Convenio Colectivo Comercio de Alimentación, Mayor y Menor de Badajoz

Características

Afecta a miles de trabajadores
Vigencia:
2018/01/01 - 2022/12/31

Duración: CINCO AÑOS

Publicación:

2021/08/16

DOE 157

MODIFICACIÓN

Ámbito: Provincial
Área: Badajoz
Código: 06000135011981
Actualizacion: 2021/08/16
Convenio Colectivo Comercio De Alimentación, Mayor y Menor. Última actualización a: 16-08-2021 Vigencia de: 01-01-2018 a 31-12-2022. Duración CINCO AÑOS. Última publicación en DOE 157 del tipo: MODIFICACIÓN.

El contenido puede mostrar el convenio anterior (comparar), revisa el índice para ir al actual.

Este Convenio Colectivo ha sido sustituido por el de “Comercio en General» de la provincia de Badajoz, publicado en el DOE NÚMERO 60 – Martes 28 de marzo de 2023.

Convenio Colectivo Comercio En General de Badajoz

CONVENIO COLECTIVO (DOE NÚMERO 60 – Martes 28 de marzo de 2023)

Este Convenio Colectivo ha sido sustituido por el de “Comercio en General” de la provincia de Badajoz, publicado en el DOE NÚMERO 60 – Martes 28 de marzo de 2023.

Las tablas puede mostrar años anteriores (comparar), desplaza hasta ver el año en curso

CONVENIO COLECTIVO DE LA ALIMENTACIÓN MAYOR Y MENOR DE BADAJOZ
















CONVENIO COLECTIVO (DOE NÚMERO 84 - Miércoles, 5 de mayo de 2021)










Artículo 12: Gratificaciones extraordinarias 3









Artículo 14: Trabajo en Domingos y/o festivos




A partir del 1 de enero de 2021, ...





30 euros bruto, al quinto domingo y/o festivo trabajado en el año, que se abonará en la nómina del mes siguiente



30 euros bruto, al séptimo domingo y/o festivo trabajado en el año, que se abonará en la nómina del mes siguiente



40 euros bruto, al décimo domingo y/o festivo trabajado en el año, que se abonará en la nómina del mes siguiente








Artículo 21: Horas extraordinarias




La hora extraordinaria se abonará con el 75% de recargo,


si se efectúa en horario nocturno ... un recargo de 100%



y si se efectúa en domingos o festivos con un recargo del 150%









Artículo 25: Jornada




Se establecerá una jornada anual de 1800 horas








Artículo 28: Dietas




... dieta completa quede en 24,94 euros


y la media dieta en 13,86 euros para el 2021.


En el 2022 la dieta completa queda en 25,26 euros


y la media dieta en 14,04 euros








Artículo 29: Kilometraje




... de 0,27 euros para el 2.021


y de 0,28 euros para el año 2.022








Artículo 30: Antigüedad




Se estará a lo fijado por la legislación vigente, es decir cuatrienios al 5%









Artículo 32: Nocturnidad




... recargo del 25% sobre el valor hora, salario base más antigüedad








Artículo 33: Personal de cámaras frigoríficas




... plus del 20% de su salario de Convenio








Artículo 37: Plus de Transporte. / Plus de convenio




... plus de transporte anual ... que se abonará ... en 11 mensualidades con las siguientes cuantías:


Para el año 2018 734,43 euros anuales 66,77 euros por once mensualidades
Para el año 2019 743,97 euros anuales 67,74 euros por once mensualidades
Para el año 2020 753,65 euros anuales 68,52 euros por once mensualidades
Para el año 2021 763,44 euros anuales 69,41 euros por once mensualidades
Para el año 2022 773,37 euros anuales 70,31 euros por once mensualidades
A partir del mes siguiente a la publicación en el DOE del presente convenio,... Plus de Convenio ... en 12 mensualidades, ...


Para el año 2021 763,44 euros anuales 63,62 euros por doce mensualidades
Para el año 2022 773,37 euros anuales 64,45 euros por doce mensualidades












TABLA SALARIAL AÑOS 2018-2022










CATEGORÍAS PROFESIONALES AÑO 2018. SALARIO BASE MENSUAL AÑO 2019. SALARIO BASE MENSUAL AÑO 2020. SALARIO BASE MENSUAL AÑO 2021. SALARIO BASE MENSUAL AÑO 2022. SALARIO BASE MENSUAL






TECNICOS TITULADOS




DIRECTOR/A 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
JEFE/A DE COMPRAS 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
JEFE/A DE VENTAS 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
JEFE/A DE SUCURSAL 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
JEFE/A DE SECCION 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
JEFE/A DE ALMACEN 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
PERSONAL MERCANTIL ROPIAMENTE DICHO




VIAJANTES 898,43 910,11 921,94 933,93 946,07
JEFE/A DE ADMINISTRACIÓN 900,26 911,97 923,82 935,83 948,00
OFICIAL ADMINISTRATIVO/A 898,43 910,11 921,94 933,93 946,07
OPERADOR ORDENADOR 898,43 910,11 921,94 933,93 946,07
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A 893,13 904,74 916,50 928,42 940,49
DEPENDIENTE/A 893,13 904,74 916,50 928,42 940,49
AUXILIAR DE CAJA 893,13 904,74 916,50 928,42 940,49
PERSONAL DE OFICIAL, OFICIAL DE 1ª CARNICERO/A, PESCADERO/A 982,45 995,22 1.008,16 1.021,26 1.034,54
CONDUCTOR/A 982,45 995,22 1.008,16 1.021,26 1.034,54
CHARCUTERO/A 904,89 916,66 928,57 940,64 952,87
PERSONAL DE SERVICIO Y ACTIVIDADES AUXILIARES




MOZO/A 893,11 904,72 916,48 928,40 940,47
MOZO/A ESPECIALIZADO 893,11 904,72 916,48 928,40 940,47
OFICIAL DE 1º 893,11 904,72 916,48 928,40 940,47
CONSERJE, VIGILANTE 893,11 904,72 916,48 928,40 940,47
REPONEDOR/A 893,11 904,72 916,48 928,40 940,47