: 888,44 euros mes
Operador de Ordenadores: 888,44 euros mes
Grupo 4º. Especialistas de Oficina.
Jefe de Máquinas Básicas: 888,44 euros mes
Operador de Tabuladores: 815,75 euros mes
Operador de Máquinas Básicas: 772,86 euros mes
Dibujante: 772,86 euros mes
Calcador: 729,91 euros mes
Perforista, Verificador, Clasificador: 729,91 euros mes
Inspector de Entrevistadores: 815,75 euros mes
Entrevistador-Encuestador: 772,86 euros mes
Encargado de Departamento de Reprografía: 815,75 euros mes
Grupo 5º. Subalternos.
Conserje Mayor: 644,15 euros mes
Conserje: 639,52 euros mes
Cobradores de 18 a 19 años: 639,52 euros mes
Cobradores de 20 a 23 años: 640,14 euros mes
Cobradores de 24 a 27 años: 641,51 euros mes
Cobradores de 28 años en adelante: 659,53 euros mes
Portero: 644,15 euros mes
Ordenanza: 644,15 euros mes
Vigilante y Sereno: 644,15 euros mes
Botones de 16 años: 392,01 euros mes
Botones de 17 años: 392,51 euros mes
Limpiador: 3,20 euros hora
Grupo 6º. Oficios Varios.
Encargado: 815,75 euros mes
Oficial de 1ª Conductor: 772,86 euros mes
Oficial de 2ª: 733,21 euros mes
Ayudante y Asimilados según ordenanza: 656,62 euros mes
Peón y Mozo: 641,51 euros mes
Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un: 0,8% sobre los determinados en el convenio.
Pedro T. Pino Pérez, Director General de Trabajo.