Convenio Colectivo Oficinas y despachos de Santa Cruz De Tenerife

Características

Afecta a miles de trabajadores
Vigencia:
1976/04/01 - 1978/03/31

Duración: DOS AÑOS

Publicación:

1976/04/16

BOP

Ámbito: Provincial
Área: Santa Cruz De Tenerife
Código: 38001125011972
Actualizacion: 1976/04/16
Convenio Colectivo Oficinas y Despachos. Última actualización a: 16-04-1976 Vigencia de: 01-04-1976 a 31-03-1978. Duración DOS AÑOS. Última publicación en BOP.

El contenido puede mostrar el convenio anterior (comparar), revisa el índice para ir al actual.

Índice

CONVENIO COLECTIVO (BOP de 16 de abril de 1976)

Artículo 1.º Ámbito funcional.

El presente convenio regulará las relaciones laborales de las Empresas y Trabajadores y Técnicos que se rigen por la Ordenanza Laboral de Trabajo para la actividad de Oficinas y Despachos.

Artículo 2.º Ámbito territorial.

Afectará a todos los centros de trabajo que se encuentren situados en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, aun cuando el domicilio social de la empresa radique fuera de la provincia.

Artículo 3.º Ámbito temporal.

Este convenio, a los efectos económicos entrará en vigor el día 1.º del mes en que sea homologado por la Autoridad Laboral, y su duración será de dos años a partir de dicha fecha, prorrogable tácitamente de año en año si no es denunciado expresamente por una de las partes con antelación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento o de sus prórrogas.

Transcurridos doce meses de vigencia de este convenio, la escala de salarios del mismo quedará modificado automáticamente en el tanto por 100 de variación experimentada por el índice del coste de vida en el conjunto nacional, según los índices del Instituto Nacional de Estadística en los doce meses anteriores.

Igualmente, para caso de prórroga tácita del convenio, se incrementará automáticamente la tabla salarial en el porcentaje de variación del índice del coste de vida en el conjunto nacional, según el INE, en los doce meses anteriores a su vencimiento y prórroga.

Artículo 4.º Tabla salarial.

A continuación se relacionan los sueldos y salarios que tendrán vigencia a partir de la efectividad de este convenio, para las diferentes categorías profesionales, quedando estos como a continuación se expresa.

Artículo 5.º Quebranto de moneda.

Se establece el importe de 400 pesetas mensuales en concepto de quebranto de moneda para Cajeros y Cobradores.

Artículo 6.º Horas extraordinarias.

Se abonarán teniendo en cuenta los haberes y salarios de este convenio, con un recargo del 40 por 100 las dos primeras; 50 por 100 para las siguientes: y el 140 por 100 las realizadas en domingos y festivos.

Artículo 7.º Gratificaciones extraordinarias.

Se establecen cuatro gratificaciones extraordinarias en marzo, 18 de julio, octubre y Navidad, consistente cada una de ellas en una mensualidad del salario base del convenio que rija en cada momento, incrementado con la antigüedad.

Artículo 8.º Aumentos por años de servicios.

Se establecen como aumento por años de servicio, trienios del 10 por 100 de los salarios de convenio que rijan en cada momento, devengados desde la fecha inicial de la prestación de servicios en la Empresa.

Artículo 9.º Vacaciones.

Todo el personal sujeto a este convenio, tendrá derecho al disfrute de una vacación anual de 30 días naturales.

En concepto de bolsa de vacaciones, se abonarán las siguientes cantidades al comienzo del disfrute de las mismas, si tal disfrute se produce en los casos que se cita:

4.500 pesetas si es en marzo, abril, mayo y octubre.

5.000 pesetas si es enero, febrero, noviembre y diciembre.

Artículo 10. Jornada de trabajo.

En aquellas actividades cuya jornada continuada ya la tienen establecida permanecerán con la misma, no obstante los restantes centros de trabajo cuya actividad se halle incluida por la Reglamentación en Oficinas y Despachos, podrán solicitar dicha jornada de la Autoridad Laboral competente.

Artículo 11. Dietas.

Cuando por necesidades de la Empresa venga un empleado obligado a trasladarse accidentalmente para efectuar trabajos que impliquen pernoctar fuera de su residencia, percibirá las siguientes dietas:

Personal titulado y jefes superiores: 1.500 pesetas diarias.

Jefes de primera y segunda: 1.200 pesetas diarias.

Oficiales y asimilados: 1.000 pesetas diarias.

Personal de Oficios varios y subalternos: 750 pesetas diarias.

Cuando no se pernocte fuera:

Personal Titulado, jefes superiores y jefes de primera y segunda: 500 pesetas diarias.

Oficiales y asimilados: 400 pesetas diarias.

Personal de oficios varios y subalternos: 300 pesetas diarias.

Asimismo los gastos de ida y vuelta serán abonados por la empresa.

Artículo 12. Ascensos.

El Oficial Administrativo de Segunda, al cumplir cinco años en su categoría, pasará automáticamente a la de Oficial Administrativo de Primera. El Jefe Administrativo de segunda al cumplir los tres años en su categoría de jefe superior. El Cobrador mayor de 28 años, al cumplir diez años en su categoría, quedará asimilado automáticamente, a efectos económicos, a Oficial Administrativo de Segunda. Asimismo el Oficial Administrativo de Primera, mayor de 40 años y con 20 años de antigüedad en la Empresa, quedará asimilado automáticamente a efectos económicos, a Jefe Administrativo de Segunda.

Artículo 13. Enfermedad.

En caso de baja por enfermedad o accidente laboral, ambos de carácter transitorio, las empresas abonarán al trabajador la diferencia resultante entre lo que le abone la Seguridad Social y el sueldo real que perciba.

Artículo 14. Prestaciones asistenciales.

Las Empresas abonarán en el momento de la jubilación o de fallecimiento, las siguientes gratificaciones: De 1 a 10 años de servicios activos en la Empresa, dos mensualidades de sueldo y antigüedad. De 11 a 20 años de servicios activos en la Empresa, cuatro mensualidades de sueldo y antigüedad. De más de 20 años de servicios activos en la Empresa, cinco mensualidades de sueldo y antigüedad. En caso de fallecimiento, esta ayuda económica se hará efectiva a los familiares beneficiarios que le corresponda según la normativa que fija el Mutualismo Laboral para este tipo de pensiones.

Artículo 15. Comisión interpretativa.

Se constituye una Comisión Mixta Interpretativa, compuesta por el Presidente del Sindicato de Actividades Diversas, que la presidirá el Secretario mismo; que actuará de Secretario de la Comisión; y como Vocales el Presidente de la Unión de Trabajadores y Técnicos, Presidente de la Unión de Empresarios, Presidente Social y Económico de las Agrupaciones de Oficinas y Despachos.

Artículo 16. Repercusión en precios.

Ambas partes convienen en hacer expresa declaración de que las mejoras estipuladas en este convenio no tendrán repercusión en los precios.

TABLA.

__________________________________________________________________

PTAS./MES

__________________________________________________________________

GRUPO I.- TITULADOS

Titulados de grado superior 27.660

Titulados de grado medio 22.200

GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS

Jefe de superior y asimilados según Ordenanza 25.380

Jefe de primera 21.900

Jefe de segunda y asimilados según Ordenanza 19.620

Oficial de primera y asimilados según Ordenanza 16.140

Oficial de segunda y asimilados según Ordenanza 14.820

Taquimecanógrafos 16.600

Auxiliar de 18 y 19 años 8.580

Auxiliar de 20 a 23 años 9.900

Auxiliar de 24 a 27 años 10.800

Auxiliar de 28 años en adelante 11.520

Aspirante de 14 años 6.840

Aspirante de 15 años 7.080

Aspirante de 16 años 7.320

Aspirante de 17 años 7.560

Telefonista y visitador de 18 a 19 años 8.580

Telefonista y visitador de 20 a 23 años 9.900

Telefonista y visitador de 24 a 27 años 10.800

Telefonista de 28 años en adelante 11.520

Cajero con firma 17.160

Cajero sin firma 15.600

Auxiliar de caja de 18 y 19 años 8.580

Auxiliar de caja de 20 a 23 años 9.900

Auxiliar de caja de 24 a 27 años 10.800

Auxiliar de caja de 28 años en adelante 11.520

GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA

Jefe de equipo de informática 21.900

Analista 21.900

Programador ordenador 21.900

Programador de máquinas auxiliares 19.620

Jefe de delineación 19.620

Delineantes proyectistas 16.140

Delineantes 14.820

Administrador de test 19.620

Coordinador de tratamiento de cuestionarios 19.620

Coordinador de estudios 16.140

Jefe de equipo en encuestas 16.140

Jefe de explotación 19.620

Controlador 16.140

Operador de ordenador 16.140

GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA

Jefe de máquinas básicas 16.140

Operador de tabuladores 14.820

Operadores de máquinas básicas 14.040

Dibujantes 14.040

Calcador 13.260

Perforistas, verificadores, clasificadores 13.260

Inspectores de entrevistadores 14.820

Entrevistadores encuestadores 14.040

Encargado de departamento de reprografía 14.820

GRUPO V.- SUBALTERNOS

Conserje mayor 11.400

Conserje 11.000

Cobrador de 18 y 19 años 8.580

Cobrador de 20 a 23 años 9.900

Cobrador de 24 a 27 años 10.800

Cobrador de 28 años en adelante 12.720

Portero 11.400

Ordenanza 11.400

Vigilante y sereno 11.400

Botones de 14 años 4.860

Botones de 15 años 4.860

Botones de 16 años 6.480

Botones de 17 años 6.600

Limpiadoras (por hora) 45

GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS

Encargado 14.820

Oficial de primera y conductores 14.040

Oficial de segunda 13.320

Ayudantes y asimilados según Ordenanza 11.520

Peones y mozos 10.800

__________________________________________________________________

REVISIÓN SALARIAL (BOP de 5 de junio de 1998)

De acuerdo con el artículo 3 del vigente convenio colectivo de trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 1998, el incremento aplicado es del 1,8 por ciento. Dicho valor es provisional, de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

__________________________________________________________________

PTAS./MES

__________________________________________________________________

GRUPO I.- TITULADOS

Titulado de grado superior 182.734

Titulado de grado medio 146.342

GRUPO II.- ADMINISTRATIVO

Jefe superior y asimilados según ordenanzas 167.669

Jefe de primera 144.711

Jefe de segunda y asimilados según ordenanzas 129.534

Oficial de primera y asimilados según ordenanzas 108.844

Oficial de segunda y asimilados según ordenanzas 97.903

Taquimecanógrafo 109.662

Auxiliar de 18 y 19 años 76.752

Auxiliar de 20 a 23 años 76.825

Auxiliar de 24 a 27 años 76.989

Auxiliar de 28 años en adelante 78.799

Aspirante de 16 años 48.850

Aspirante de 17 años 49.327

Telefonista y visitador de 18 y 19 años 76.752

Telefonista y visitador de 20 a 23 años 76.825

Telefonista y visitador de 24 a 27 años 76.989

Telefonista y visitador de 28 años en adelante 78.799

Cajero con firma 113.361

Cajero sin firma 103.055

Auxiliar de caja de 18 y 19 años 76.752

Auxiliar de caja de 20 a 23 años 76.825

Auxiliar de caja de 24 a 27 años 76.989

Auxiliar de caja de 28 años en adelante 78.803

GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA

Jefe de equipo de informática 144.711

Analista 144.711

Programador–ordenador 144.711

Programador de máquinas auxiliares 129.621

Jefe de delineación 129.621

Delineante proyectista 106.624

Delineante 97.903

Administrador de test 129.622

Coordinador de tratamiento cuestionario 129.622

Coordinador de estudios 106.624

Jefe de equipo de encuestas 129.622

Jefe de explotación 106.624

Controlador 106.624

Operador de ordenadores 106.624

GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA

Jefe de máquinas básicas 106.624

Operador de tabuladores 97.903

Operador de máquinas básicas 92.752

Dibujantes 92.752

Calcador 87.601

Perforista, verificador, clasificador 87.501

Inspector de entrevistadores 97.903

Entrevistador–encuestador 92.752

Encargado de departamento de reprografía 97.903

GRUPO V.- SUBALTERNOS

Conserje mayor 77.307

Conserje 76.752

Cobradores de 18 y 19 años 76.752

Cobradores de 20 a 23 años 76.825

Cobradores de 24 a 27 años 76.989

Cobradores de 18 años en adelante 79.152

Portero 77.307

Ordenanza 77.307

Vigilantes y serenos 77.307

Botones de 16 años 47.045

Botones de 17 años 47.106

Limpiadores (hora) 383

GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS

Encargado 97.903

Oficial de primera y conductores 92.752

Oficial de segunda 87.994

Ayudante y asimilados según ordenanza 78.803

Peones y mozos 76.989

__________________________________________________________________

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-

tarse en un 1,8 por 100 sobre los determinados en el Convenio.

REVISIÓN SALARIAL (BOP de 12 de abril de 1999)

De acuerdo con el artículo 3 del vigente convenio colectivo de trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 1999, el incremento aplicado es del 1,8 por 100. Dicho valor es provisional de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

__________________________________________________________________

PTAS./MES

__________________________________________________________________

GRUPO I.- TITULADOS

Titulado de grado superior 186.023

Titulado de grado medio 148.976

GRUPO II.- ADMINISTRATIVO

Jefe superior y asimilados según ordenanzas 170.687

Jefe de primera 147.316

Jefe de segunda y asimilados según ordenanzas 131.866

Oficial de primera y asimilados según ordenanzas 110.803

Oficial de segunda y asimilados según ordenanzas 99.665

Taquimecanógrafo 111.636

Auxiliar de 18 y 19 años 78.134

Auxiliar de 20 a 23 años 78.208

Auxiliar de 24 a 27 años 78.375

Auxiliar de 28 años en adelante 80.217

Aspirante de 16 años 49.729

Aspirante de 17 años 50.215

Telefonista y visitador de 18 y 19 años 78.134

Telefonista y visitador de 20 a 23 años 78.208

Telefonista y visitador de 24 a 27 años 78.375

Telefonista y visitador de 28 años en adelante 80.217

Cajero con firma 115.401

Cajero sin firma 104.910

Auxiliar de caja de 18 y 19 años 78.134

Auxiliar de caja de 20 a 23 años 78.208

Auxiliar de caja de 24 a 27 años 78.375

Auxiliar de caja de 28 años en adelante 80.221

GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA

Jefe de equipo de informática 147.316

Analista 147.316

Programador–ordenador 147.316

Programador de máquinas auxiliares 131.954

Jefe de delineación 131.954

Delineante proyectista 108.543

Delineante 99.665

Administrador de test 131.955

Coordinador de tratamiento cuestionario 131.955

Coordinador de estudios 108.543

Jefe de equipo de encuestas 131.955

Jefe de explotación 108.543

Controlador 108.543

Operador de ordenadores 108.543

GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA

Jefe de máquinas básicas 108.543

Operador de tabuladores 99.665

Operador de máquinas básicas 94.422

Dibujantes 94.422

Calcador 89.178

Perforista, verificador, clasificador 89.178

Inspector de entrevistadores 99.665

Entrevistador–encuestador 94.422

Encargado de departamento de reprografía 99.665

GRUPO V.- SUBALTERNOS

Conserje mayor 78.699

Conserje 78.134

Cobradores de 18 y 19 años 78.134

Cobradores de 20 a 23 años 78.208

Cobradores de 24 a 27 años 78.375

Cobradores de 18 años en adelante 80.577

Portero 78.699

Ordenanza 78.699

Vigilantes y serenos 78.699

Botones de 16 años 47.892

Botones de 17 años 47.954

Limpiadores (hora) 390

GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS

Encargado 99.665

Oficial de primera y conductores 94.422

Oficial de segunda 89.578

Ayudante y asimilados según ordenanza 80.221

Peones y mozos 78.375

__________________________________________________________________

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-

tarse en un 1,8 por 100 sobre los determinados en el convenio.

REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 36, viernes 24 de marzo de 2000)

De acuerdo con el artículo 32 del vigente Convenio Colectivo de

Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia,

se ha confeccionado la siguiente Tabla Salarial que regirá para

dicha actividad desde el 1 de marzo de 2000. El incremento aplica-

do es del 3%. Dicho valor es provisional, de sufrir modificación,

en igual medida la tendría que sufrir la Tabla Salarial.

__________________________________________________________________

PTAS./MES

__________________________________________________________________

GRUPO I.- TITULADOS

Titulado de grado superior 191.604

Titulado de grado medio 153.445

GRUPO II.- ADMINISTRATIVO

Jefe superior y asimilados según ordenanzas 175.808

Jefe de primera 151.735

Jefe de segunda y asimilados según ordenanzas 135.822

Oficial de primera y asimilados según ordenanzas 114.127

Oficial de segunda y asimilados según ordenanzas 102.655

Taquimecanógrafo 114.985

Auxiliar de 18 y 19 años 80.478

Auxiliar de 20 a 23 años 80.554

Auxiliar de 24 a 27 años 80.726

Auxiliar de 28 años en adelante 82.624

Aspirante de 16 años 51.221

Aspirante de 17 años 51.721

Telefonista y visitador de 18 y 19 años 80.478

Telefonista y visitador de 20 a 23 años 80.554

Telefonista y visitador de 24 a 27 años 80.726

Telefonista y visitador de 28 años en adelante 82.624

Cajero con firma 118.863

Cajero sin firma 108.057

Auxiliar de caja de 18 y 19 años 80.478

Auxiliar de caja de 20 a 23 años 80.554

Auxiliar de caja de 24 a 27 años 80.726

Auxiliar de caja de 28 años en adelante 82.628

GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA

Jefe de equipo de informática 151.735

Analista 151.735

Programador–ordenador 151.735

Programador de máquinas auxiliares 135 913

Jefe de delineación 135.913

Delineante proyectista 111.799

Delineante 102.655

Administrador de test 135.914

Coordinador de tratamiento cuestionario 135.914

Coordinador de estudios 111.799

Jefe de equipo de encuestas 135.914

Jefe de explotación 111.799

Controlador 111.799

Operador de ordenadores 111.799

GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA

Jefe de máquinas básicas 111.799

Operador de tabuladores 102.655

Operador de máquinas básicas 97.255

Dibujantes 97.255

Calcador 91.853

Perforista, verificador, clasificador 91.853

Inspector de entrevistadores 102.655

Entrevistador–encuestador 97.255

Encargado de departamento de reprografía 102.655

GRUPO V.- SUBALTERNOS

Conserje mayor 81.060

Conserje 80.478

Cobradores de 18 y 19 años 80.478

Cobradores de 20 a 23 años 80.554

Cobradores de 24 a 27 años 80.726

Cobradores de 18 años en adelante 82.994

Portero 81.060

Ordenanza 81.060

Vigilantes y serenos 81.060

Botones de 16 años 49.329

Botones de 17 años 49.593

Limpiadores (hora) 402

GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS

Encargado 102.655

Oficial de primera y conductores 97.255

Oficial de segunda 92.265

Ayudante y asimilados según ordenanza 82.628

Peones y mozos 80.726

__________________________________________________________________

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-

tarse en un 3% sobre los determinados en el convenio.

REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 45, viernes 13 de abril de 2001)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el art. 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2001. El incremento aplicado es del 3,8%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

1 euro = 166,386 pts.

__________________________________________________________________

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO SALARIO

PTS./MES EUROS/MES

__________________________________________________________________

GRUPO I.- TITULADOS

Titulado de grado superior 198.885 1.195,32

Titulado de grado medio 159.276 957,27

GRUPO II.- ADMINISTRATIVO

Jefe superior y asimilados según ordenanzas 182.489 1.096,78

Jefe de 1ª 157.501 946,60

Jefe de 2ª y asimilados según ordenanzas 140.983 847,32

Oficial de 1ª y asimilados según ordenanzas 118.464 711,98

Oficial de 2ª y asimilados según ordenanzas 106.556 640,41

Taquimecanógrafo 119.354 717,33

Auxiliar de 18 y 19 años 83.536 502,06

Auxiliar de 20 a 23 años 83.615 502,54

Auxiliar de 24 a 27 años 83.794 503,61

Auxiliar de 28 años en adelante 85.764 515,45

Aspirante de 16 años 53.167 319,54

Aspirante de 17 años 53.686 322,66

Telefonista y visitador de 18 y 19 años 83.536 502,06

Telefonista y visitador de 20 a 23 años 83.615 502,54

Telefonista y visitador de 24 a 27 años 83.794 503,61

Telefonista y visitador 28 años en adelante 85.764 515,45

Cajero con firma 123.380 741,53

Cajero sin firma 112.163 674,11

Auxiliar de caja de 18 y 19 años 83.536 502,06

Auxiliar de caja de 20 a 23 años 83.615 502,54

Auxiliar de caja de 24 a 27 años 83.794 503,61

Auxiliar de caja de 28 años en adelante 85.768 515,48

GRUPO III.- TÉCNICOS DE OFICINA

Jefe de equipo de informática 157.501 946,60

Analista 157.501 946,60

Programador–ordenador 157.501 946,60

Programador de máquinas auxiliares 141.078 847,90

Jefe de delineación 141.078 847,90

Delineante proyectista 116.047 697,46

Delineante 106.556 640,41

Administrador de test 141.079 847,90

Coordinador de tratamiento cuestionario 141.079 847,90

Coordinador de estudios 116.047 697,46

Jefe de equipo de encuestas 141.079 847,90

Jefe de explotación 116.047 697,46

Controlador 116.047 697,46

Operador de ordenadores 116.047 697,46

GRUPO IV.- ESPECIALISTAS DE OFICINA

Jefe de máquinas básicas 116.047 697,46

Operador de tabuladores 106.556 640,41

Operador de máquinas básicas 100.951 606,73

Dibujantes 100.951 606,73

Calcador 95.343 573,02

Perforista, verificador, clasificador 95.343 573,02

Inspector de entrevistadores 106.556 640,41

Entrevistador–encuestador 100.951 606,73

Encargado de departamento de reprografía 106.556 640,41

GRUPO V.- SUBALTERNOS

Conserje mayor 84.140 505,69

Conserje 83.536 502,06

Cobradores de 18 y 19 años 83.536 502,06

Cobradores de 20 a 23 años 83.615 502,54

Cobradores de 24 a 27 años 83.794 503,61

Cobradores de 18 años en adelante 86.148 517,76

Portero 84.140 505,69

Ordenanza 84.140 505,69

Vigilantes y serenos 84.140 505,69

Botones de 16 años 51.204 307,74

Botones de 17 años 51.270 308,14

Limpiadores (hora) 417 hora 51 hora

GRUPO VI.- OFICIOS VARIOS

Encargado 106.556 640,41

Oficial de 1ª y conductores 100.951 606,73

Oficial de 2ª 95.771 575,60

Ayudante y asimilados según ordenanza 85.768 515,48

Peones y mozos 83.794 503,61

__________________________________________________________________

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incremen-

tarse en un 3’8% sobre los determinados en el convenio.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2001.- El Director Ge-

neral de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.

REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 47 – viernes, 19 de abril de 2002)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el art. 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2002. El incremento aplicado es del 3,1%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

__________________________________________________________________

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO

__________________________________________________________________

Grupo 1º. Titulados.

Titulado de Grado Superior 1.232,37 euro mes

Titulado de Grado Medio 986,95 euro mes

Grupo 2º. Administrativos.

Jefe Superior y asimilados según ordenanzas 1.130,78 euro mes

Jefe de Primera 975,94 euro mes

Jefe de Segunda y asimilados según Ordenanza 873,59 euro mes

Oficial de Primera y asimilados según Ordenanza 734,05 euro mes

Oficial de Segunda y asimilados según Ordenanza 660,26 euro mes

Taquimecanógrafo 739,57 euro mes

Auxiliar de 18 a 19 años 517,62 euro mes

Auxiliar de 20 a 23 años 518,12 euro mes

Auxiliar de 24 a 27 años 519,22 euro mes

Auxiliar de 28 años en adelante 531,43 euro mes

Aspirante de 16 años 329,45 euro mes

Aspirante de 17 años 332,66 euro mes

Telefonista y visitador de 18 a 19 años 517,62 euro mes

Telefonista y visitador de 20 a 23 años 518,12 euro mes

Telefonista y visitador de 24 a 27 años 519,22 euro mes

Telefonista y visitador de 28 años en adelante 531,43 euro mes

Cajero con firma 764,52 euro mes

Cajero sin firma 695,01 euro mes

Auxiliar de Caja de 18 a 19 años 517,62 euro mes

Auxiliar de Caja de 20 a 23 años 518,12 euro mes

Auxiliar de Caja de 24 a 27 años 519,22 euro mes

Auxiliar de Caja de 28 años en adelante 531,46 euro mes

Grupo 3º. Técnicos de Oficina.

Jefe de Equipo dé Informática 975,94 euro mes

Analista 975,94 euro mes

Programador-Ordenador 975,94 euro mes

Programador de Máquinas Auxiliares 874,18 euro mes

Jefe de Delineación 874,18 euro mes

Delineante Proyectista 719,08 euro mes

Delineante 660,26 euro mes

Administrador de test 874,18 euro mes

Coordinador de Tratamiento Cuestionario 874,18 euro mes

Coordinador de Estudios 719,08 euro mes

Jefe de Equipo de Encuestas 874,18 euro mes

Jefe de Explotación 719,08 euro mes

Controlador 719,08 euro mes

Operador de Ordenadores 719,08 euro mes

Grupo 4º. Especialistas de Oficina.

Jefe de Máquinas Básicas 719,08 euro mes

Operador de Tabuladores 660,26 euro mes

Operador de Máquinas Básicas 625,54 euro mes

Dibujante 625,54 euro mes

Calcador 590,78 euro mes

Perforista, Verificador, Clasificador 590,78 euro mes

Inspector de Entrevistadores 660,26 euro mes

Entrevistador-Encuestador 625,54 euro mes

Encargado de Departamento de Reprografía 660,26 euro mes

Grupo 5º. Subalternos.

Conserje Mayor 521,37 euro mes

Conserje 517,62 euro mes

Cobradores de 18 a 19 años 517,62 euro mes

Cobradores de 20 a 23 años 518,12 euro mes

Cobradores de 24 a 27 años 519,22 euro mes

Cobradores de 28 años en adelante 533,81 euro mes

Portero 521,37 euro mes

Ordenanza 521,37 euro mes

Vigilante y Sereno 521,37 euro mes

Botones de 16 años 317,28 euro mes

Botones de 17 años 317,69 euro mes

Limpiador 2,59 euro hora

Grupo 6º. Oficios Varios.

Encargado 660,26 euro mes

Oficial de 1ª y Conductor 625,54 euro mes

Oficial de 2ª 593,44 euro mes

Ayudante y asimilados según Ordenanza 531,46 euro mes

Peón y Mozo 519,22 euro mes

__________________________________________________________________

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incre-

mentarse en un 3,1% sobre los determinados en el convenio.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de abril de 2002.

El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 67, viernes 23 de mayo de 2003)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el art. 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 01 de marzo de 2003. El incremento aplicado es del 3,8%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

SALARIO:

Grupo 1º. Titulados

Titulado de Grado Superior: 1279,20 € mes

Titulado de Grado Medio: 1024,45 € mes

Grupo 2º. Administrativos

Jefe Superior y Asimilados según ordenanzas: 1173,75 € mes

Jefe de Primera 1013,03 € mes

Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanza 906,79 € mes

Oficial de Primera y Asimilados según ordenanza 761.94 € mes

Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanza 685,35 € mes

Taquimecanógrafo: 767,67 € mes

Auxiliar de 18 a 19 años: 537,29 € mes

Auxiliar de 20 a 23 años: 537,81 € mes

Auxiliar de 24 a 27 años: 538,95 € mes

Auxiliar de 28 años en adelante: 551,62 € mes

Aspirante de 16 años: 341,97 € mes

Aspirante de 17 años: 345,30 € mes

Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 537,29 € mes

Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 537,81 € mes

Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 538,95 € mes

Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 551.62 € mes

Cajero con firma 793,57 € mes

Cajero sin firma 721,42 € mes

Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 537,29 € mes

Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 537,81 € mes

Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 538,95 € mes

Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 551,66 € mes

Grupo 3º. Técnicos de oficina

Jefe de Equipo de Informática 1013,03 € mes

Analista 1013,03 € mes

Programador-Ordenador: 1013,03 € mes

Programador de Maquinas Auxiliares: 907,40 € mes

Jefe de Delineación: 907,40 € mes

Delineante Proyectista 746,41 € mes

Delineante: 685,35 € mes

Administrador de test: 907,40 € mes

Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 907,40 € mes

Coordinador de Estudios: 746,41 € mes

Jefe de Equipo de Encuestas: 907,40 € mes

Jefe de Explotación: 746,41 € mes

Controlador: 746,41 € mes

Operador de Ordenadores: 748,41 € mes

Grupo 4º. Especialistas de Oficina

Jefe de Máquinas Básicas: 746,41 € mes

Operador de Tabuladores: 685,35 € mes

Operador de Máquinas Básicas: 649,31 € mes

Dibujante: 649,31 € mes

Calcador: 613,23 € mes

Perforista, Verificador, Clasificador: 613,23 € mes

Inspector de Entrevistadores: 685,35 € mes

Entrevistador-Encuestador: 649,31 € mes

Encargado de Departamento de Reprografía 685,35 € mes

Grupo 5º. Subalternos

Conserje Mayor: 541,18 € mes

Conserje: 537,29 € mes

Cobradores de 18 a 19 años: 537,29 € mes

Cobradores de 20 a 23 años: 537,81 € mes

Cobradores de 24 a 27 años: 538,95 € mes

Cobradores de 28 años en adelante: 554,09 € mes

Portero: 541,18 € mes

Ordenanza 541,18 € mes

Vigilante y Sereno: 541,18 € mes

Botones de 16 años: 329,34 € mes

Botones de 17 años: 329,76 € mes

Limpiador: 2,69 € hora

Grupo 6º. Oficios varios

Encargado: 685,35 € mes

Oficial de 1ª Conductor: 649,31 € mes

Oficial de 2ª: 615,99 € mes

Ayudante y Asimilados según ordenanza 551,66 € mes

Peón y Mozo: 538,95 € mes

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un: 3,8% sobre los determinados en el convenio.

Santa Cruz de Tenerife.

El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 49, miércoles 14 de abril de 2004)

De acuerdo con el artículo 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2004. El incremento aplicado es del 2.1%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.



Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán incrementarse en un 2.1% sobre los determinados en el convenio.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de marzo de 2004.

El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.

CORRECCIÓN DE ERROR (BOP núm. 56, miércoles 28 de abril de 2004)

Vista la TABLA SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE OFICINAS Y DESPACHOS PARA EL AÑO 2004, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 49 de fecha 14 de abril de 2004.

Y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes.

Único: que en la publicación realizada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 14.04.2004 nº 49, se observa que por error de carácter material en la categoría de Titulado de Grado Superior dice: 1.036,06 euros/mes debiendo decir: 1.306,06 euros/mes y en la categoría Limpiador dice: 2,75 euros/mes debiendo decir: 2,75 euros/hora.

Al anterior hecho son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

Único: esta Dirección General de Trabajo es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vistos los textos legales citados y demás normas de general aplicación, esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

1º.- Acordar publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia la Resolución que subsana el error material que aparece en la publicación en el B.O.P. de la Tabla Salarial del Convenio Colectivo Provincial de Oficinas y Despachos.

2º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2004.

El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 58, viernes 15 de abril de 2005)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el art. 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 01 de marzo de 2005. El incremento aplicado es del 3,3%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendía que sufrir la tabla salarial.

SALARIO:

Grupo 1º. Titulados.

Titulado de Grado Superior: 1.349,16 euros mes

Titulado de Grado Medio: 1.080,48 euros mes

Grupo 2º. Administrativos.

Jefe Superior y Asimilados según ordenanzas: 1.237,95 euros mes

Jefe de Primera: 1.068,43 euros mes

Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 956,38 euros mes

Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 803,61 euros mes

Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 722,83 euros mes

Taquimecanógrafo: 809,66 euros mes

Auxiliar de 18 a 19 años: 566,67 euros mes

Auxiliar de 20 a 23 años: 567,22 euros mes

Auxiliar de 24 a 27 años: 568,43 euros mes

Auxiliar de 28 años en adelante: 581,79 euros mes

Aspirante de 16 años: 360,67 euros mes

Aspirante de 17 años: 364,18 euros mes

Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 566,67 euros mes

Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 567,22 euros mes

Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 568,43 euros mes

Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 581,79 euros mes

Cajero con firma: 836,97 euros mes

Cajero sin firma: 760,88 euros mes

Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 566,67 euros mes

Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 567,22 euros mes

Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 568,43 euros mes

Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 581,83 euros mes

Grupo 3º. Técnicos de Oficina.

Jefe de Equipo de Informática: 1.068,43 euros mes

Analista: 1.068,43 euros mes

Programador-Ordenador: 1.068,43 euros mes

Programador de Maquinas Auxiliares: 957,03 euros mes

Jefe de Delineación: 957,03 euros mes

Delineante Proyectista: 787,23 euros mes

Delineante: 722,83 euros mes

Administrador de test: 957,03 euros mes

Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 957,03 euros mes

Coordinador de Estudios: 787,23 euros mes

Jefe de Equipo de Encuestas: 957,03 euros mes

Jefe de Explotación: 787,23 euros mes

Controlador: 787,23 euros mes

Operador de Ordenadores: 787,23 euros mes

Grupo 4º. Especialistas de Oficina.

Jefe de Máquinas Básicas: 787,23 euros mes

Operador de Tabuladores: 722,83 euros mes

Operador de Máquinas Básicas: 684,83 euros mes

Dibujante: 684,83 euros mes

Calcador: 646,77 euros mes

Perforista, Verificador, Clasificador: 646,77 euros mes

Inspector de Entrevistadores: 722,83 euros mes

Entrevistador-Encuestador: 684,83 euros mes

Encargado de Departamento de Reprografía: 722,83 euros mes

Grupo 5º. Subalternos.

Conserje Mayor: 570,77 euros mes

Conserje: 566,67 euros mes

Cobradores de 18 a 19 años: 566,67 euros mes

Cobradores de 20 a 23 años: 567,22 euros mes

Cobradores de 24 a 27 años: 568,43 euros mes

Cobradores de 28 años en adelante: 584,40 euros mes

Portero: 570,77 euros mes

Ordenanza: 570,77 euros mes

Vigilante y Sereno: 570,77 euros mes

Botones de 16 años: 347,36 euros mes

Botones de 17 años: 347,79 euros mes

Limpiador: 2,84 euros hora

Grupo 6º. Oficios Varios.

Encargado: 722,83 euros mes

Oficial de 1ª Conductor: 684,83 euros mes

Oficial de 2ª: 649,68 euros mes

Ayudante y Asimilados según ordenanza: 581,83 euros mes

Peón y Mozo: 568,43 euros mes

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 3,3% sobre los determinados en el convenio.

Agustín Hernández Miranda, Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2005.

REVISIÓN SALARIAL (BOP Número 56 – Lunes, 17 de abril de 2006)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el artículo 3º del vigente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ESTA PROVINCIA, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 1 de marzo de 2006. El incremento aplicado es del 4%.

Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

CATEGORÍAS PROFESIONALES – SALARIO:

Grupo 1º. Titulados.

Titulado de Grado Superior: 1.403,13 euros mes

Titulado de Grado Medio: 1.123,70 euros mes

Grupo 2º. Administrativos.

Jefe Superior y Asimilados según ordenanzas: 1.287,47 euros mes

Jefe de Primera: 1.111,17 euros mes

Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 994,64 euros mes

Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 835,75 euros mes

Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 751,74 euros mes

Taquimecanógrafo: 842,05 euros mes

Auxiliar de 18 a 19 años: 589,34 euros mes

Auxiliar de 20 a 23 años: 589,91 euros mes

Auxiliar de 24 a 27 años: 591,17 euros mes

Auxiliar de 28 años en adelante: 605,06 euros mes

Aspirante de 16 años: 375,10 euros mes

Aspirante de 17 años: 378,75 euros mes

Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 589,34 euros mes

Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 589,91 euros mes

Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 591,17 euros mes

Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 605,06 euros mes

Cajero con firma: 870,45 euros mes

Cajero sin firma: 791,32 euros mes

Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 589,34 euros mes

Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 589,91 euros mes

Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 591,17 euros mes

Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 605,10 euros mes

Grupo 3º. Técnicos de Oficina.

Jefe de Equipo de Informática: 1.111,17 euros mes

Analista: 1.111,17 euros mes

Programador-Ordenador: 1.111,17 euros mes

Programador de Máquinas Auxiliares: 995,31 euros mes

Jefe de Delineación: 995,31 euros mes

Delineante Proyectista: 818,72 euros mes

Delineante: 751,74 euros mes

Administrador de Test: 995,31 euros mes

Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 995,31 euros mes

Coordinador de Estudios: 818,72 euros mes

Jefe de Equipo de Encuestas: 995,31 euros mes

Jefe de Explotación: 818,72 euros mes

Controlador: 818,72 euros mes

Operador de Ordenadores: 818,72 euros mes

Grupo 4º. Especialistas de Oficina.

Jefe de Máquinas Básicas: 818,72 euros mes

Operador de Tabuladores: 751,74 euros mes

Operador de Máquinas Básicas: 712,22 euros mes

Dibujante: 712,22 euros mes

Calcador: 672,64 euros mes

Perforista, Verificador, Clasificador: 672,64 euros mes

Inspector de Entrevistadores: 751,74 euros mes

Entrevistador-Encuestador: 712,22 euros mes

Encargado de Departamento de Reprografía: 751,74 euros mes

Grupo 5º. Subalternos.

Conserje Mayor: 593,60 euros mes

Conserje: 589,34 euros mes

Cobradores de 18 a 19 años: 589,34 euros mes

Cobradores de 20 a 23 años: 589,91 euros mes

Cobradores de 24 a 27 años: 591,17 euros mes

Cobradores de 28 años en adelante: 607,78 euros mes

Portero: 593,60 euros mes

Ordenanza: 593,60 euros mes

Vigilante y Sereno: 593,60 euros mes

Botones de 16 años: 361,25 euros mes

Botones de 17 años: 361,70 euros mes

Limpiador: 2,95 euros hora

Grupo 6º. Oficios Varios.

Encargado: 751,74 euros mes

Oficial de 1ª Conductor: 712,22 euros mes

Oficial de 2ª: 675,67 euros mes

Ayudante y Asimilados según ordenanza: 605,10 euros mes

Peón y Mozo: 591,17 euros mes

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 4% sobre los determinados en el convenio.

Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo de 2006.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 48, jueves 5 de abril de 2007)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el artículo 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 1 de marzo de 2005. El incremento aplicado es del 2,4%. Dicho valor es provisional, de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.


Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 2,4 sobre los determinados en el convenio.

Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de marzo de 2007.

CORRECCIÓN DE ERROR (BOP núm. 63, sábado 5 de mayo de 2007)

Vista la resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 23 de marzo de 2007 por la que se acordaba la inscripción y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la actividad de oficinas y despachos para el año 2007.

Y teniendo en cuenta los siguientes Antecedentes.

Único: que en la publicación realizada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 05.04.2007, nº 48, de la citada revisión, se observa que, por error de carácter material, al señalarse que la tabla salarial del Convenio Colectivo para el sector de oficinas y despachos, “regirá para dicha actividad la de 1 de marzo de 2005”, cuando debería decir “regirá para dicha actividad desde el 1 de marzo de 2007.

Al anterior hecho son de aplicación los siguientes Fundamentos de derecho.

Primero: esta Dirección General de Trabajo es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, R.D.L. 1/95, de 24 de marzo, artículo 2,b) del R.D. 1.040/81, de 22 de mayo (B.O.E. 06.06.81), R.D. 1.033/84, de 11 de abril (B.O.E. 01.06.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B.O.C. 15.12.95).

Segundo: que de acuerdo con el art. 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración Pública podrá rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de parte, los errores materiales que se produzcan en sus actos administrativos, y en el presente caso se ha comprobado la incorrecta publicación de la revisión del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de oficinas y despachos de esta Provincia.

Vistos los textos legales citados y demás normas de general aplicación, esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

1º.- Acordar publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia la presente resolución que subsana el error material que aparece en la publicación en el B.O.P. de la tabla salarial del Convenio Colectivo Provincial de oficinas y despachos.

2º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Pedro Tomás Pino Pérez, el Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de abril de 2007.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 72, miércoles 9 de abril de 2008)

Código Convenio 3801125.

De acuerdo con el art. 3° del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 01 de marzo de 2008. El incremento aplicado es del 4,4%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.



Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 4,4% sobre los determinados en el convenio.

Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2008.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 70, miércoles 15 de abril de 2009)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el art. 3º del vigente Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la siguiente tabla salarial que regirá para dicha actividad desde 01 de marzo de 2009. El incremento aplicado es del 0,7%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

CATEGORÍAS PROFESIONALES – SALARIO:

GRUPO 1º. TITULADOS.

TITULADO DE GRADO SUPERIOR: 1.510,53 EUROS MES

TITULADO DE GRADO MEDIO: 1.209,71 EUROS MES

GRUPO 2º. ADMINISTRATIVOS.

JEFE SUPERIOR Y ASIMILADOS: 1.386,01 EUROS MES

JEFE DE PRIMERA: 1.196,22 EUROS MES

JEFE DE SEGUNDA Y ASIMILADOS: 1.070,76 EUROS MES

OFICIAL DE PRIMERA Y ASIMILADOS: 899,72 EUROS MES

OFICIAL DE SEGUNDA Y ASIMILADOS: 809,28 EUROS MES

TAQUIMECANÓGRAFO: 906,50 EUROS MES

AUXILIAR DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES

AUXILIAR DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES

AUXILIAR DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES

AUXILIAR DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 651,37 EUROS MES

ASPIRANTE DE 16 AÑOS: 403,81 EUROS MES

ASPIRANTE DE 17 AÑOS: 407,73 EUROS MES

TELEFONISTA Y VISITADOR DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES

TELEFONISTA Y VISITADOR DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES

TELEFONISTA Y VISITADOR DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES

TELEFONISTA Y VISITADOR DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 651,37 EUROS MES

CAJERO CON FIRMA: 937,07 EUROS MES

CAJERO SIN FIRMA: 851,88 EUROS MES

AUXILIAR DE CAJA DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES

AUXILIAR DE CAJA DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES

AUXILIAR DE CAJA DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES

AUXILIAR DE CAJA DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 651,41 EUROS MES

GRUPO 3º. TÉCNICOS DE OFICINA.

JEFE DE EQUIPO DE INFORMÁTICA: 1.196,22 EUROS MES

ANALISTA: 1.196,22 EUROS MES

PROGRAMADOR-ORDENADOR: 1.196,22 EUROS MES

PROGRAMADOR DE MAQUINAS AUXILIARES: 1.071,49 EUROS MES

JEFE DE DELINEACIÓN: 1.071,49 EUROS MES

DELINEANTE PROYECTISTA: 881,39 EUROS MES

DELINEANTE: 809,28 EUROS MES

ADMINISTRADOR DE TEST: 1.071,49 EUROS MES

COORDINADOR DE TRATAMIENTO CUESTIONARIO: 1.071,49 EUROS MES

COORDINADOR DE ESTUDIOS: 881,39 EUROS MES

JEFE DE EQUIPO DE ENCUESTAS: 1.071,49 EUROS MES

JEFE DE EXPLOTACIÓN: 881,39 EUROS MES

CONTROLADOR: 881,39 EUROS MES

OPERADOR DE ORDENADORES: 881,39 EUROS MES

GRUPO 4º. ESPECIALISTAS DE OFICINA.

JEFE DE MÁQUINAS BÁSICAS: 881,39 EUROS MES

OPERADOR DE TABULADORES: 809,28 EUROS MES

OPERADOR DE MÁQUINAS BÁSICAS: 766,73 EUROS MES

DIBUJANTE: 766,73 EUROS MES

CALCADOR: 724,12 EUROS MES

PERFORISTA, VERIFICADOR, CLASIFICADOR: 724,12 EUROS MES

INSPECTOR DE ENTREVISTADORES: 809,28 EUROS MES

ENTREVISTADOR-ENCUESTADOR: 766,73 EUROS MES

ENCARGADO DE DEPARTAMENTO DE REPROGRAFÍA: 809,28 EUROS MES

GRUPO 5º. SUBALTERNOS.

CONSERJE MAYOR: 639,04 EUROS MES

CONSERJE: 634,44 EUROS MES

COBRADORES DE 18 A 19 AÑOS: 634,44 EUROS MES

COBRADORES DE 20 A 23 AÑOS: 635,06 EUROS MES

COBRADORES DE 24 A 27 AÑOS: 636,42 EUROS MES

COBRADORES DE 28 AÑOS EN ADELANTE: 654,30 EUROS MES

PORTERO: 639,04 EUROS MES

ORDENANZA: 639,04 EUROS MES

VIGILANTE Y SERENO: 639,04 EUROS MES

BOTONES DE 16 AÑOS: 388,90 EUROS MES

BOTONES DE 17 AÑOS: 389,39 EUROS MES

LIMPIADOR: 3,17 EUROS HORA

GRUPO 6º. OFICIOS VARIOS.

ENCARGADO: 809,28 EUROS MES

OFICIAL DE 1ª CONDUCTOR: 766,73 EUROS MES

OFICIAL DE 2ª: 727,39 EUROS MES

AYUDANTE Y ASIMILADOS SEGÚN ORDENANZA: 651,41 EUROS MES

PEÓN Y MOZO: 636,42 EUROS MES

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un 0,7% sobre los determinados en el convenio.

Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de marzo de 2009.

REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 61, lunes 29 de marzo de 2010)

Código convenio: 3801125.

De acuerdo con el art. 3º del vigente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de esta Provincia, se ha confeccionado la tabla salarial que regirá para dicha actividad desde el 01 de marzo de 2010. El incremento aplicado es del 0,8%. Dicho valor es provisional; de sufrir modificación, en igual medida la tendría que sufrir la tabla salarial.

Categorías profesionales – Salario:

Grupo 1º. Titulados.

Titulado de Grado Superior: 1.522,61 euros mes

Titulado de Grado Medio: 1.219,39 euros mes

Grupo 2º. Administrativos.

Jefe Superior y Asimilados

según ordenanzas: 1.397,10 euros mes

Jefe de Primera: 1.205,79 euros mes

Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 1.079,33 euros mes

Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 906,92 euros mes

Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 815,75 euros mes

Taquimecanógrafo: 913,75 euros mes

Auxiliar de 18 a 19 años: 639,52 euros mes

Auxiliar de 20 a 23 años: 640,14 euros mes

Auxiliar de 24 a 27 años: 641,51 euros mes

Auxiliar de 28 años en adelante: 656,58 euros mes

Aspirante de 16 años: 407,04 euros mes

Aspirante de 17 años: 410,99 euros mes

Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 639,52 euros mes

Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 640,14 euros mes

Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 641,51 euros mes

Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 656,58 euros mes

Cajero con firma: 944,57 euros mes

Cajero sin firma: 858,70 euros mes

Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 639,52 euros mes

Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 640,14 euros mes

Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 641,51 euros mes

Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 656,62 euros mes

Grupo 3º. Técnicos de Oficina.

Jefe de Equipo de Informática: 1.205,79 euros mes

Analista: 1.205,79 euros mes

Programador-Ordenador: 1.205,79 euros mes

Programador de Máquinas Auxiliares: 1.080,06 euros mes

Jefe de Delineación: 1.080,06 euros mes

Delineante Proyectista: 888,44 euros mes

Delineante: 815,75 euros mes

Administrador de test: 1.080,06 euros mes

Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 1.080,06 euros mes

Coordinador de Estudios: 888,44 euros mes

Jefe de Equipo de Encuestas: 1.080,06 euros mes

Jefe de Explotación: 888,44 euros mes

Controlador: 888,44 euros mes

Operador de Ordenadores: 888,44 euros mes

Grupo 4º. Especialistas de Oficina.

Jefe de Máquinas Básicas: 888,44 euros mes

Operador de Tabuladores: 815,75 euros mes

Operador de Máquinas Básicas: 772,86 euros mes

Dibujante: 772,86 euros mes

Calcador: 729,91 euros mes

Perforista, Verificador, Clasificador: 729,91 euros mes

Inspector de Entrevistadores: 815,75 euros mes

Entrevistador-Encuestador: 772,86 euros mes

Encargado de Departamento de Reprografía: 815,75 euros mes

Grupo 5º. Subalternos.

Conserje Mayor: 644,15 euros mes

Conserje: 639,52 euros mes

Cobradores de 18 a 19 años: 639,52 euros mes

Cobradores de 20 a 23 años: 640,14 euros mes

Cobradores de 24 a 27 años: 641,51 euros mes

Cobradores de 28 años en adelante: 659,53 euros mes

Portero: 644,15 euros mes

Ordenanza: 644,15 euros mes

Vigilante y Sereno: 644,15 euros mes

Botones de 16 años: 392,01 euros mes

Botones de 17 años: 392,51 euros mes

Limpiador: 3,20 euros hora

Grupo 6º. Oficios Varios.

Encargado: 815,75 euros mes

Oficial de 1ª Conductor: 772,86 euros mes

Oficial de 2ª: 733,21 euros mes

Ayudante y Asimilados según ordenanza: 656,62 euros mes

Peón y Mozo: 641,51 euros mes

Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un: 0,8% sobre los determinados en el convenio.

Pedro T. Pino Pérez, Director General de Trabajo.

Las tablas puede mostrar años anteriores (comparar), desplaza hasta ver el año en curso

CONVENIO COLECTIVO DE OFICINAS Y DESPACHOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE







CONVENIO COLECTIVO (BOP de 16 de abril de 1976)







Artículo 5.º Quebranto de moneda.

... importe de 400 pesetas mensuales en concepto de quebranto de moneda para Cajeros y Cobradores.






Artículo 6.º Horas extraordinarias.

... con un recargo del 40% las dos primeras;

50% para las siguientes:
y el 140% las realizadas en domingos y festivos.






Artículo 8.º Aumentos por años de servicios.

... trienios del 10% de los salarios de convenio que rijan en cada momento, ...



Artículo 9.º Vacaciones.

En concepto de bolsa de vacaciones, ...


4500 pesetas si es en marzo, abril, mayo y octubre.

5000 pesetas si es enero, febrero, noviembre y diciembre.






Artículo 11. Dietas.

... pernoctar fuera de su residencia, percibirá las siguientes dietas:

Personal titulado y jefes superiores: 1500 pesetas diarias.
Jefes de primera y segunda: 1200 pesetas diarias.
Oficiales y asimilados: 1000 pesetas diarias.
Personal de Oficios varios y subalternos: 750 pesetas diarias.
Cuando no se pernocte fuera:

Personal Titulado, jefes superiores y jefes de primera y segunda: 500 pesetas diarias.
Oficiales y asimilados: 400 pesetas diarias.
Personal de oficios varios y subalternos: 300 pesetas diarias.
Asimismo los gastos de ida y vuelta serán abonados por la empresa.







REVISIÓN SALARIAL (BOP núm. 61, lunes 29 de marzo de 2010)







Categorías profesionales Salario euros mes:



Grupo 1º. Titulados.

Titulado de Grado Superior: 1.522,61
Titulado de Grado Medio: 1.219,39



Grupo 2º. Administrativos.

Jefe Superior y Asimilados

según ordenanzas: 1.397,10
Jefe de Primera: 1.205,79
Jefe de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 1.079,33
Oficial de Primera y Asimilados según ordenanzas: 906,92
Oficial de Segunda y Asimilados según ordenanzas: 815,75
Taquimecanógrafo: 913,75
Auxiliar de 18 a 19 años: 639,52
Auxiliar de 20 a 23 años: 640,14
Auxiliar de 24 a 27 años: 641,51
Auxiliar de 28 años en adelante: 656,58
Aspirante de 16 años: 407,04
Aspirante de 17 años: 410,99
Telefonista y Visitador de 18 a 19 años: 639,52
Telefonista y Visitador de 20 a 23 años: 640,14
Telefonista y Visitador de 24 a 27 años: 641,51
Telefonista y Visitador de 28 años en adelante: 656,58
Cajero con firma: 944,57
Cajero sin firma: 858,70
Auxiliar de Caja de 18 a 19 años: 639,52
Auxiliar de Caja de 20 a 23 años: 640,14
Auxiliar de Caja de 24 a 27 años: 641,51
Auxiliar de Caja de 28 años en adelante: 656,62



Grupo 3º. Técnicos de Oficina.

Jefe de Equipo de Informática: 1.205,79
Analista: 1.205,79
Programador-Ordenador: 1.205,79
Programador de Máquinas Auxiliares: 1.080,06
Jefe de Delineación: 1.080,06
Delineante Proyectista: 888,44
Delineante: 815,75
Administrador de test: 1.080,06
Coordinador de Tratamiento Cuestionario: 1.080,06
Coordinador de Estudios: 888,44
Jefe de Equipo de Encuestas: 1.080,06
Jefe de Explotación: 888,44
Controlador: 888,44
Operador de Ordenadores: 888,44



Grupo 4º. Especialistas de Oficina.

Jefe de Máquinas Básicas: 888,44
Operador de Tabuladores: 815,75
Operador de Máquinas Básicas: 772,86
Dibujante: 772,86
Calcador: 729,91
Perforista, Verificador, Clasificador: 729,91
Inspector de Entrevistadores: 815,75
Entrevistador-Encuestador: 772,86
Encargado de Departamento de Reprografía: 815,75



Grupo 5º. Subalternos.

Conserje Mayor: 644,15
Conserje: 639,52
Cobradores de 18 a 19 años: 639,52
Cobradores de 20 a 23 años: 640,14
Cobradores de 24 a 27 años: 641,51
Cobradores de 28 años en adelante: 659,53
Portero: 644,15
Ordenanza: 644,15
Vigilante y Sereno: 644,15
Botones de 16 años: 392,01
Botones de 17 años: 392,51
Limpiador euros hora: 3,20



Grupo 6º. Oficios Varios.

Encargado: 815,75
Oficial de 1ª Conductor: 772,86
Oficial de 2ª: 733,21
Ayudante y Asimilados según ordenanza: 656,62
Peón y Mozo: 641,51



Los conceptos de bolsa de vacaciones y dietas deberán de incrementarse en un: 0,8% sobre los determinados en el convenio.