Convenio Colectivo delegaciones Comerciales del Ente Público Loterías y Apuestas del Estado

Características

Afecta a miles de trabajadores
Vigencia:
2010/01/01 - 2012/12/31

Duración: DOS AÑOS

Publicación:

2023/11/15

BOE 273

R. SALARIAL

Ámbito: Nacional
Área: España
Código: 90003231011986
Actualizacion: 2023/11/15
Convenio Colectivo Delegaciones Comerciales Del Ente Público Loterías y Apuestas Del Estado. Última actualización a: 15-11-2023 Vigencia de: 01-01-2010 a 31-12-2012. Duración DOS AÑOS. Última publicación en BOE 273 del tipo: R. SALARIAL.

El contenido puede mostrar el convenio anterior (comparar), revisa el índice para ir al actual.

REVISIÓN SALARIAL (BOE Núm. 273 – Miércoles 15 de noviembre de 2023)

Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga y revisión salarial para el año 2023 del Convenio colectivo estatal para las Delegaciones Comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.

Visto el texto del acuerdo de prórroga y revisión salarial para el año 2023 del Convenio colectivo estatal para las Delegaciones Comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (Código de convenio número 900003231011986), que fue suscrito con fecha 30 de agosto de 2023, de una parte por la Asociación de Delegados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, en representación de las empresas del sector, y de otra por la Asociación de Empleados de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de prórroga y revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de octubre de 2023.-El Director General de Trabajo, Ricardo Morón Prieto.

ACUERDO DE 30 DE AGOSTO DE 2023 POR EL QUE SE ESTABLECE MANTENER EL TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO FIRMADO EL 28 DE OCTUBRE DE 2010, PUBLICADO EL 14 DE MARZO DE 2011 EN EL BOE

Mediante Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica el Convenio Colectivo Estatal para las Delegaciones Comerciales de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, código de convenio número 900003231011986, y que fue prorrogado expresamente hasta la actualidad, en los términos que constan en resoluciones pertinentes de la Dirección General de Empleo, que ordenó la inscripción de los Acuerdos respectivos de Prórroga en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y que de conformidad con el texto del mismo mantuvo su vigencia hasta la actualidad.

Mantener el texto del convenio colectivo en los términos existentes, y

Prorrogar durante el año 2023 la vigencia del convenio en todo su contenido, estableciendo una subida del 3,5% desde el 1 de enero de 2023 sobre los conceptos retributivos recogidos en el convenio, así como sobre todos aquellos que se devenguen con carácter fijo o se encuentren consolidados.

Quedan excluidos aquellos de naturaleza variable.

Asimismo, acuerdan que una vez denunciado el convenio, todo el contenido del mismo, mantendrá su vigencia y aplicación hasta que se llegue a la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.

Las tablas puede mostrar años anteriores (comparar), desplaza hasta ver el año en curso

CONVENIO COLECTIVO DE LAS DELEGACIONES COMERCIALES DEL ENTE PÚBLICO EMPRESARIAL LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO







CONVENIO COLECTIVO (BOE núm. 62 - Lunes 14 de marzo de 2011)







Artículo 2. Vigencia, duración, prórroga y revisión primero de enero del año 2010 ... hasta el 31 de diciembre de 2011 y se entenderá prorrogado de año en año en tanto ...






Artículo 9. Gratificaciones extraordinarias 4 ... de una mensualidad del salario real






Artículo 12. Trabajo nocturno ... complemento 25% del salario convenio






Artículo 13. Desplazamientos 14 euros si el servicio impide que regrese a su domicilio a la hora de la comida






Artículo 14. Dietas

la cantidad de 78,13 euros por día completo
y de 30,05 euros en caso de media dieta,






Artículo 15. Quebranto de moneda 30,05 euros mensuales






ANEXO I.- TABLA SALARIAL




Categoría profesional Año 2009 Año 2010
Jefe administrativo 1.251,25 1.263,76
Oficial 1ª Administrativo 1.116,63 1.127,80
Oficial 2ª Administrativo 1.025,72 1.035,98
Auxiliar Administrativo 963,49 973,13
Ordenanza 968,78 978,47
Aspirante menor 18 años 839,14 847,53
Botones 16 a 18 años 804,58 812,63












REVISIÓN SALARIAL (BOE Núm. 205 - Martes 27 de agosto de 2019)







ANEXO N.º I




Categoría Profesional Año 2019
Jefe administrativo. 1.417,46
Oficial 1.ª 1.264,95
Oficial 2.ª 1.161,96
Auxiliar Administrativo. 1.091,47
Ordenanza. 1.097,46






ANEXO N.º II.- Plus salarial extraordinario para el año 2019,

a abonar por una sola vez y en un solo pago en el mes de julio de 2019 por los siguientes importes




Categoría Profesional Importe único
Jefe administrativo. 195,00
Oficial 1.ª 174,00
Oficial 2.ª 160,00
Auxiliar Administrativo. 150,00
Ordenanza. 151,00









REVISIÓN SALARIAL (BOE Núm. 108 - Viernes 6 de mayo de 2022)







ANEXO 1.- Tabla salarial




Categoría Profesional Año 2022
Jefe administrativo. 1.459,98
Oficial 1.ª. 1.302,90
Oficial 2.ª. 1.196,82
Auxiliar Administrativo. 1.124,21
Ordenanza. 1.130,38






ANEXO 2.




Categoría Profesional Importe único
Jefe administrativo. 225,00
Oficial 1.ª. 225,00
Oficial 2.ª. 225,00
Auxiliar Administrativo. 225,00
Ordenanza. 225,00
Puny 128
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